La Policía Municipal de Puebla es el cuerpo policial preventivo del Municipio de Puebla, cuya cabecera es la ciudad de Puebla de Zaragoza. Forma parte de la Secretaría de Seguridad Ciudadana del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla (SSC Puebla), dependencia centralizada de la administración municipal que también reúne las áreas de tránsito, inteligencia, atención de emergencias, prevención social del delito, atención a víctimas y formación policial.
Su competencia territorial se limita al municipio de Puebla. Sus integrantes realizan tareas de prevención, proximidad social, vigilancia, atención inicial de emergencias, control del tránsito y detención en flagrancia. Cuando conocen hechos que pueden constituir un delito, actúan como primeros respondientes y deben poner a las personas detenidas, los indicios y los informes correspondientes a disposición del Ministerio Público. La investigación penal queda bajo la conducción de la fiscalía competente, por lo que la corporación no sustituye a la policía ministerial ni a la policía estatal.
Aunque en el uso cotidiano se llama Policía Municipal a toda la institución, la corporación operativa y la Secretaría no son conceptos idénticos. La primera está integrada por el personal policial y de tránsito; la segunda es el órgano administrativo que ejerce su dirección y contiene, además, unidades civiles, técnicas y de control interno.
Historia
Creación de la corporación moderna
El 7 de abril de 1999 se constituyó oficialmente la Dirección de Seguridad Pública y Vialidad Municipal. En 2019, el Ayuntamiento conmemoró veinte años de esa fecha con un desfile en el que participaron elementos, vehículos y agrupamientos de la capital, junto con corporaciones de otros órdenes de gobierno. La fecha corresponde a la creación administrativa del cuerpo moderno y no al inicio de toda forma de vigilancia municipal en Puebla, cuya existencia es anterior y tuvo distintas denominaciones.
Durante los años siguientes la institución operó como Secretaría de Seguridad Pública y Tránsito Municipal. Su ámbito incluía la policía preventiva y los servicios de vialidad. Un reglamento interior publicado en 2014 reguló esa estructura y fue sustituido en 2020, cuando el Ayuntamiento adoptó el nombre de Secretaría de Seguridad Ciudadana.
El cambio de nombre no creó un cuerpo policial distinto. La disposición transitoria del reglamento de 2020 trasladó a la nueva Secretaría las referencias, atribuciones y asuntos que correspondían a la Secretaría de Seguridad Pública y Tránsito Municipal. La reforma también formalizó un modelo que combinaba operación policial, control de tránsito, emergencias, inteligencia, prevención y atención a víctimas dentro de una misma dependencia.
Reorganizaciones de 2024 a 2026
La administración municipal 2024-2027 aprobó una nueva estructura general en octubre de 2024. En diciembre de 2025, el Cabildo modificó la organización de la SSC y dispuso que el nuevo esquema entrara en vigor el 1 de enero de 2026.
El Reglamento Interior expedido el 27 de abril de 2026 desarrolló esa estructura. La norma reconoce tres subsecretarías: Operatividad Policial, Inteligencia y Desarrollo Institucional. También ubica bajo la Secretaría las direcciones de Protección Civil, Jurídica y Asuntos Internos, además de la Academia de Formación y Profesionalización Policial como órgano desconcentrado con autonomía técnica y operativa.
Marco jurídico y mando
La base constitucional de las policías municipales se encuentra en el artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. De acuerdo con ese precepto, la policía preventiva está al mando del presidente municipal, dentro de los términos de la ley estatal. La Ley de Seguridad Pública del Estado de Puebla reproduce este principio y establece que el mando puede ejercerse directamente o por conducto de la persona titular del cuerpo de seguridad pública municipal.
La misma ley identifica como autoridades municipales en la materia al presidente municipal, al Ayuntamiento y a la persona titular del cuerpo policial, cualquiera que sea el nombre de su cargo. El presidente municipal aprueba y coordina los programas locales, propone el presupuesto, participa en convenios y operativos conjuntos y debe vigilar el cumplimiento de los acuerdos de los sistemas nacional y estatal de seguridad pública.
En el plano local, el Reglamento Interior de 2026 define a la SSC como una dependencia centralizada. Le encarga prevenir delitos y faltas administrativas, proteger a las personas y sus bienes, preservar el orden público, aplicar las disposiciones de tránsito y ejecutar las políticas municipales de protección civil. La actuación policial también se rige por el Código Nacional de Procedimientos Penales, la Ley Nacional sobre el Uso de la Fuerza, la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, el Código Reglamentario para el Municipio de Puebla y las reglas del Servicio Profesional de Carrera Policial.
Organización
Titularidad
La Secretaría está encabezada por una persona titular designada por el Cabildo a propuesta del presidente municipal. Desde el 19 de marzo de 2025 el cargo corresponde a Félix Pallares Miranda, coronel de infantería diplomado de Estado Mayor. Su nombramiento fue aprobado por unanimidad después de la renuncia de Fernando Rosales Solís.
El despacho del secretario cuenta con una secretaría particular, una Jefatura del Estado Mayor y una secretaría técnica. La Jefatura del Estado Mayor coordina información, seguimiento de órdenes y apoyo a la conducción institucional, pero no reemplaza las atribuciones operativas de las subsecretarías.
Subsecretaría de Operatividad Policial
Concentra el despliegue uniformado y los servicios policiales visibles. De ella dependen unidades de control vehicular, calidad del servicio y fuerzas especiales, además de las direcciones generales de Despliegue Territorial, Grupos Especiales y Logística Operativa, Control de Tránsito, y Prevención Social del Delito y Atención a Víctimas.
La Dirección General de Despliegue Territorial distribuye la vigilancia en tres regiones:
Región Norte, integrada por las zonas 1 a 4. Región Centro, integrada por las zonas 5, 6 y Centro Histórico. Región Sur, integrada por las zonas 7 a 9.
Este esquema sirve para asignar personal, supervisar turnos y organizar la respuesta en colonias, unidades habitacionales, corredores comerciales y juntas auxiliares. Las fronteras de las zonas son divisiones operativas y no modifican la organización territorial del municipio.
Grupos especiales
La Dirección General de Grupos Especiales y Logística Operativa reúne unidades seleccionadas por capacitación o función. El reglamento de 2026 enumera al Departamento K9, Protección a Funcionarios, Reacción Táctica, Ciclopolicías y Servicios Establecidos. La misma dirección administra dispositivos para eventos públicos, armamento y equipo policial.
El Departamento de Reacción Táctica es la continuación funcional del agrupamiento conocido públicamente como Unidad Táctica de Reacción (UTR). Interviene, por orden de la cadena de mando, en situaciones de alto impacto, apoyos a otras áreas y operaciones que requieren personal con preparación táctica. Por encima de este departamento existe una Unidad de Fuerzas Especiales, dependiente directamente de la Subsecretaría de Operatividad Policial, prevista para incidentes críticos, rescate, recuperación de instalaciones y coordinación con autoridades federales, estatales o municipales.
El Departamento K9 está integrado por manejadores y ejemplares caninos. Participa en operativos, búsquedas y apoyos acordes con la especialidad de cada binomio. El reglamento obliga a mantener la evaluación, certificación y registro de los perros y fija deberes sobre su cuidado.
Tránsito y servicios periciales
La Dirección General de Control de Tránsito aplica la reglamentación vial en calles bajo competencia municipal. La Dirección de Circulación se divide en sectores Norte, Centro, Sur y Centro Histórico. Por separado, la Dirección de Servicios Periciales interviene en hechos de tránsito y cuenta con un Departamento de Peritos.
Los agentes de tránsito ordenan la circulación, apoyan cierres y dispositivos por obras o eventos y conocen infracciones administrativas. No deben confundirse sus dictámenes sobre hechos viales con los peritajes de una investigación penal, que corresponden a la autoridad ministerial cuando existe un posible delito.
Prevención social y atención a víctimas
La Dirección General de Prevención Social del Delito y Atención a Víctimas desarrolla programas comunitarios y servicios de primer contacto. Su Dirección de Programas de Prevención del Delito incluye un departamento dedicado a delitos cibernéticos. La Dirección de Atención a Víctimas y Búsqueda de Personas contiene áreas para mujeres víctimas de violencia, grupos vulnerables y vinculación en búsquedas.
Estas unidades proporcionan orientación y canalización, participan en células municipales de búsqueda y colaboran con otras autoridades. No resuelven por sí mismas la situación jurídica de una víctima ni sustituyen a la Comisión de Búsqueda de Personas o a la Fiscalía General del Estado.
Subsecretaría de Inteligencia
La Subsecretaría de Inteligencia fue incorporada a la estructura municipal para concentrar el análisis táctico y criminal, el manejo de información operativa y los sistemas de emergencia. Bajo ella se encuentran una Unidad de Contrainteligencia, la Dirección General de Inteligencia y Política Criminal y la Dirección General de Emergencias y Respuesta Inmediata.
La Dirección General de Inteligencia y Política Criminal se divide en análisis táctico y análisis criminal. Entre sus atribuciones reglamentarias figuran recopilar y verificar información, elaborar mapas delictivos, identificar patrones y producir insumos para el despliegue policial. Estas tareas se orientan a la prevención y a la toma de decisiones de la corporación. Cualquier actividad relacionada con la investigación de delitos debe realizarse bajo conducción y mando del Ministerio Público.
DGERI
La Dirección General de Emergencias y Respuesta Inmediata (DGERI), conocida anteriormente como DERI, opera funciones de recepción, despacho y seguimiento de reportes. Cuenta con una Dirección Operativa, encargada de operaciones de emergencia, monitoreo y análisis de llamadas, y una Dirección de Tecnologías de la Información, responsable de videovigilancia, comunicaciones, soporte técnico y desarrollo de sistemas.
Los reportes recibidos mediante el sistema de emergencias se registran y canalizan a las unidades disponibles. El centro utiliza radiocomunicación, geolocalización y cámaras municipales para apoyar la atención. La DGERI no es el centro estatal C5i: se trata de una instalación municipal que se coordina con el servicio 9-1-1 y con otras corporaciones conforme a los convenios aplicables.
Durante 2025 el Ayuntamiento documentó la operación de sistemas de llamadas, videovigilancia y lectura de placas, así como la contratación gradual de 700 cámaras corporales para personal operativo. La documentación administrativa acredita la adquisición y ejecución del proyecto, pero no permite por sí sola medir su efecto sobre la incidencia delictiva.
Desarrollo institucional y academia
La Subsecretaría de Desarrollo Institucional administra recursos, planeación, evaluación, acreditación y personal. De ella dependen las direcciones generales de Control y Gestión de Recursos y de Planeación y Evaluación, junto con unidades de administración, factor humano, acreditación y formación policial.