El adulterio se refiere un tipo de sexo extramarital que es considerado objetable por motivos sociales, religiosos, morales o legales. Se refiere pues a la unión sexual de dos personas cuando uno o ambos están casados con otra persona, cometiendo de esta manera una infidelidad. El diccionario de la lengua española lo define como una «relación sexual voluntaria entre una persona casada y otra que no sea su cónyuge». Aunque el tipo de actividades sexuales que constituyen adulterio varían, así como sus consecuencias sociales, religiosas o legales, el concepto existe en muchas culturas y es similar en el cristianismo, el judaísmo y el islam. El adulterio es considerado por muchas jurisdicciones penales como una ofensa a la moral pública, que socava la relación matrimonial.
thumb|Litografía publicada en Londres alrededor de 1860, que muestra a una pareja japonesa durante un juicio público por adulterio.
Históricamente, muchas culturas han censurado moralmente el adulterio o lo han considerado un delito muy grave, en algunos casos sujeto a severos castigos, usualmente para la mujer y a veces para el hombre, con penas que incluían la pena capital, la mutilación o la tortura (si bien esto no ha impedido que muchas personas lo practiquen), dependiendo del país que rigen. Tales castigos han ido perdiendo popularidad, especialmente en los países occidentales a partir del . En los países en los que el adulterio sigue siendo un delito, los castigos van desde las multas hasta los azotes e incluso la pena capital. Desde el , las leyes penales contra el adulterio se han vuelto controversiales, y la mayoría de los países occidentales han despenalizado el adulterio.
Con todo, incluso en las jurisdicciones que han despenalizado el adulterio, éste puede seguir teniendo consecuencias legales, sobre todo en las jurisdicciones con leyes de divorcio basadas en la culpa. El adulterio puede ser considerado por el tribunal de familia correspondiente como una causal de divorcio culposo, dependiendo el ordenamiento jurídico de cada país, y puede por lo tanto ser un factor en la liquidación de bienes, la custodia de los hijos, la denegación de la pensión alimenticia, etc. El adulterio no es causal de divorcio en jurisdicciones que han adoptado un modelo de divorcio sin necesidad de culpa.
Organizaciones internacionales han pedido la despenalización del adulterio, especialmente a la luz de varios casos de lapidación de gran repercusión que se han producido en países como Irán, Malí o Somalia (véase Lapidación). La jefa del órgano de expertos de las Naciones Unidas encargado de identificar formas de eliminar las leyes que discriminan a las mujeres o que son discriminatorias para ellas en términos de aplicación o impacto, Kamala Chandrakirana, ha declarado que: «El adulterio no debe clasificarse en absoluto como un delito penal». Una declaración conjunta del Grupo de Trabajo de las Naciones Unidas sobre la discriminación contra la mujer en la ley y en la práctica afirma que: «El adulterio como delito penal viola los derechos humanos de las mujeres».
En los países musulmanes que siguen la sharia en asuntos de justicia penal, el castigo por adulterio puede ser la lapidación. Para 2014, había quince países en los que la lapidación estaba autorizada como castigo legal, aunque en los últimos tiempos solo se ha llevado a cabo legalmente en Irán y Somalia. La mayoría de los países que penalizan el adulterio son aquellos en los que la religión dominante es el islam, y varios países del África subsahariana de mayoría cristiana, pero hay algunas excepciones notables a esta regla, como Filipinas y varios estados de los Estados Unidos. En algunas jurisdicciones, mantener relaciones sexuales con la esposa del rey o la esposa de su hijo mayor constituye traición.Por ejemplo, la Ley de Traición 1351 de Inglaterra, que sigue vigente
Etimología La palabra adulterio viene del latín adulterium, a su vez de ad («a» o «hacia») + alterum/alteram («el otro» o «la otra»), significando literalmente «ir al otro/a», es decir «tener una relación a escondidas», también usado en el sentido de «alterar», es decir «corromper, ensuciar» de donde proviene el verbo «adulterar».
Descripción general El término adulterio se refiere a actos sexuales entre una persona casada y alguien que no sea su cónyuge. Puede surgir en varios contextos. En el derecho penal, el adulterio era un delito en muchos países en el pasado, y sigue siendo un delito en algunos países en la actualidad. En el derecho de familia, el adulterio puede ser un motivo de divorcio, siendo la definición legal de adulterio «el contacto físico con un órgano ajeno e ilícito», mientras que en algunos países hoy en día, el adulterio no es en sí mismo motivo de divorcio. Los actos sexuales extramatrimoniales que no se ajustan a esta definición no son «adulterio», aunque pueden constituir un «comportamiento irrazonable», también causal de divorcio.
Otra cuestión relacionada es la de la paternidad de un hijo o hija. La aplicación del término al acto parece surgir de la idea de que «el coito criminal con una mujer casada... tendía a adulterar la cuestión [de los hijos] de un marido inocente... y a exponerle a mantener y proveer a los [hijos] de otro hombre».Evans v. Murff, 135 F. Supp. 907, 911 (1955). Así, se corrompe la «pureza» de los hijos de un matrimonio y se altera la herencia.
En el derecho arcaico, existía un agravio (tort) en el derecho anglosajón por la llamada «conversación criminal» derivada del adulterio, siendo «conversación» un eufemismo arcaico para referirse a las relaciones sexuales. Se trataba de una acción de responsabilidad civil interpuesta por el marido contra un tercero («el otro») que interfería en la relación matrimonial.
Algunas leyes sobre el adulterio establecen diferencias en función del sexo de los participantes, por lo que a menudo se consideran discriminatorias, y en algunas jurisdicciones han sido anuladas por los tribunales, normalmente porque discriminan a las mujeres.
El término adulterio, en lugar del de sexo extramarital, implica una condena moral del acto; como tal, no suele ser un término neutro porque lleva implícito un juicio de que el acto es malo.
El adulterio se refiere a relaciones sexuales que no están oficialmente legitimadas; por ejemplo, no se refiere a tener relaciones sexuales con múltiples parejas en el caso de la poligamia (cuando un hombre está casado con más de una esposa a la vez, lo que se llama poliginia; o cuando una mujer está casada con más de un marido a la vez, lo que se llama poliandria) o incluso en el caso del poliamor, cuando su práctica es consensuada.
Tradiciones culturales y religiosas Mundo grecorromano En el mundo grecorromano existían leyes estrictas contra el adulterio, pero éstas se aplicaban solo a las relaciones sexuales con mujeres casadas.
En la Antigua Grecia En la Atenas clásica no existía un equivalente exacto del término moderno adulterio, pero sí un concepto similar, la moicheía (), que los académicos suelen traducir como adulterio, y que abarcaba cualquier «seducción de una mujer libre bajo la protección de un kyrios» (tutor oficial o cabeza de familia). La moicheía ateniense se limitaba, pues, a las relaciones sexuales ilícitas con mujeres libres (es decir, las esposas, hermanas o madres viudas de otros ciudadanos libres); por tanto, los hombres podían mantener legalmente relaciones extramatrimoniales con esclavas y prostitutas. La reconocida licencia de los maridos griegos puede verse en el siguiente pasaje de la Oración contra Neaera pseudodemosténica:
Tenemos amantes para nuestros placeres, concubinas para la asistencia constante, y esposas para que nos den hijos legítimos y sean nuestras fieles amas de casa. Sin embargo, a causa del mal causado al marido solamente, el legislador ateniense Solón permitió que cualquier hombre matara a un adúltero al que hubiera atrapado en el acto. (Plutarco, Solón) Es bien sabido que, en la cultura y la legislación atenienses, la seducción de una ciudadana se consideraba un delito más grave que la violación. Según la ley ateniense, matar a un moichós (, esto es, el hombre que cometía moicheía) sorprendido in fraganti se consideraba pues legalmente un homicidio justificado. En la práctica, sin embargo, esto parece haber sido poco frecuente, y lo habitual era procesar a los adúlteros, exigir un rescate económico o someterlos a malos tratos físicos. Se sabe que, al menos en un caso, detallado en el discurso Contra Neera de Apolodoro de Acarnas, un presunto moichós fue encarcelado en virtud del derecho del padre a castigar la moicheía cometida contra su hija. En el derecho ateniense, la moicheía era siempre un acto cometido por hombres contra mujeres.
El maltrato físico y la humillación de los adúlteros aparecen representados en varias comedias griegas antiguas que se han conservado. Entre ellas figura una escena de Las nubes en la que Aristófanes alude a un adúltero castigado mediante la introducción de un rábano en el ano. Otros castigos cómicos para los adúlteros incluían la depilación del vello púbico. Konstantinos Kapparis ha sostenido que ambos castigos buscaban humillar al adúltero feminizándolo, dado que la depilación formaba parte habitual de los rituales de belleza femeninos en la Atenas clásica y que el hecho de ser penetrado se asociaba con la feminidad. El historiador David Cohen ha cuestionado que estas formas cómicas de maltrato se llevaran realmente a cabo, pero Konstantinos Kapparis y Christopher Carey han argumentado que la razón por la que tales bromas perduraron tanto en la comedia fue precisamente porque reflejaban la realidad.
Los castigos para las mujeres implicadas en la moicheía incluían el divorcio y la pérdida de los derechos de ciudadanía (si estaban casadas). Es posible que los maridos que no deseaban divorciarse de sus esposas infieles perdieran ellos mismos su derechos de ciudadanos, un riesgo que Jim Roy sugiere podrían haber asumido ya fuera para conservar la dote o para evitar un escándalo. Una mujer soltera sorprendida en adulterio por su kyrios podía ser vendida como esclava, aunque no se conoce ningún caso en el que esta pena se haya llevado a cabo realmente.
En su diálogo Hierón, Jenofonte afirma que el derecho a matar a un moichós estaba consagrado por ley no solo en Atenas, sino en todas las ciudades de Grecia. Sin embargo, las leyes sobre el adulterio que conocemos a través de otras fuentes de diversas partes de Grecia solían imponer sanciones económicas o bien el maltrato y la humillación en lugar de la pena de muerte como castigo. En la antigua Gortina, la pena por seducción consistía en una multa de hasta 200 estateras. La legislación gortinia sobre el adulterio establecía que, si no se efectuaba el pago en un plazo de cinco días, el kyrios podía maltratar al adúltero a su antojo, de forma análoga al trato permitido hacia los adúlteros en Atenas.
En otras ciudades griegas existen relatos de adúlteros sometidos a humillación pública como castigo. Según Plutarco, los habitantes de Cime llamaban a las mujeres adúlteras «jinetes de burro». Aristóteles cuenta que en Lépreo, en el Peloponeso, a los hombres adúlteros se les ataba y se les paseaba por la ciudad durante tres días, mientras que a las mujeres adúlteras se las obligaba a permanecer en el ágora vestidas con una túnica transparente durante once días. En Pisidia, se dice que a los adúlteros y a las adúlteras se les paseaba juntos por la ciudad montados en un burro.
En algunos lugares, el castigo por adulterio podía ser más severo, aunque, una vez más, sin llegar a la pena de muerte. En Locros Epicefiria, en el sur de Italia, por ejemplo, un moichós podía ser castigado con la ceguera. En otras ciudades, como Lépreo y Cumas, el moichós corría el riesgo de sufrir atimia, es decir, la pérdida de los derechos cívicos.