thumb|400px|Escultura en recuerdo de los varios intentos de Treviño de integrarse en Álava, situada en el Ayuntamiento del Condado de Treviño. El contencioso de Treviño es la disputa entre distintas administraciones locales, provinciales y autonómicas de España relativa a la adscripción territorial del enclave de Treviño, un enclave de la provincia de Burgos (comunidad autónoma de Castilla y León), rodeado por territorio de la provincia de Álava (comunidad autónoma del País Vasco). Por un lado, la Junta de Castilla y León y la Diputación Provincial de Burgos defienden el mantenimiento del statu quo, mientras que los ayuntamientos de los dos municipios que forman el enclave (Condado de Treviño y La Puebla de Arganzón), así como el Gobierno Vasco y la Diputación Foral de Álava, reclaman la segregación del territorio de la provincia de Burgos y la anexión de este a la provincia de Álava. El conflicto se extiende a otros ámbitos como el político, el lingüístico, el de prestación de servicios o el de gestión de la red de carreteras.
Fundado en su origen por el Reino de Navarra, Treviño se encuentra ligado a Castilla desde el , primero como territorio de realengo y luego como mayorazgo, en manos de los Manrique de Lara. En 1833, al crearse la actual división provincial, Treviño fue asignado a la provincia de Burgos. La reivindicación actual para el paso del territorio a Álava no se basa en argumentos históricos, sino en las mayores vinculaciones comerciales, culturales y lingüísticas que actualmente tiene el enclave con el territorio vecino. Los dos ayuntamientos del enclave (Condado de Treviño y La Puebla de Arganzón) han solicitado en varias ocasiones su integración en Álava, y los vecinos del enclave se han manifestado en varias ocasiones a favor de la anexión al País Vasco.
La posición del gobierno vasco es calificada por algunos sectores como irredentismo. Sin embargo, son los propios ayuntamientos del enclave quienes solicitan su incorporación a Álava, y todos los grupos políticos representados en el parlamento vasco defienden la integración del enclave en Álava.
Por su parte, todas las formaciones políticas representadas en las cortes de Castilla y León defienden la burgalesidad del enclave y, por ende, su pertenencia a Castilla y León.
Historia Aunque había existido en épocas anteriores un primitivo monasterio titulado de San Fausto, que en 1068 aparece en la dotación de la iglesia de Oña por Sancho II de Castilla, la fundación oficial de Treviño la realizó en 1161 el rey de Navarra Sancho VI el Sabio. En 1200 pasó a manos de Castilla tras la victoria que el rey castellano Alfonso VIII obtuvo en la guerra que mantuvo contra el rey navarro Sancho el Fuerte y que finalizó con la conquista del territorio occidental del Reino de Navarra, siendo desde ese momento el Condado de Treviño una parte más de Castilla hasta nuestros días.
El 8 de abril de 1366, Enrique II de Trastámara concedió a Pedro Manrique, como pago a los servicios prestados, la villa de Treviño, con todas sus aldeas y términos, por lo que la comarca pasa de ser zona de realengo a zona de señorío. Un bisnieto de Pedro, Diego Gómez Manrique de Lara, recibió del rey Juan II de Castilla en 1453 el título de conde de Treviño, por lo que desde entonces estas tierras se convirtieron en condado. Un hijo de este, Pedro Manrique de Lara, recibió de los Reyes Católicos, en 1482, el título de duque de Nájera, título que hoy día ostentan sus descendientes.
En el los condes de Treviño, que eran ya desde 1482 duques de Nájera, construyeron su palacio, hoy día ayuntamiento de la villa.
A pesar de que ya en 1646, al igual que sucede con Oñate en Guipúzcoa, el Valle de Ayala en Álava o Las Encartaciones en Vizcaya, una representación treviñesa solicitó la incorporación del territorio ante las Juntas Generales de Álava, en 1833, Javier de Burgos realiza la división de España en provincias, quedando el enclave de Treviño asignado por real decreto.
Reivindicación territorial thumb|300px|Mapa explicativo del contencioso, que muestra la localización del enclave perteneciente a la provincia de Burgos en verde, la provincia de Álava en amarillo y las capitales de ambas provincias en naranja. La petición de anexión del enclave de Treviño a la provincia de Álava —y por tanto a la región vasca, hoy País Vasco— ha sido reiterada tanto desde las instituciones alavesas —las primeras reivindicaciones tienen lugar en el año 1880— como desde los dos Ayuntamientos del Condado —que en 1940 y 1958, con el respaldo de la mayoría de los vecinos, instaron aquella incorporación—. Castilla y León ha empleado argumentos de arraigo histórico para defender los límites actuales.
Posición del enclave de Treviño En el enclave de Treviño, las fuerzas políticas que solicitan la integración del territorio en Álava son mayoría, habiéndolo solicitado oficialmente. Las razones que sostienen los ayuntamientos de la zona son razones «prácticas».
Posición alavesa El territorio del condado, rodeado por la provincia de Álava, es reclamado por la totalidad de los partidos alaveses, así como por la mayoría de la población treviñesa como parte integrante de Álava, convirtiéndose en la octava cuadrilla alavesa. Se basan los argumentos en el referéndum realizado en 1940 por el Gobierno Civil burgalés, en el que un 98 % de la población se declaró a favor de la integración de Treviño en Álava. Sin embargo, el resultado de la consulta popular quedó en papel mojado por ser ilegal. Desde entonces se han propuesto nuevos referéndum por parte de los partidos treviñeses, que se han impedido desde la Junta de Castilla y León, como el de 1998, en el que un 68 % de los votantes de Treviño se manifestó a favor de un referéndum para decidir si unirse a Álava. La participación alcanzó el 76,6 % de los 919 censados en el condado.
Posición burgalesa En la provincia de Burgos todas las fuerzas políticas han defendido la burgalesidad del enclave, basándose fundamentalmente en razones históricas.
El Estatuto de Autonomía de Castilla y León exige, para que un enclave perteneciente a una provincia de Castilla y León se segregue de la comunidad autónoma, una solicitud formulada por los ayuntamientos interesados, un informe favorable de la provincia implicada y de la comunidad autónoma de Castilla y León, un referéndum en el territorio a segregar así como la aprobación por las Cortes Generales mediante Ley Orgánica.Estatuto de Autonomía de Castilla y León, disposición transitoria séptima El Gobierno y el Parlamento vasco plantearon un recurso de inconstitucionalidad en la década de 1980 contra dicho Estatuto, que fue desestimado por el Tribunal Constitucional. En los últimos años, tanto la Junta de Castilla y León como la Diputación de Burgos han remarcado el hecho de que el enclave seguirá perteneciendo a la provincia burgalesa. Se oponen a que el condado deje de formar parte de Burgos, de la misma manera que Castilla y León no ha renunciado a la posibilidad de que Cantabria llegue a ser una de las provincias de la comunidad. Para el cronista oficial de la ciudad de Burgos, el enclave siempre ha pertenecido a Castilla.Este hecho es mencionado en la tesis doctoral de Mariano González Clavero "Partidos políticos en el proceso autonómico de Castilla y León. 1975 - 1983", pág. 501.
Cuestiones jurídicas En el momento de aprobación de la Constitución de 1978 y posteriores estatutos de autonomía, ya existía un conflicto entre las dos autonomías por el enclave, hasta el punto que los estatutos de autonomía del País Vasco (1979) y de Castilla y León (1983), son los primeros estatutos en España que contenían disposiciones relativas a los enclaves.
Constitución española de 1978 La Constitución española de 1978, en su artículo 141.1, dice:
Asimismo, en su artículo 147, establece:
Estatuto de autonomía del País Vasco de 1979 El Estatuto de Autonomía del País Vasco de 1979, en su artículo 8, establece:
El enclave de Treviño es uno de los dos que existen dentro del territorio del País Vasco, junto con el del Valle de Villaverde (Cantabria).
Estatuto de autonomía de Castilla y León El Estatuto de Autonomía de Castilla y León, en su disposición transitoria 7.ª, apartado 3, establece:
Diferencias entre estatutos Las diferencias entre ambos estatutos relativas a los enclaves, aunque ligeras, no son de poco alcance: El Estatuto castellano-leonés exige que la solicitud de segregación, formulada por los Ayuntamientos interesados, cuente con el voto favorable de la mayoría absoluta de los miembros de la Corporación, mientras que el Estatuto vasco exige sólo una mayoría simple. El Estatuto vasco obliga únicamente a conceder audiencia a la comunidad o provincia a la que pertenezcan los territorios, mientras el Estatuto de Castilla y León impone que ambas Administraciones emitan un «informe favorable» a la segregación.
Los posteriores trámites coinciden básicamente en ambos Estatutos: el refrendo de los habitantes del enclave y la aprobación de las Cortes Generales mediante ley orgánica —trámite éste impuesto por el artículo 141 de la Constitución—. El Estatuto vasco añade a estos trámites la aprobación de la integración por su propio Parlamento.
Cronología
220px|thumb|derecha|Vista de Treviño, una de las localidades del enclave
Periodo preconstitucional La primera petición para el paso de Treviño a Álava se dio entre los años 1917 y 1919, cuando la Cámara de Comercio e Industria de Álava solicitó a la comisión extraparlamentaria vasca que se incluyera el Condado de Treviño en el proyecto de Estatuto Vasco. La caída del gobierno Romanones arrastró consigo dicho estatuto, y con él la posibilidad de incorporación.
En mayo de 1936 el Ayuntamiento de La Puebla de Arganzón (uno de los dos ayuntamientos que formaban el enclave) solicitó a la Diputación de Álava que apoyara las gestiones para la incorporación a dicho territorio, resultando en fracaso dicho intento. Tras el fin de la Guerra Civil, entre el 20 y el 22 de junio de 1940 los dos ayuntamientos del Condado piden iniciar el expediente de agregación del Condado a Álava.Historia del Condado de Treviño Basan sus argumentos en el referéndum realizado en 1940 por el gobierno civil burgalés, en el que un 98% de la población se declaró a favor de la integración de Treviño en Álava. Sin embargo, el resultado de la consulta popular quedó en papel mojado, y se optó por no cambiar el marco provincial en el que está integrado Treviño.
El 24 de julio de 1958 el Ministerio de Gobernación emitió una orden para que se consultara a los vecinos del enclave la posibilidad del traspaso del arciprestazgo de Treviño, dependiente de la diócesis de Vitoria, a la de Burgos. El alcalde de Treviño, Eugenio Garay, interpretó la orden en sentido opuesto, y ordenó a los vecinos de los pueblos que convocaran concejo para deliberar los pros y los contras del cambio de Provincia.Ortiz de Orruño, José María (1999) Treviño. Breve historia de un contencioso secular, p. 42. De todos los pueblos emplazados (aproximadamente 50), respondieron todos menos seis, y solamente Añastro, Mesanza y Pariza optaron por continuar en Burgos; los demás se decantaron por Álava. El intento anterior estuvo paralizado durante el verano hasta que el 8 de noviembre de 1958 la corporación del Condado de Treviño aprobó por unanimidad una moción que se remitió al gobernador civil de Burgos para que la enviara al Ministerio de la Gobernación. La corporación manifestaba la opinión del vecindario de la siguiente manera: siempre fue aspiración legítima de los habitantes de este Condado el depender a todos los efectos de la Provincia de Álava, y no de Burgos.Ortiz de Orruño, José María (1999) Treviño. Breve historia de un contencioso secular, p. 43.
Periodo constitucional