La Pragmática de 22 de noviembre de 1559, fechada en Aranjuez y recogida más tarde en la Novísima Recopilación (VIII, 4, 1),Javier Campos Santo Tomás de Villanueva, pg. 232. fue una Pragmática de Felipe II de España, promulgada en su condición de rey de la Corona de Castilla. Prohibía a sus súbditos estudiar en las universidades extranjeras, exceptuando las de la Corona de Aragón, la portuguesa de Coímbra y un corto número de universidades italianas: la de Bolonia, la de Roma (Estados Pontificios), la de Catania y la de Nápoles (estas dos últimas pertenecientes a reinos de la Corona de Aragón).

La repetida referencia a la extracción de dineros coincide con una de las cuestiones identificativas del mercantilismo o arbitrismo (la teoría económica de la época, muy desarrollada en España, en que se estaban empezando a notar las consecuencias de la revolución de los precios). En cuanto a la expresión se distraen y divierten, no hay que entenderla con el sentido que en la actualidad se da habitualmente a esos términos, sino que significa "se apartan del recto camino", en una referencia clara a la ortodoxia religiosa del catolicismo amenazada por la difusión de la Reforma protestante.Victoria López y José Martínez, op. cit.

Esta pragmática es muy a menudo considerada como el punto final del humanismo español.Francisco Tomás y Valiente (1999) El pensamiento jurídico, en Artola Enciclopedia de Historia de España vol. 3 pg. 355. Luis Gil Autopercepción intelectual, en Anthropos, Revista De Documentacion Cientifica De La Cultura, nº104, pg. 35 y ss.

Inicialmente no era de aplicación en otros reinos de la Monarquía Hispánica, pero se extendió en 1568 a la Corona de Aragón.Henry Kamen Política religiosa de Felipe II, pgs. 25–26. La naturaleza de esa extensión no está muy clara, y algunas fuentes señalan que la nueva ley (de 17 de julio de 1568) era para impedir que los naturales de Francia (inmersa en las guerras de religión) pudieran ejercer como docentes en el Principado de Cataluña. También existió una legislación, anterior, que impedía a los súbditos flamencos estudiar en la Universidad de París.Javier Campos, op. cit., pg. 231.

La valoración del alcance efectivo de tal normativa (generalmente sobrevalorado, pero de eficacia discutible, dada la facilidad de eludirla que demuestra la continuidad de la presencia de españoles en otras universidades), así como de sus motivaciones (que se han interpretado como un ataque a la Compañía de Jesús y a la Universidad de Lovaina (parte de los Países Bajos Españoles) más que como un ataque al protestantismo o al librepensamiento) es un asunto muy debatido.Joseph Pérez, Marcel Bataillon España y América en una perspectiva humanista, Casa de Velázquez, 1998, ISBN 8486839807 pgs. 89-90. Henry Kamen La imprudencia del rey prudente, El País, 27/12/1998.

Referencias

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