La Política Nacional de Igualdad de Género (PNIG) es una política nacional de género vigente del estado peruano. Fue aprobada por la presidencia de la república en abril de 2019, durante el periodo del expresidente Martín Vizcarra Cornejo, a través del Decreto Supremo N° 008-2019-MIMP del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables. Este mecanismo promueve la mejora de la administración pública nacional en los distintos niveles de gobierno para garantizar los derechos humanos de las mujeres en igualdad y sin discriminación.

Esta política permite la coordinación y actuación interinstitucional de 21 entidades de la administración pública con actividades operativas que formulen y aprueben protocolos o normas dentro de sus Planes Operativos Institucionales garantizando su prestación y cumplimiento. Para su implementación cuenta con un Plan Estratégico Multisectorial de Igualdad de Género (PEMIG), aprobado el 7 de marzo de 2020, mediante D.S. N° 002-2020-MIMP, que brinda herramientas de gestión para facilitar y administrar su ejecución.

Objetivos El propósito principal de esta política tiene como propósito abordar las causas y efectos de la discriminación estructural contra las mujeres en su diversidad, de los que se ha generado históricamente que enfrenten situaciones desiguales y de subordinación.

Los 6 objetivos prioritarios de esta política son:

Reducir la violencia hacia mujeres Garantizar el ejercicio de los derechos de las mujeres Garantizar el acceso y participación de mujeres en espacios de toma de decisiones. Garantizar el ejercicio de los derechos económicos y sociales de las mujeres. Reducir las barreras institucionales que dificultan la igualdad en ámbitos público y privado entre hombres. Reducir la incidencia de los patrones socioculturales discriminatorios en la población.

Lineamientos de la políticas En el artículo 2 del D.S. N° 008-2019-MIMP se establece que la política es de aplicación obligatoria para todos los sectores e instituciones del Estado y sus niveles de gobierno (regional, provincial y distrital). Entre sus lineamientos están:

Objetivo 1:Reducir la violencia hacia las mujeres

Lineamiento 1.1: Implementar medidas de atención y protección para mujeres víctimas de violencia e integrantes del grupo familiar. Lineamiento 1.2: Implementar medidas de prevención de la violencia contra las mujeres en favor de la ciudadanía.

Objetivo 2: Garantizar el ejercicio de los derechos a la salud sexual y reproductiva de las mujeres

Lineamiento 2.1: Mejorar los servicios de salud sexual y reproductiva de las mujeres. Lineamiento 2.2. Fortalecer la implementación de la educación sexual integral en el sistema educativo. Lineamiento 2.3. Ampliar el acceso a los servicios especializados de salud sexual y reproductiva de las y los adolescentes.

Objetivo 3:Garantizar el acceso y participación de las mujeres en espacios de toma de decisiones

Lineamiento 3.1: Implementar medidas para garantizar la participación en espacios de toma de decisiones de las mujeres. Lineamiento 3.2: Implementar medidas de acción afirmativa para garantizar el acceso a espacios de toma de decisiones de las mujeres.

Objetivo 4: Garantizar el ejercicio de los derechos económicos y sociales de las mujeres

Lineamiento 4.1: Implementar el Sistema Nacional de Cuidado con enfoque de género para personas en situación de dependencia. Lineamiento 4.2: Incrementar el acceso y control de los recursos naturales, productivos y patrimoniales de las mujeres. Lineamiento 4.3: Fortalecer la inserción laboral formal de las mujeres. Lineamiento 4.4: Implementar medidas para asegurar el ejercicio de los derechos sociales de las mujeres

Objetivo 5: : Reducir las barreras institucionales que obstaculizan la igualdad en los ámbitos público y privado

Lineamiento 5.1: Incorporar el enfoque de género en las entidades públicas que brindan bienes y servicios públicos. Lineamiento 5.2: Incorporar el enfoque de género en las organizaciones privadas. Lineamiento 5.3: Reducir brechas de desigualdad de género en las entidades públicas. Lineamiento 5.4: Desarrollar las competencias para la aplicación del enfoque de género en los/as servidores públicos y servidoras públicas. Lineamiento 5.5: Prevenir el hostigamiento sexual laboral en las entidades públicas y privadas.

Objetivo 6:Reducir la incidencia de los patrones socioculturales discriminatorios en la población

Lineamiento 6.1: Desarrollar competencias específicas y fortalecimiento de capacidades para el logro de la igualdad de género en las y los estudiantes de educación básica. Lineamiento 6.2: Implementar estrategias de comunicación masiva orientadas a la igualdad de género y no discriminación en la población. Lineamiento 6.3:Difundir conocimiento sobre la influencia de los patrones socioculturales discriminatorios que sustentan la desigualdad de género y su progresiva transformación en la población. Lineamiento 6.4: Brindar acompañamiento y consejería en igualdad de género, las responsabilidades familiares compartidas y el respeto a los derechos humanos, entre los y las integrantes de las familias

Normativa relacionada El 4 de abril de 2019 se aprobó a través del Decreto Supremo n.° 008-2019-MIMP los lineamientos para implementar la Política Nacional de Igualdad de Género en el Perú para todos los niveles de gobierno.

Avances y limitaciones Algunos informes señalan que la implementación de la política ha tenido dificultades, para el 2022 solo hubo un avance en 17 de los 52 servicios a brindar desde el sector público, además de limitaciones en presupuesto, seguimiento y en el desarrollo de herramientas para la recolección de datos con enfoque de género como encuestas temáticas.

Referencias

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