thumb|480px|Organización municipal de la provincia de La Pampa: En la provincia de La Pampa en Argentina el régimen municipal es ejercido por gobiernos locales denominados municipios. Existen también gobiernos locales que no tienen esa categoría y son llamados comisiones de fomento. Existe además una comuna.

Para el trazado de los ejidos de las municipalidades y comisiones de fomento no se tienen en cuenta los límites departamentales, por lo que muchos municipios y comisiones de fomento se extienden por más de un departamento, llegando incluso a cuatro departamentos.

Se utiliza el sistema de ejidos colindantes, por lo que todo el territorio provincial queda incluido dentro de algún municipio o comisión de fomento. Aunque la constitución provincial reconoce la autonomía municipal, no habilita a los municipios a sancionar una carta orgánica.

Los municipios en la Constitución de la Nación Argentina La organización municipal estuvo contemplada en la Constitución de la Nación Argentina desde su primera promulgación el 1 de mayo de 1853, expresando en su artículo 5 que cada provincia debía dictar una constitución que asegurara su régimen municipal. Sin embargo, no estaba claro si los municipios debían ser autónomos o autárquicos hasta la sentencia del 21 de marzo de 1989 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina (Caso Rivademar), que interpretó que los municipios eran constitucionalmente autónomos.Caso Rivademar

Esta sentencia fue contemplada en la reforma de la Constitución de la Nación Argentina según el texto sancionado el 22 de agosto de 1994:Constitución Nacional Argentina

Los municipios en la Constitución de la Provincia de La Pampa Extracto de la Constitución de la Provincia de La Pampa, reformada el 6 de octubre de 1994:

Alcance de la autonomía institucional La Constitución de la Provincia de La Pampa reconoce la autonomía institucional para todos su municipios, aunque no permite que sancionen una carta orgánica.

Ley Orgánica de Municipalidades n.º 1597 La ley Orgánica de Municipalidades n.º 1597 sancionada el 15 de diciembre de 1994 y modificada varias veces, expresa:

Ley n.º 2832 La ley n.º 2832 sancionada el 16 de abril de 2015 introdujo modificaciones a la ley n.º 1597:Ley n.º 2832

Casa de Piedra La ley n.º 2112 sancionada el 8 de julio de 2004Ley n.º 2112 creó al margen de los municipios y comisiones de fomento a la comuna Casa de Piedra.

El Gobierno provincial designa un delegado comunal al frente de la comuna.

Véase también Anexo:Municipios de la provincia de La Pampa Anexo:Comisiones de fomento de provincia de La Pampa

Referencias

La pampa