La concertación social en España es el proceso de negociación y celebración de acuerdos entre los gobiernos, las principales organizaciones sindicales y las organizaciones empresariales destinado a consensuar aspectos de la política económica, laboral y social. Se desarrolló especialmente desde la Transición a la democracia, en un contexto caracterizado por la crisis económica, una elevada conflictividad laboral y la construcción de un nuevo sistema democrático de relaciones laborales.
La concertación se ha desarrollado tanto mediante acuerdos tripartitos, en los que participan el Gobierno, sindicatos y organizaciones empresariales, como mediante acuerdos bipartitos entre representantes de trabajadores y empresarios. Sus contenidos han incluido cuestiones como la negociación colectiva, los salarios, el empleo, las modalidades de contratación, la Seguridad Social, las pensiones, la formación profesional y diversas reformas del mercado de trabajo.
Durante la Transición y la primera mitad de la década de 1980 se sucedieron grandes pactos de ámbito nacional, entre ellos el Acuerdo Marco Interconfederal, el Acuerdo Nacional sobre Empleo y el Acuerdo Económico y Social. Tras una etapa de fuerte confrontación entre los sindicatos y los gobiernos durante la segunda mitad de los años ochenta y comienzos de los noventa, las prácticas de negociación volvieron a adquirir importancia desde mediados de la década de 1990, progresivamente bajo la denominación de diálogo social.
Antecedentes La aparición de la concertación social estuvo relacionada con las profundas transformaciones políticas, económicas y sindicales que acompañaron al final de la dictadura franquista.
La crisis económica iniciada en 1973 había provocado una elevada inflación, aumento del desempleo, deterioro de la balanza comercial y una intensa conflictividad laboral. Al mismo tiempo, el sistema corporativo de relaciones laborales del franquismo estaba siendo sustituido por un modelo basado en la libertad sindical y la negociación colectiva.
Durante estos años se consolidaron como principales organizaciones sindicales Comisiones Obreras (CCOO) y la Unión General de Trabajadores (UGT), mientras que en el ámbito empresarial se creó en 1977 la Confederación Española de Organizaciones Empresariales (CEOE). La institucionalización de estas organizaciones permitió la aparición de interlocutores capaces de negociar acuerdos de ámbito nacional.
Los Pactos de la Moncloa, firmados en octubre de 1977 por el Gobierno y los principales partidos políticos, constituyeron un importante antecedente de estas políticas. Aunque no fueron estrictamente un acuerdo de concertación entre sindicatos y empresarios, incluyeron amplias medidas económicas y sociales destinadas a reducir la inflación, estabilizar la economía y facilitar la consolidación democrática.
Los principales sindicatos aceptaron posteriormente buena parte de sus objetivos, particularmente la moderación salarial, en un contexto en el que la estabilidad del proceso democrático adquirió una importancia central.
Primera etapa de concertación
Acuerdo Básico Interconfederal de 1979 En julio de 1979, UGT y CEOE suscribieron el Acuerdo Básico Interconfederal (ABI), uno de los primeros grandes pactos entre organizaciones sindicales y empresariales de la democracia.
El acuerdo estableció principios sobre negociación colectiva, representación de los trabajadores y relaciones entre sindicatos y empresarios. Su importancia radicó también en el reconocimiento mutuo de ambas organizaciones como interlocutores en el nuevo sistema de relaciones laborales.
CCOO no participó en el acuerdo, reflejando las diferencias estratégicas existentes entre los dos principales sindicatos. Mientras UGT mostró una mayor disposición a desarrollar acuerdos bilaterales con la patronal, CCOO mantuvo inicialmente una estrategia más orientada hacia la movilización y la negociación tripartita.
Acuerdo Marco Interconfederal de 1980 El 5 de enero de 1980 UGT y CEOE firmaron el Acuerdo Marco Interconfederal (AMI), que profundizó en el modelo iniciado el año anterior. El acuerdo fue publicado en el Boletín Oficial del Estado el 24 de enero.
El AMI reguló aspectos fundamentales de la negociación colectiva, entre ellos los incrementos salariales, la productividad, la jornada laboral, la contratación y la representación sindical en las empresas. Definió además a los convenios colectivos como el cauce fundamental para la negociación entre las organizaciones representativas de trabajadores y empresarios.
Su firma coincidió con la elaboración del Estatuto de los Trabajadores, aprobado ese mismo año, y contribuyó a configurar el nuevo sistema democrático de relaciones laborales.
Acuerdo Nacional sobre Empleo de 1981 La concertación adquirió una nueva dimensión en 1981 con el Acuerdo Nacional sobre Empleo (ANE), firmado por el Gobierno de Leopoldo Calvo-Sotelo, CEOE, UGT y CCOO.
A diferencia del Acuerdo Marco Interconfederal, el ANE tenía carácter tripartito: la participación directa del Gobierno permitió ampliar la negociación desde las relaciones laborales hasta cuestiones de política económica y de empleo.
El pacto contenía compromisos sobre moderación salarial, creación de empleo, protección de los desempleados, inversión pública, contratación laboral y participación institucional de las organizaciones sindicales.
Para los sindicatos, el acuerdo significó también un importante reconocimiento institucional. A cambio de aceptar determinadas políticas de moderación salarial, adquirieron una mayor presencia como interlocutores del Gobierno en la elaboración de la política sociolaboral.
El ANE fue el único gran acuerdo de aquella etapa firmado conjuntamente por UGT y CCOO.
El Acuerdo Económico y Social de 1984 Tras la victoria del Partido Socialista Obrero Español en las elecciones generales de 1982, el Gobierno de Felipe González trató de recuperar la concertación en un contexto marcado por el elevado desempleo, la reconversión industrial y las reformas destinadas a preparar la incorporación de España a la Comunidad Económica Europea.
El resultado fue el Acuerdo Económico y Social (AES), firmado el 9 de octubre de 1984 por el Gobierno, UGT, CEOE y CEPYME. CCOO participó en las negociaciones, pero decidió finalmente no adherirse.
El acuerdo, vigente durante 1985 y 1986, contenía compromisos sobre política económica, empleo, inversión pública, contratación, Seguridad Social, pensiones, formación profesional, negociación colectiva y empresa pública.
El AES representó uno de los ejemplos más amplios de concertación social desarrollados durante la democracia española. Su título I tenía carácter tripartito, mientras que el título II constituía un acuerdo interconfederal entre UGT y las organizaciones empresariales para regular la negociación colectiva durante 1985 y 1986.
Crisis de la concertación en la segunda mitad de los años ochenta La estrategia de grandes pactos nacionales comenzó a agotarse durante la segunda mitad de la década de 1980.
Diversos estudios sitúan hacia 1986 el final de la primera etapa de concertación. Las relaciones entre el Gobierno y los sindicatos empeoraron a medida que aumentaban las discrepancias sobre la política económica, el empleo, los salarios y la protección social.
El deterioro resultó especialmente significativo en las relaciones entre el Gobierno socialista y UGT. El sindicato, históricamente vinculado al PSOE, se distanció progresivamente de las políticas económicas del Ejecutivo y acabó aproximando sus posiciones a CCOO.
Esta evolución culminó en la huelga general del 14 de diciembre de 1988, convocada conjuntamente por UGT y CCOO. La huelga obtuvo un seguimiento masivo y constituyó el punto culminante de la ruptura entre el Gobierno de Felipe González y las principales centrales sindicales.
La movilización no supuso la desaparición de la negociación entre las organizaciones sociales y el Estado, pero sí el final de la etapa caracterizada por grandes pactos de rentas y acuerdos nacionales semejantes a los celebrados entre 1979 y 1984.
De la concertación al diálogo social Durante la década de 1990 se produjo una transformación del modelo. La expresión diálogo social fue desplazando progresivamente a la de concertación social, mientras adquirían mayor importancia los acuerdos sobre materias concretas y la negociación directa entre sindicatos y organizaciones empresariales.
Una nueva etapa comenzó especialmente a partir de 1996 y 1997, cuando CCOO, UGT, CEOE y CEPYME alcanzaron diversos acuerdos interconfederales.
En abril de 1997 firmaron el Acuerdo Interconfederal para la Estabilidad del Empleo, destinado a fomentar la contratación indefinida y reducir la elevada temporalidad existente en el mercado laboral. Sus propuestas fueron incorporadas posteriormente a la legislación laboral por el Gobierno.
Las mismas organizaciones suscribieron el Acuerdo Interconfederal sobre Negociación Colectiva y el Acuerdo sobre Cobertura de Vacíos, ambos de 28 de abril de 1997.
Estos acuerdos mostraban una diferencia respecto de la concertación de comienzos de los años ochenta: sindicatos y empresarios podían pactar directamente reformas de las relaciones laborales y posteriormente solicitar al Gobierno que introdujera los cambios legislativos necesarios.
El diálogo social en el siglo XXI La práctica de alcanzar acuerdos nacionales entre los interlocutores sociales continuó durante el siglo XXI.
En 2004, el Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero, CCOO, UGT, CEOE y CEPYME firmaron una Declaración para el Diálogo Social, mediante la que se comprometieron a negociar reformas en materias laborales, de empleo y protección social. Un nuevo acuerdo de características similares fue alcanzado en 2008.
La crisis económica iniciada en 2008 volvió a otorgar especial importancia a la negociación entre sindicatos y empresarios. En febrero de 2010, CCOO, UGT, CEOE y CEPYME suscribieron el Acuerdo para el Empleo y la Negociación Colectiva 2010-2012.
Un año después, el Gobierno de Rodríguez Zapatero y las cuatro organizaciones firmaron el Acuerdo Social y Económico para el crecimiento, el empleo y la garantía de las pensiones. El pacto abordó, entre otras cuestiones, la reforma del sistema de pensiones, las políticas activas de empleo, la formación profesional, la negociación colectiva y las políticas industrial, energética y de innovación.
El propio acuerdo de 2011 situaba esta práctica dentro de una continuidad histórica iniciada con la Transición, considerando el diálogo social uno de los elementos fundamentales de la configuración del sistema laboral y social de la democracia española.
En enero de 2012, las organizaciones empresariales y sindicales firmaron el II Acuerdo para el Empleo y la Negociación Colectiva 2012-2014, que establecía orientaciones sobre salarios, precios, flexibilidad interna y negociación colectiva en el contexto de la crisis económica.
Características La concertación social española ha adoptado diferentes formas según el periodo histórico y los actores participantes.
Los acuerdos tripartitos reúnen al Gobierno, las organizaciones empresariales y los sindicatos. En ellos pueden negociarse cuestiones cuya aplicación depende directamente de la política gubernamental, como las pensiones, las prestaciones por desempleo, la fiscalidad o determinadas reformas legislativas.
Los acuerdos bipartitos son alcanzados exclusivamente por sindicatos y organizaciones empresariales. Se han utilizado especialmente para ordenar la negociación colectiva, establecer orientaciones salariales y acordar reformas del mercado laboral que posteriormente pueden ser trasladadas a la legislación.