Manuel García-Pelayo Alonso (Corrales del Vino, Zamora, 23 de mayo de 1909-Caracas, Venezuela, 25 de febrero de 1991) fue un jurista político español que llegó a presidir el Tribunal Constitucional entre 1980 y 1986.
Trayectoria personal, profesional y académica La obra intelectual de Manuel García-Pelayo es prácticamente desconocida en España o, como poco, «su recepción en nuestro país ha sido un tanto parcial».García Fernández, L. Idea de la política y de la sociedad en la obra de Manuel García-Pelayo, CEPC, Madrid, 2013, p. 23.
En la opinión pública, su figura ha quedado marcada por una polémica sentencia en la que, con su voto de calidad, se decidió la constitucionalidad del decreto-ley 2/1983 que expropió Rumasa. Este hecho lo habría convertido en un jurista de partido y provocado, además, el principio del fin de la independencia del Tribunal Constitucional. Sin embargo, desde 2021, Francisco Vila combate esta creencia popular. En concreto, señala que «a treinta años de su fallecimiento (25 de febrero de 1991), la obra de Manuel García-Pelayo suena lejana o, simplemente, no suena, lo cual es triste, pero ilustrativo de cómo España trata a sus intelectuales. Aunque se cite en ámbitos universitarios, su nombre es más popular que académico. Y es que nuestro autor tiene la facilidad de que, con solo citar el caso Rumasa, genera odios y amores. Para unos, García-Pelayo fue, es y siempre será “un vendido”. Para otros, el jurista español fue, es y será un héroe que luchó contra unos militarotes fascistas defendiendo a una república que era un paraíso de libertades, luego huyó de la España de Franco en la que era perseguido y, en los años de la transición, volvió a España como presidente del Tribunal Constitucional y contribuyó a establecer una “democracia avanzada” (preámbulo de la Constitución dixit). Cualquier parecido de ambas posturas con la realidad es pura coincidencia o, dicho con más rigor y vigor, ambas son falsas».Vila Conde, F. «Estudio de contextualización», Inédito sobre la Constitución de 1978, Tecnos, Madrid, 2021, p. XIV.
Siguiendo al citado autor, que trata de recuperar la obra intelectual de García-Pelayo, es posible distinguir varias fases de su vida y pensamiento.
Infancia y juventud (1909-1936) Manuel García-Pelayo nació en Corrales del Vino, Zamora, el 23 de mayo de 1909.
Su generación Manuel Aragón afirma que García-Pelayo era un ejemplar de «esa estirpe señera de los teóricos de la política, de la que tan pocos representantes quedan en nuestros días»Aragón, M. «Política, Historia y Derecho en la obra de Manuel García-Pelayo», Anthropos, nº 59, 1986, pp. 34-35.
Para referirse a la generación de García-Pelayo, Jerónimo Molina Cano emplea el término de la generación o grupo del 27.Molina, J. Pensamiento político en España a partir de 1935. Una aproximación en clave generacional, RACMP-Los Papeles del Sitio, Sevilla, 2021. Compacta promoción de juristas que se licencian y doctoran en los años finales de la Restauración y durante la Segunda República en la Universidad Central de Madrid. Allí reciben el magisterio germanófilo de Adolfo González Posada, Nicolás Pérez Serrano y José Ortega y Gasset. Muchos viven en la Residencia de Estudiantes y son becados por la Junta para la Ampliación de Estudios para realizar estancias en el extranjero. Su destino predilecto es Austria y Alemania. Parajes en los conocen in situ el pensamiento germánico de la época. Especialmente, la obra de Hermann Heller y de Carl Schmitt, «los dos juristas que mayor ascendencia ejercen sobre ellos».Vila Conde, F. «Estudio de contextualización», Inédito sobre la Constitución de 1978, Tecnos, Madrid, 2021, p. XXVII.
La generación de García-Pelayo vio con buenos ojos la caída de Alfonso XIII y la llegada de la Segunda República. Pero el nuevo sistema, lejos de acercarlos, los alejó y politizó dividiéndolos entre partidarios del fascismo y del bolchevismo. Por esta razón, en 1936, toman parte en la guerra civil. Eso sí, tienen plena conciencia de que, bolchevique o fascista, hace falta que España se dote de un Estado que la actualice a la altura de los tiempos. El orteguiano-fascista Ramiro Ledesma Ramos atisba un «‘Estado de novedad radical’ y ‘militante’», mientras que el orteguiano-socialista Luis Araquistáin vislumbra un Estado de cuño soviético.Molina, J. Pensamiento político en España a partir de 1935. Una aproximación en clave generacional, RACMP-Los Papeles del Sitio, Sevilla, 2021, p. 28.
El añorado Estado, si bien ideológicamente diverso de los anteriores, se edificó tras el conflicto bélico, durante la dictadura del general Francisco Franco. En cuyo régimen, desde la plataforma que ofrecía el Instituto de Estudios Políticos, la mayor parte de los juristas del 27 se integraron. Es decir: «Siendo franquistas o antifranquistas, con reservas mentales o sin ellas, haciendo proselitismo del régimen o guardando un silencio sepulcral porque lo aborrecían, comprometiéndose intelectualmente o guardando voto de silencio, la mayoría de ellos se integraron en el régimen surgido de la guerra civil, no exentos de pasar por la ignominiosa y penosa “depuración” que a muchos los apartó de su puesto en un primer momento».Vila Conde, F. «Estudio de contextualización», Inédito sobre la Constitución de 1978, Tecnos, Madrid, 2021, p. XXVIII. Por todo esto, la historiadora Graciela Soriano concluye que «la historiografía española contemporánea del pensamiento debe reconocimiento a la importancia del Instituto de Estudios Políticos, donde una generación de profesores, como Luis Díez del Corral, J. A. Maravall, Carlos Ollero, F. J. Conde, Nicolás Ramiro, Gómez Arboleya, Antonio de Luna, etcétera, hizo posible la vida intelectual en aquel tiempo, en este refugio que, como ha expresado Pedro Bravo recientemente, constituía un verdadero “oasis” dentro del clima intelectual de aquellos años».Soriano, G. «Manuel García-Pelayo en el desarrollo del derecho constitucional del siglo XX», Cuestiones Constitucionales: revista mexicana de derecho constitucional, nº 13, 2005, p. 211. Y es que estaríamos, según Jerónimo Molina, ante «una generación española sin par desde el Siglo de Oro».Molina, J. Pensamiento político en España a partir de 1935. Una aproximación en clave generacional, RACMP-Los Papeles del Sitio, Sevilla, 2021, p. 32.
Formación y estudios
miniaturadeimagen|Residencia de Estudiantes (1930) Hijo de un militar y de una ama de casa, terminado el bachillerato en Zamora en 1926, García-Pelayo se fue a Madrid a estudiar derecho porque «tiene muchas salidas».García-Pelayo, M. «Autobiografía intelectual», Obras Completas I, CEPC, Madrid, 2009 p. 4.
En la capital, se instaló en la Residencia de Estudiantes. Allí vivió la caída de la monarquía de Alfonso XIII y la llegada revolucionaria, pero pacífica, de la Segunda República. Años en los que se politiza y, subsiguientemente, polariza.
En los últimos años de la carrera, con el apoyo de Luis Recaséns Siches, centró su atención en la filosofía del derecho. Se licenció en 1933 y leyó su tesis doctoral sobre La doctrina del tiranicidio en los tratadistas españoles del siglo XVI. Fundamentos del derecho de resistencia al poder arbitrario o injusto, dirigida por Recaséns, en 1934. En su tesis doctoral, «muestra un enorme interés por los temas patrios. Preocupación que será constante en su obra, aunque con algún paréntesis desde finales de los años cuarenta. De hecho, dice que se encarga del tiranicidio porque, con la excepción de Mariana, no ha sido tratado en nuestro país».Vila Conde, F. «Estudio de contextualización», Inédito sobre la Constitución de 1978, Tecnos, Madrid, 2021, p. XXXV.
Tras doctorarse, se fue a Viena becado por la Junta para la Ampliación de Estudios en septiembre de 1934. En la capital austríaca, contactó con discípulos de Hans Kelsen, quien se había ido a Colonia en 1930. García-Pelayo no echa en falta a Kelsen, pues «nunca fue kelseniano ni positivista».Ibidem, p. XXXVII. Con los años, le sorprendería «el prestigio, la dogmatización y hasta la beatería alcanzados por la teoría de Kelsen después de la Segunda Guerra Mundial».García-Pelayo, M. «Autobiografía intelectual», Obras Completas I, CEPC, Madrid, 2009 p. 7.
De vuelta en España en 1935, lo nombran encargado de curso en la cátedra de filosofía del derecho de la Universidad Central.
A inicios de 1936, García-Pelayo hace una segunda estancia en Berlín. En la capital alemana, conoce a Carl Schmitt. Contrariamente a Kelsen, «le impresiona tanto Carl Schmitt que, con los años, se autocalificará schmittiano de izquierdas».Vila Conde, F. «Estudio de contextualización», Inédito sobre la Constitución de 1978, Tecnos, Madrid, 2021, p. XL. Hace suyos conceptos centrales de Schmitt «como amigo y enemigo, soberano como aquel que decide en el caso excepcional, la decisión como acto existencial y, sobre todo, la autonomía de la política respecto de otros órdenes».Ibidem, p. XXXIX. Según Francisco Vila, García-Pelayo «encontró en Schmitt a un autor capaz de superar el positivismo. Vio en su pensamiento una herramienta capaz de conjugar lo político y lo jurídico integrándolo en una constitución entendida como realidad viva, es decir, una constitución resultado de un proceso histórico que proyecta y articula la existencia política de un pueblo, y no una constitución entendida como mera norma jurídica».Ibidem, p. XL.
De sus primeros años de producción académica, pueden destacarse sus reseñas y artículos en la Revista General de Legislación y Jurisprudencia y en la Revista de Derecho Público. Por ejemplo, en pleno proceso constituyente de 1931, reseñó ¿Qué es una Constitución?, de Ferdinand Lassalle, alertando a la clase política de la época de que «una constitución no puede ser nunca fruto de las ideas de un jurista; una constitución ha de tener como supuesto esencial el estar de acuerdo con las condiciones reales y objetivas del estado social sobre el cual va a ser aplicada».García-Pelayo, M. «¿Qué es una Constitución?», Obras Completas III, CEPC, Madrid, 2009, p. 3073. También es relevante su artículo, publicado en Tierra Firme en 1936, intitulado «Juan Ginés de Sepúlveda y los problemas jurídicos de la conquista de América». Texto en el que reivindica el papel de la política frente a la teología («Aristóteles quiere llevar el hombre a la naturaleza, la escolástica al cielo; el uno trabaja por el Estado, la otra por la Iglesia») y la superioridad cultural de los pueblos (cristianos) civilizados sobre los bárbaros (no cristianos).García-Pelayo, M. «Juan Ginés de Sepúlveda y los problemas jurídicos de la conquista de América», Obras Completas III, CEPC, Madrid, 2009, pp. 2115-2141.
Guerra y posguerra (1936-1950)
Forzado por las circunstancias acaecidas el 18 de julio (golpe de Estado militar), García-Pelayo volvió de Berlín en agosto de 1936 y se alistó voluntariamente en el Ejército Republicano, mientras que su padre, un militar de infantería que había luchado en Marruecos, y su hermano tomaron parte en el Ejército Nacional.
Manuel Aragón señala al respecto que «al margen de los problemas que había habido (el golpe de Estado de 1934, los problemas de orden público y de falta de paz social a partir de las elecciones de febrero de 1936), García-Pelayo se alistó en el bando de la república porque veía más legitimidad, a pesar de todos sus problemas, que en el levantamiento militar. Conociendo su personalidad, conociendo que era un hombre de ideas firmes, o sea, no era tibio, intuyo que esa —la mayor legitimidad del bando republicano— fue la razón de su alistamiento del lado de la república».Vila Conde, F. «El maestro que fue discípulo: Don Manuel Aragón nos habla de Don Manuel García-Pelayo», El Cronista del Estado social y democrático de derecho, nº 92, 2021, p. 38.