La Ley de Fomento de la Educación para Niñas y Adolescentes Rurales o Ley N° 27558, establece compromisos para que el gobierno peruano asegure que las estudiantes que asisten a escuelas rurales tengan igualdad de oportunidades en el acceso y la calidad de la educación. Además, establece brindar una atención integral, implementar programas de educación intercultural bilingüe y equipar a las escuelas rurales con servicios higiénicos diferenciados, garantizando así espacios adecuados y privados para las niñas y adolescentes del ámbito rural.

La ley fue promulgada el 22 de noviembre del 2001. Basándose en esta ley, en 2018 el gobierno publicó el Decreto Supremo que aprueba la Política de Atención Educativa para la Población de Ámbitos Rurales.

Contexto El censo de 2007 reveló que en el Perú había más de un millón de mujeres mayores de 17 años que no sabían leer ni escribir. En 2010, con el Programa Nacional de Movilización por el Analfabetismo (PRONAMA), la tasa nacional de analfabetismo se redujo en un 6,49 %. Sin embargo, las mujeres rurales continuaron siendo el grupo con mayor nivel de analfabetismo en el país, con un promedio del 14,4 %. Las regiones más afectadas son Huancavelica, Apurímac, Ayacucho, Puno y Cusco, donde el analfabetismo llega a afectar hasta a una cuarta parte de las mujeres de 15 años o más.

Para el año 2018, las brechas de género en la educación rural seguían siendo significativas. El 8,7 % de las mujeres de 15 años o más son analfabetas, frente al 3 % de los hombres, y en las zonas rurales esta cifra se eleva al 23,5 %. Además, el 46 % de las mujeres rurales de entre 14 y 29 años no cuentan con ingresos propios, lo que refleja una alta dependencia económica. En el ámbito educativo, las mujeres presentan una tasa de deserción escolar del 8,6 %, superior al 6 % registrado entre los hombres, y el 22,7 % de las adolescentes rurales de 15 a 19 años ya han estado embarazadas, lo que evidencia la persistencia de factores sociales y estructurales que limitan su acceso y continuidad en la educación.

Contenido La ley busca promover la equidad en el acceso y calidad de la educación para niñas y adolescentes que viven en zonas rurales, con nueve objetivos:

El Estado impulsa la igualdad de oportunidades entre niños, niñas y adolescentes que viven en zonas rurales, elaborando políticas educativas que atiendan las necesidades de esta población. Se considera niñas y adolescentes rurales a aquellas que viven de manera permanente en centros poblados pequeños o en comunidades no urbanizadas, campesinas o nativas, cuya principal actividad económica está vinculada a la agricultura, la ganadería y/o la actividad forestal. El Gobierno del Perú declara el periodo 2002-2006 como el “Quinquenio de la Educación Rural”, otorgando prioridad a la asignación de recursos públicos destinados a este sector de la población. El Ministerio de Educación fomenta la coordinación con los Ministerios de Salud y de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano, con el fin de alcanzar los objetivos planteados en el “Quinquenio de la Educación Rural”. Los Ministerios de Educación y de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano deben presentar anualmente al Congreso un informe sobre el avance de los programas educativos dirigidos a niñas y adolescentes rurales. El sistema educativo peruano asegura la equidad en el acceso y la calidad de la educación para niños, niñas y adolescentes de zonas rurales, estableciendo objetivos específicos para todos los niveles educativos y adaptando el currículo a las características socioculturales de cada comunidad. Plantear como objetivos la matrícula universal en los niveles de inicial, primaria y secundaria; asegurar el ingreso oportuno y la permanencia hasta completar la educación secundaria; y facilitar el acceso a programas que integren modalidades escolarizadas y no escolarizadas para quienes viven en zonas rurales. Eliminar toda forma de discriminación hacia las niñas y adolescentes y que los docentes brinden un trato respetuoso y personalizado en un ambiente de equidad para todos los estudiantes. Implementar programas que permitan a las niñas y adolescentes adquirir aprendizajes significativos y adecuados a su desarrollo físico, emocional y social, prestando especial atención a los factores que generan discriminación hacia las niñas y adolescentes rurales.

Reglamentación Desde su aprobación en el año 2011, la Ley N° 27558 no ha sido reglamentada. Una investigación de la Universidad Tecnológica del Perú reveló que debido a la ausencia del reglamento, los actores educativos no contaban con lineamientos claros ni con los recursos necesarios para implementar adecuadamente los fines de la norma, especialmente en contextos rurales.

Como consecuencia de la falta de un reglamento, las instituciones educativas no logran coordinar las acciones previstas por la ley y ha provocado descoordinación institucional, ausencia de procedimientos estandarizados y poca claridad en la asignación de responsabilidades. Esto ha impedido que las autoridades locales cuenten con lineamientos precisos para atender las necesidades educativas, dejando muchos programas incompletos.

El desarrollo de un reglamento específico posibilitaría la implementación de mecanismos normativos claros que faciliten la coordinación de políticas educativas con enfoque de género e interculturalidad, reforzando el derecho a la educación en las zonas más vulnerables del país. Referencias

Categoría:Leyes de género de Perú