thumb|Portada de la edición de 1499 del libro de Francesc Eiximenis Regiment de la Cosa Pública Las instituciones del Reino de Valencia son el conjunto de leyes e instituciones propias que rigieron el Reino de Valencia durante sus casi quinientos años de existencia —desde su fundación en 1238 por el rey de Aragón y conde de Barcelona Jaime I hasta su desaparición en 1707 en virtud de los Decretos de Nueva Planta de Felipe V en plena Guerra de Sucesión Española—. Durante la Edad Media el reino formó parte de la Corona de Aragón, surgida en el de la unión dinástica del condado de Barcelona y del Reino de Aragón, y durante la Edad Moderna, tras la unión dinástica de la Corona de Aragón con la Corona de Castilla —en virtud del matrimonio de sus respectivos monarcas, Isabel I de Castilla y Fernando II de Aragón—, quedó integrado junto con el resto de estados de la Corona de Aragón de aquel momento —reino de Aragón, Principado de Cataluña, Reino de Mallorca, Reino de Cerdeña, y Reino de Sicilia— en la Monarquía Hispánica.

Los Furs

thumb|250px| Edición de los Furs de 1547 Los Furs de València constituyeron el conjunto de leyes por el que se rigió el reino de Valencia desde su nacimiento. Su primera redacción se sitúa en 1239, al año siguiente de la conquista de Valencia, por iniciativa del propio rey Jaime I, y recibe el nombre de Consuetudines o Costum siguiendo la tradición catalana. Fueron redactados inicialmente en latín y se aplicaron al principio únicamente a la ciudad de Valencia.

En las primeras Cortes del Reino de Valencia celebradas en 1261 el rey Jaime I extendió la Costum de Valencia, denominada a partir de entonces Furs de València, a todo el reino. A pesar de la resistencia nobiliaria al mismo, se extendió por todo el reino, y además fue traducido al romance para favorecer su comprensión. Finalmente el texto legal quedó fijado en 1271. Además Jaime I –agobiado por la necesidad de dinero que fue sufragado por la ciudad de Valencia— promulgó un privilegio por el que quedó obligado por él y por sus descendientes a jurar el Fuero de Valencia inmediatamente después de iniciar su reinado, y a convocar Cortes en el plazo de un mes. Diez años después el rey se obligó a no modificar los Fueros en el futuro sin el consentimiento de las Cortes.

El ordenamiento jurídico valenciano se completaba con los privilegis (en castellano, privilegios), promulgados directamente por el soberano por propia iniciativa o por petición de parte, y por los actes de cort (en castellano, actos de corte), que eran acuerdos alcanzados en las Cortes entre la Corona y uno o dos de los brazos —no con los tres, cuyos acuerdos constituían los Fueros propiamente dichos—.

Así pues, las leyes del Reino de Valencia eran el resultado del acuerdo entre el rey y los representantes de las élites del reino, representadas en las Cortes, y no podían ser revocadas sin el consentimiento de las dos partes, dando nacimiento así al pactismo que también caracterizó las relaciones entre el soberano y sus vasallos en el resto de estados de la Corona de Aragón, incluso después de su unión dinástica con la Corona de Castilla, lo que dio nacimiento a la Monarquía Hispánica.

Instituciones de gobierno de la Corona

Lugarteniente General (Edad Media) y virrey (Edad Moderna)

Desde principios del , cuando el rey estaba ausente del reino, un hecho muy frecuente, la más alta magistratura delegada de la Corona era el lugarteniente general (en valenciano, lloctinent general), una especie de alter ego del monarca, quien lo nombraba entre los miembros de la familia real, primero, y más tarde, entre los miembros de la alta nobleza.

Alrededor del lugarteniente general se formó una pequeña corte frecuentada por la nobleza y las élites urbanas y un consejo, integrado principalmente por juristas, miembros de la nobleza y del alto clero, y también por los principales oficiales reales: el portanveces (en valenciano, portantveus), el baile general (en valenciano, batle general) y el mestre racional. Esta especie de consejo real se convirtió en el principal órgano de gobierno del reino, y se podría considerar como el antecedente de la Audiencia de Valencia de la Edad Moderna.

En la Edad Moderna el lugarteniente general fue sustituido por el virrey de Valencia, con las mismas atribuciones y nivel de representación. El cargo se institucionalizó de forma permanente en 1520 durante el reinado de Carlos I y, tras el largo virreinato de Germana de Foix de la primera mitad del , siempre recayó en miembros de la alta nobleza castellana.

Ni el Lugarteniente ni el virrey contaban con fuerza armada permanente propia y sus decisiones y las de sus oficiales podían ser revocadas por las Cortes si contravenían los Fueros (contrafueros). Tras la reunión de las últimas Cortes en 1645, esta potestad pasó a la Junta de Electos de los tres estamentos que podía decidir la constitución de una embajada que acudía a la corte en Madrid para presentar directamente al rey los posibles contrafueros —violaciones de los fueros valencianos— de sus oficiales en el Reino.

La división territorial del reino: las Governacions o Gobernaciones

thumb|Governaciones y distritos del Reino de Valencia. Bajo la autoridad del lugarteniente general, y del virrey y la Real Audiencia, después, estaban los dos gobernadores o portantveus. El portantveus de General Governador de la ciutat e regne de València ejercía su jurisdicción desde la frontera de Cataluña hasta Jijona y el portantveus de General Governador de la ciutat d'Oriola y regne de València d'enllà Xixona —con sede en Orihuela— la ejercía «más allá de Jijona» hasta la frontera con el reino de Murcia. Sin embargo, el portanveces de Valencia tenía preeminencia sobre el de Orihuela y, además, contaba con dos lugartenientes de distrito que se encargaban del territorio dellà Uxó —más allá del río Uxó—, es decir, el comprendido entre la frontera con Cataluña y el río Uixó —con residencia en Castellón de la Plana— y del territorio dellà Xúquer —más allá del Júcar—, es decir, el comprendido entre el río Júcar y Jijona, con residencia en Játiva. Los dos portanveces y los lugartenientes debían ser naturales del reino y sus atribuciones eran sobre todo judiciales, aunque nunca tuvieron autoridad sobre el baile general. Tenían también la facultad, en caso de necesidad, de armar y dirigir ejércitos y poder sancionar a los que no participaran en ellos.

Baile general y Mestre Racional

El baile general (en valenciano, batle general) tenía a su cargo la administración del Real Patrimonio —de los bienes, derechos, rentas y regalías de dominio y titularidad real: aduanas, peajes, gabela de la sal,...— y de él dependían los bailes locales. Existían dos bailías, una por cada gobernación: la de Valencia y la de Orihuela.

La figura del baile general ya aparece en la Costum de Valencia de 1239 y sus funciones se irán acrecentando conforme vayan apareciendo los bailes locales en el resto de las localidades bajo jurisdicción directa del rey y que están bajo su autoridad. Así se convierte en el hombre de la monarquía que coordina el reino y su jurisdicción era tan amplia como los intereses de la monarquía en el reino, de este modo, abarcaba la jurisdicción civil y criminal sobre mudéjares y judíos de realengo, gestionaba todos los oficios del reino, fiscalizaba los ingresos regios o también podía otorgar las licencias para exportar productos o para la práctica del corso, entre otras.

Por su parte, el Mestre Racional (en castellano, maestre racional) era el encargado de fiscalizar las cuentas que le presentaba el baile general y remitirlas al rey. Ambos, junto con otros oficiales reales, formaban la Junta Patrimonial.

El cargo de mestre racional para el conjunto de la Corona de Aragón fue regulado en las Ordinacions (en castellano, ordenaciones) de 1344 por Pedro IV. A principios del el cargo fue desgajado entre los diversos estados de la Corona y así nació el mestre racional valenciano. "Su labor principal residía en el control financiero de todos aquellos funcionarios y personas que administraban y manejaban las rentas y el dinero del Patrimonio Real en el reino de Valencia. Examinaba y definía cuentas para poder presentar un balance final de su gestión". El primer mestre racional valenciano fue Berenguer Minguet —que provenía del oficio del mestre racional de la corte en Barcelona— por el rey Alfonso V el Magnánimo en 1419 a petición de las Cortes reunidas ese año y tras la entrega al rey de un cuantioso "donativo" para las empresas italianas del monarca. A diferencia del cargo del baile general, existe un único mestre racional para todo el reino.

Audiencia de Valencia (Edad Moderna)

Esta institución colegiada, que no existió en época medieval —sus funciones las desempeñaban los justicias y los portantveus de General Gobernador—, fue creada en 1506 por Fernando el Católico. Su nacimiento está estrechamente ligado a la figura del virrey, ya que tenía la doble función de asesorarle en el gobierno del reino y de actuar como instancia judicial suprema, cuyas sentencias solo cabía apelarlas al Consejo Supremo de Aragón o al propio monarca. Al igual que el virrey su sede estaba en la ciudad de Valencia.

La institucionalización definitiva se produjo en 1543 durante el reinado de Carlos I y en 1572 Felipe II reforzó su autonomía respecto del virrey al establecer que este no intervendría cuando actuaba como tribunal superior de justicia. Unos años antes, en 1563-1564, se dividió en dos salas independientes, una para las causas civiles y otra para los criminales. Finalmente en 1585 la sala de lo civil se desdobló a su vez en dos.

En los siglos y las competencias políticas y jurídicas de la Real Audiencia fueron aumentando por lo que los oidores o jueces de la misma, que debían ser juristas naturales del reino, pasaron a ser, después del virrey, la máxima autoridad real. Así pues, especialmente en el , el poder efectivo en Valencia se aglutinaba cada vez más en la corte local, de virrey y de oidores, puesto que a través de las relaciones de los mismos con la élite, se aseguraba la autoridad del rey.

Consejo Supremo de Aragón (Edad Moderna)

El Consejo Supremo de Aragón fue el organismo consultivo utilizado por los reyes de la Casa de Austria para que les asesorara en los asuntos relativos a sus Estados de la Corona de Aragón, en la que estaba integrado el Reino de Valencia. Por eso residía en la corte al lado del monarca —en Madrid desde que Felipe II fijó allí su sede permanente—. En el Consejo había dos regentes por cada estado de la Corona de Aragón, nombrados por el rey entre los letrados de cada territorio, por lo que su opinión cuando se trataban asuntos exclusivos de cada uno de ellos era muchas veces determinante en la «consulta» que se elevaba al rey, incluidos los nombramientos de los oficiales reales que según los Fueros tenían que ser naturales del reino, especialmente si las opiniones de los dos regentes coincidían con las del virrey.

El consejo de Aragón tuvo su origen en el grupo de juristas naturales de los diversos territorios de la Corona de Aragón que reunió Fernando II el Católico tras la unión dinástica con la Corona de Castilla que dio nacimiento a la Monarquía Hispánica. Su función era asesorarle en los asuntos que afectaban a aquella corona cuando él estaba en Castilla, donde pasó la mayor parte de su reinado. En 1494 Fernando decidió convertirlos en un órgano colegiado y permanente y que además actuaría como última instancia jurídica de los estados de la Corona de Aragón, incluido por tanto el reino de Valencia.