miniaturadeimagen|Países que han ratificado la Convención Americana de Derechos Humanos. La República Oriental del Uruguay se encuentra en América del Sur, limitando con Argentina, Brasil y el Océano Atlántico Sur, con una población de 3.332.972. Uruguay se independizó de la República Argentina y adquirió su soberanía en 1828 y tiene control absoluto sobre sus asuntos internos y externos. Desde 1973 hasta 1985, Uruguay fue gobernado por una dictadura cívico-militar, que cometió numerosos abusos contra los derechos humanos.

Uruguay es una nación comprometida con la promoción y protección de los derechos humanos y se ubica como la nación en América del Sur más consciente en cuanto a derechos. De todos modos, perduran algunas áreas de preocupación, que incluyen algunos temas como las condiciones de vida en prisiones y el acceso a la justicia por crímenes cometidos como resultado de la dictadura.

Marco legal

Obligaciones internacionales

Uruguay ha firmado y ratificado la mayoría de los tratados internacionales sobre derechos humanos, incluyendo:

Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (ICCPR) Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (ICESCR) Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial (CERD) Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer (CEDAW) Convención contra la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes (CAT)

Asimismo, Uruguay ha ratificado ambos Protocolos Opcionales al ICCPR. Uruguay tiene una reserva/declaración general con respecto al Artículo 38, Párrafos 2-3 de la Convención sobre los Derechos del Niño (CCR) que refieren a la participación de los jóvenes en los conflictos armados.Universal Periodic Review:UN Compilation Report:A/HRC/WG.6/18/URY/2 (3 November 2013), p. 2

Uruguay es sujeto del proceso de Revisión Periódica Universal por ser miembro de Naciones Unidas. Ha cumplimentado dos rondas de la Revisión Periódica Internacional, la última en 2013. Uruguay ha reconocido la jurisdicción de Corte Interamericana de Derechos Humanos como miembro de la Organización de Estados Americanos

El 18 de marzo de 2005 extendió una “invitación permanente” a todas las visitas de Procedimientos Especiales de la ONU. En 2007 esta invitación también fue extendida a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y a la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

Instituciones Nacionales

En 2008, se creó la Institución Nacional de Derechos Humanos (INDDHH) para “defender, promover y proteger” los derechos humanos en Uruguay- La agencia informa sobre la firma y ratificación de los tratados internacionales, implementación y práctica para proteger los derechos humanos y para investigar las violaciones a los mismos. Existen otras varias instituciones para promover los derechos humanos, en áreas particulares de gobierno, tales como:

Oficina del Comisionado Parlamentario para el Sistema Penitenciario Oficina del Defensor del Pueblo Consejo de Derechos Humanos del Ministerio de Educación y Cultura Oficina Asesora de Derechos Humanos del Poder Judicial de Uruguay

La Comisión contra el Racismo, Xenofobia y toda forma de Discriminación fue creada en el año 2007, pero no tuvo presupuesto asignado hasta el año 2010, y los términos de sus miembros habían cadudado.

Constitución

La Constitución de Uruguay establece disposiciones para la gobernabilidad del país. La Constitución de Uruguay es la Ley Suprema y bajo su artículo 256, la Suprema Corte de Justicia de Uruguay puede determinar la inconstitucionalidad de leyes. Prescribe las facultades y funciones de los poderes ejecutivo, legislativo y judicial del Gobierno. Garantiza específicamente la igualdad ante la ley para todas las personas y la Sección 2 reconoce específicamente una serie de derechos fundamentales. El Artículo 72 estipula que el listado de derechos enumerado no es exhaustivo y se incluyen otros derechos que son “inherentes a la personalidad humana o se derivan de la forma republicana de gobierno”. El Artículo 332 también establece que los preceptos de la Constitución que reconocen los derechos de los individuos “no dejarán de aplicarse por falta de la reglamentación respectiva, sino que ésta será suplida, recurriendo a los fundamentos de leyes análogas, a los principios generales de derecho y a las doctrinas generalmente admitidas.”

Cuestiones de Derechos Humanos

Derecho a la vida

La pena de muerte ha sido abolida en Uruguay.

Libertad de Expresión

La Libertad de expresión está garantizada por la Constitución de Uruguay. Esto incluye la libertad en todos los métodos o formas de difusión, incluyendo la libertad de prensa. El Gobierno de Uruguay es respetuoso de estos derechos.

En el año 2012, el Gobierno de Uruguay decretó que la televisión digital sería libre e irrestricta en toda la extensión del país. En el año 2014 la aprobación de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual fue aclamado por los grupos de derechos humanos, como un modelo para la libertad de expresión en América Latina.

La ley trabaja para reducir la concentración de medios y crear una cláusula de conciencia para los periodistas. El Relator Especial para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, señaló que hay casos ocasionales de violencia e intimidación contra los periodistas, como el hecho producido en el año 2011 por la policía en Salto contra Luis Díaz. Uruguay ha progresado reformando las cláusulas de difamación cuando está presente el interés público, pero dichas cláusulas pueden resultar aún un impedimento en las investigaciones periodísticas.

Libertad de culto

La Constitución de Uruguay garantiza la libertad religiosa y declara que el estado no apoya ninguna religión en particular. Existen argumentos acerca de que Uruguay va más allá de la simple neutralidad y es de hecho fundamentalmente laico. Las escuelas públicas no proporcionan y prohíben la educación religiosa que es vista desde el Estado como una práctica de carácter privado.

El Estado ha intervenido en los feriados religiosos tradicionales, renombrándolos con nombres laicos (Semana Santa como “Semana Turística”). Existen reportes esporádicos de abusos basados en discriminación religiosa, incluyendo antisemitismo, pero las víctimas informan acerca de la útil cooperación de las fuerzas policiales en la investigación en esta materia.

Derechos electorales

La Constitución de Uruguay establece un régimen de república democrática electoral. El poder legislativo recae en la Asamblea General Bicameral y el Ejecutivo toma la forma de un Presidente y su Gabinete designado. Los mandatarios son elegidos por un término de 5 años mediante sufragio universal. Los no ciudadanos domiciliados en Uruguay durante al menos 15 años y que poseen el capital en el país pueden votar. La Asamblea General es elegida mediante listas cerradas de representación proporcional y el presidente a través de la mayoría.

Uruguay también cuenta con un sistema de referéndum popular.Universal Periodic Review:National Report:A/HRC/WG.6/5/URY/1 (24 February 2009), para. 6 Este método de democracia directa permite a los ciudadanos ratificar las reformas parlamentarias, exigir la derogación de las leyes e impulsar nuevas leyes mediante la propuesta popular.

Uruguay tiene una fuerte legislación anticorrupción, en particular la Ley de Transparencia introduce la responsabilidad penal para una serie de acciones de los funcionarios públicos, como el blanqueo de fondos públicos. Además, Uruguay introdujo recientemente cupos por género para los ciclos electorales, requiriendo representación igualitaria en las listas de candidatos.Universal Periodic Review:UN Compilation Report:A/HRC/WG.6/18/URY/2 (3 November 2013), para. 67

Protección contra la tortura y los tratos crueles, degradantes e inhumanos

Uruguay ha suscrito los principales tratados internacionales que prohíben los actos de tortura tales como la Convención contra la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes (CAT) y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (ICCPR), incluyendo los Protocolos Opcionales de ambos tratados que reconocen la jurisdicción del Comité de Derechos Humanos de la ONU y el Comité contra las violaciones y la Tortura como órganos de recepción y consideración de demandas en cuanto a tortura o tratos inhumanos.Human Rights Council: Report of Special Rapporteur on torture and other cruel, inhuman or degrading treatment: A/HRC/13/39/Add.2 (21 December 2009), para.10 La Constitución no contiene la cláusulas específicas de protección contra la tortura pero establece los derechos para disfrutar de la vida, la libertad, la seguridad y la propiedad.

El Código Penal contiene provisiones que criminalizan el abuso de autoridad por parte de agentes del sistema penitenciario y el Artículo 22.1 de la Ley de Cooperación con la Corte Criminal Internacional en Materia de Lucha contra el Genocidio, los Crímenes de Guerra y los Crímenes contra la Humanidad, criminaliza la tortura por parte de cualquier agente del Estado, incluyendo el trato cruel, inhumano o degradante.Human Rights Council: Report of Special Rapporteur on torture and other cruel, inhuman or degrading treatment: A/HRC/13/39/Add.2 (21 December 2009), para.17-19 De todos modos, el Relator Especial sobre la Tortura (SR) ha apuntado que esta ley no parece ser utilizada para crímenes individuales sino más bien para crímenes agrupados como de lesa humanidad e instaron a impulsar reformas para cambiar esto.Human Rights Council: Report of Special Rapporteur on torture and other cruel, inhuman or degrading treatment: A/HRC/13/39/Add.2 (21 December 2009), para.21

La tortura no es un problema sistemático, de todos modos, personal de las fuerzas policiales y otras autoridades infringen ocasionalmente los derechos de los prisioneros. Hay informe de agresiones y uso excesivo de la fuerza por parte de la policía y los agentes penitenciarios.Universal Periodic Review:UN Compilation Report:A/HRC/WG.6/18/URY/2 (3 November 2013), para. 31

El Relator Especial (SR) apuntó que las condiciones de las cárceles son un problema y derivaron a un trato cruel, degradante e inhumano. El sistema carcelario en Uruguay en el año 2013 estuvo al 125% de su capacidad y el SR encontró que las condiciones eran “un insulto a la dignidad humana”.Human Rights Council: Report of Special Rapporteur on torture and other cruel, inhuman or degrading treatment: A/HRC/13/39/Add.2 (21 December 2009), para.45 Se encontró que los prisioneros tenían restricciones en el acceso al agua, sanitarios y atención médica y falta de espacio para dormir y se les permitía salir de sus celdas solo durante cuatro horas semanales.Human Rights Council: Report of Special Rapporteur on torture and other cruel, inhuman or degrading treatment: A/HRC/13/39/Add.2 (21 December 2009), para.46 Esto no fue uniforme en las cárceles y algunos presos de una situación económica y social elevada disfrutaron de mejores instalaciones.

El SR encontró que casi todos los problemas fueron el resultado de un programa de justicia penal defectuoso.Human Rights Council: Report of Special Rapporteur on torture and other cruel, inhuman or degrading treatment: A/HRC/13/39/Add.2 (21 December 2009), para.77 El uso extensivo de la detención preventiva y un sistema judicial lento ha dado como resultado el hacinamiento, así como la mezcla de presos preventivos y condenados, una violación a la Presunción de Inocencia. Se ha informado de que el 68 % de todos los presos están en espera de juicio.