El parlamentarismo español es una tradición de representación política, de actividad legislativa y de control gubernamental — o control parlamentario del gobiernoControl parlamentario del Gobierno en Enciclopedia Jurídica — que se remonta a las Cortes medievales y del Antiguo Régimen, de un modo equivalente al parlamentarismo de otros Estados-nación de Europa Occidental (el Parlamento de Inglaterra o los Estados generales de Francia).
Estudios
Los lugares de reunión, los usos y costumbres parlamentarios, y la práctica de los debates parlamentariosGonzález, Francisco Quintero. n.d. "¿Debates del estado de la nación control parlamentario o puesta en escena para medios de comunicación?/Debates of the nation state, parliamentary control or staged for the media?." Historia y Comunicación Social, Jan 1, 2014, Vol. 19, p. 793-804. con su consiguiente oratoria,Cuenca, op. cit, constituyen los aspectos formales más visibles de esa tradición.
Se han realizado varios estudiosCelebra México jornadas de Derecho Parlamentario con España, 2015, El Universal, 9 de julio de 2015. prosopográficos sobre los diputados, senadores o procuradores en Cortes —y en general, de las élites burocráticas— en diferentes períodos, detectando la repetición sistemática de las mismas familias —representando a partidos distintos—, además de otros rasgos profesionales y formativos.* Pedro Carasa (ed.), Élites: Prosopografía contemporánea, Universidad de Valladolid, 1994, ISBN 84-7762-453-4 José Varela et al., El poder de la influencia: Geografía del caciquismo en España (1875-1923) Incluye una completa bibliografía sobre prosopografía. Isabel Burdiel Los sujetos en el proceso revolucionario español del siglo XIX: el papel de la prosopografía histórica , historiacontemporanea.ehu.es Ramón Urquijo et al., Spanish Parliament prosopography during the raise of the liberal revolution (1808-1874): The study of prosopography in Spain has acquired new momentum in recent years. Proof of this can be seen in the work done by research teams like the ones coordinated by Pedro Carasa in Castille and Joseba Agirreazkuenaga in the Basque Country, or the contributions of Sánchez Marroyo in Extremadura, Pedro López in the Rioja region, A. Bahamonde in Madrid, María Sierra in Andalusia and Aurora Garrido in Cantabria. Our airo here is to publish the first partial results of a study of parliamentary history. Mikel Urquijo et al., Prosopografía de parlamentarios españoles (1810-1939): Vasconia, una perspectiva comparada, Historia Constitucional, n. 11, 2010, págs. 199-235 Pedro Carasa, Elites castellanas de la restauración: Diputados y senadores entre 1876-1923: Un estudio de prosopografía regional
Familias como los Maura, los Calvo Sotelo, los Gil-Robles o los Aznar han proporcionado varios ejemplos. Uno de los más evidentes y recientes es el parentesco entre Alberto Ruiz Gallardón (PP) y Trinidad Jiménez (PSOE), adversarios en las elecciones autonómicas de Madrid.
Hasta el siglo XVII
thumb|María de Molina presenta a su hijo Fernando IV en las Cortes de Valladolid de 1295. Óleo sobre lienzo de Antonio Gisbert Pérez. 1863. Congreso de los Diputados. Las Cortes, una institución derivada de la Curia regia, se fueron conformando como institución parlamentaria de representación estamental en los distintos reinos cristianos peninsulares a partir de finales del . Suponían la explicitación y renovación periódica de la relación política entre "rey" y "reino". Las primeras Cortes con participación de los representantes de las ciudades fueron las Cortes de León de 1188, reunidas por el monarca leonés Alfonso IX. Fueron convocadas muy frecuentemente en la Baja Edad Media y hasta mediados del , cuando sus funciones eran casi exclusivamente fiscales en la Corona de Castilla, y de mucho mayor nivel competencial en los reinos de la Corona de Aragón y el de Navarra, donde el menor poder real determinó un mayor poder de las Cortes, sustentado en toda una teorización de la relación pactista entre ambas instituciones.
La unificación de los reinos de la Monarquía Hispánica (que entre 1580 y 1640 incluyó al reino de Portugal) no significó la homogeneización institucional, y las Cortes de cada reino mantuvieron su existencia por separado, quedando las Cortes de Castilla como principal soporte fiscal de la Monarquía en todo el periodo de los Habsburgo (siglos y ).
En la segunda mitad del las Cortes prácticamente dejaron de convocarse.
Cortes de Aragón Cortes de Castilla Cortes Catalanas Cortes de León (las primeras, de 1188; desde el se convocaron conjuntamente con las de Castilla) Cortes de Navarra (las últimas, convocadas en 1828-1829) Cortes Portuguesas Cortes Valencianas
A pesar de tener algún uso bibliográfico la expresión "cortes mallorquinas", no existió una institución equivalente a las Cortes en el reino de Mallorca, cumpliendo un papel hasta cierto punto similar el Gran e General Consell (véase Consejo Insular de Mallorca. Cuando se celebraban conjuntamente las reuniones de las cortes de la Corona de Aragón acudían representantes mallorquines (véase Cortes de Aragón).
thumb|Las Cortes, reunidas en la iglesia del Monasterio de San Jerónimo el Real, Madrid, en 1789, juran su reconocimiento al príncipe de Asturias, futuro Fernando VII. Cuadro de Luis Paret y Alcázar, 1791.
Con la guerra de sucesión española (1700-1715), la nueva dinastía Borbón impuso los Decretos de Nueva Planta, que anularon los fueros particularistas de la Corona de Aragón, lo que permitió a los reyes convocar conjuntamente las Cortes de todos los reinos de la Monarquía Hispánica (excepto las Cortes de Navarra) siguiendo los usos y costumbres de las Cortes de Castilla, con lo que pasaron a denominarse Cortes Generales del Reino. Únicamente tuvieron dos convocatorias en todo el , para jurar al heredero y darse por enteradas de las sucesivas alteraciones del derecho sucesorio (Ley sálica).
Cortes de Madrid de 1713. Felipe V inició la dinastía Borbón con la guerra de sucesión española, que en España es una guerra civil entre austracistas y borbónicos. Los austracistas eran mayoritarios en la Corona de Aragón, y su derrota permitió imponer el absolutismo borbónico que pretendía centralizar las instituciones de los distintos reinos peninsulares en las castellanas (Decretos de Nueva Planta). Se convocaron por primera vez Cortes en Madrid a las que no solo debían asistir los procuradores de las ciudades castellanas, sino también representantes de ciudades aragonesas, valencianas, catalanas y mallorquinas, por lo que se denominaron Cortes Generales del Reino.Vicente Palacio Atard, La Alimentación de Madrid en el siglo XVIII y otros estudios madrileños, pg. 250. Se aprobó, con la forma de Auto Acordado,Auto Acordado en Lucas Alamán, Diccionario universal de historia y de geografía, Librería de Andrade, 1853. la recepción en España de la Ley Sálica, la tradicional de la monarquía francesa. Entre otras cosas, la Ley Sálica alteraba el derecho sucesorio tradicional, al impedir la sucesión de las mujeres en el trono (nulla portio fæminis); aunque la cuestión no dejó de ser un supuesto teórico que en realidad no se resolvió hasta las guerras carlistas. Se recibieron distintas "súplicas" de los procuradores, como la racionalización de los impuestos (a sugerencia de los valencianos, se estableció al año siguiente el Equivalente).... en 1714, condescendiendo a lo suplicado por los valencianos en las Cortes de 1713, estableció el Equivalente como contribución única, sustitutiva de los diversos ramos de Rentas Provinciales (José-Miguel Palop Ramos, Fluctuaciones de precios y abastecimiento en la Valencia del siglo XVIII, 1977.
Cortes de Madrid de 1789. Carlos IV fue el primer monarca que convocó Cortes Generales para jurar por príncipe de Asturias al heredero de la Corona. Lo hizo para la jura de su hijo Fernando (el futuro Fernando VII). Se aprovechó la ocasión para derogar la Ley Sálica; argumentando que tal cosa restituía a su antigua fuerza y vigor las veneradas leyes que habían colocado en el Trono de Castilla a Isabel la Católica.Colmeiro, op. cit.
Parlamentarismo gaditano
thumb|Reglamento de las Cortes, 1813. thumb|left|Los diputados juran su cargo en la iglesia mayor de San Fernando, 1810. Pintura de historia de Casado del Alisal, 1862. thumb|left|upright=1.5|Los diputados juran la Constitución el 19 de marzo de 1812 en el Salón de las Cortes de Cádiz. Pintura de historia de Salvador Viniegra, 1912.
La agitada vida política de la Edad Contemporánea en España tuvo puntual reflejo en cada una de las fases que atravesó el parlamentarismo español.
Inaugurando las características propias del parlamentarismo liberal contemporáneo (soberanía nacional, sufragio universal, división de poderes, reconocimiento de derechos), las Cortes de Cádiz destacaron por sus vitales debates y lo revolucionario de su legislación. Estas Cortes ejercieron de hecho todo el poder, dado que Fernando VII permaneció hasta el 22 de marzo de 1814 retenido en Francia por Napoleón. Reunidas en 1810 en Cádiz, por ser la única ciudad defendible ante la invasión francesa, utilizaron como local de reuniones el llamado Teatro de las Cortes. Al final de la guerra, en un breve periodo de 1814, como sede para reunirse en la ciudad de Madrid escogieron la antigua iglesia del Colegio de doña María de Aragón de los agustinos calzados, parte del complejo del Real Monasterio de la Encarnación.
Desbordados los planteamientos iniciales de reformas moderadas de los denominados jovellanistas (Antonio de Capmany), los diputados gaditanos se dividieron políticamente en dos tendencias: liberales y absolutistas. El predominio de los liberales (Agustín Argüelles, Diego Muñoz Torrero, el Conde de Toreno) determinó la orientación de su obra legislativa hacia el desmontaje institucional del Antiguo Régimen y la construcción de un Estado liberal (supresión de los señoríos y de la Inquisición, libertad de prensa, redacción de la constitución de 1812). Uno de los diputados absolutistas, el obispo de Orense Pedro de Quevedo y Quintano, fue sancionado por mostrar su protesta durante el juramento a la Constitución.
Entre los presidentes de las Cortes estuvieron Muñoz Torrero, Ramón Lázaro de Dou, Jaime Creus Martí (que posteriormente presidiría la absolutista Regencia de Urgel), Miguel Antonio de Zumalacárregui (hermano del posterior líder carlista) y varios representantes de los españoles americanos, como Antonio Joaquín Pérez Martínez (que intervino en la posterior independencia de México).
La palabra "liberal", que nació en los debates de Cádiz, se extendió al vocabulario político internacional.
Las Cortes del Trienio Liberal
thumb|Fernando VII jura la Constitución de Cádiz ante las Cortes del Trienio reunidas en el Colegio de María de Aragón, Madrid, 1820.