La Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Tabasco (México), es el marco político y legal para la organización y relación del gobierno del estado de Tabasco, los ciudadanos, y todas las personas que viven o visitan el estado.
A lo largo de su historia, el estado de Tabasco ha tenido un total de ocho Constituciones, la primera fue redactada por el Congreso Constituyente el 5 de febrero de 1825, siendo Tabasco el cuarto estado del país en contar con una Constitución local, solo después de las existentes en los estados de Jalisco, Oaxaca y Zacatecas.Martínez Assad Carlos. Breve historia de Tabasco. 2006. Fondo de Cultura Económica. México, D.F..p.70
Cabe mencionar, que de las ocho Constituciones, solo las de 1825, 1857 y 1919 han sido realizadas por un Congreso Constituyente, por lo que las de 1831, 1850, 1883, 1890 y 1914 son consideradas en algunos textos como "reformas" a la Constitución anterior.
La actual Constitución Política del estado de Tabasco, data del 5 de abril de 1919.
Historia Primera Constitución (1825) 200px|thumb|Portada de la Constitución Política de Tabasco promulgada en 1825. El 3 de mayo de 1824 se instaló el primer Congreso del estado libre, independiente y soberano de Tabasco, y poco después se erigió en Congreso Constituyente, para finalmente sancionar el 5 de febrero de 1825, la primera Constitución Política del estado de Tabasco y fue promulgada el 26 de febrero de ese mismo año por el vicegobernador encargado del Poder Ejecutivo del estado Pedro Pérez Medina.Arias G. María Eugenia.Tabasco:Textos de su historia Volumen 1. Gobierno del estado de Tabasco. Instituto de Investigaciones José María Luis Mora. 1985. p.145 Cabe mencionar que Tabasco fue el cuarto estado del país en contar con una Constitución Política.
El Congreso Constituyente estaba integrado por: Manuel de Ayala y Domínguez (presidente) Manuel Antonio Ballester (secretario) Agustín Manzo (secretario) Santiago Duque de Estrada Juan Dionisio Marcín Juan Estevan Campos Juan Mariano de Sala Rudesindo María Hernández Domingo Giorgana Nicanor Hernández Bayona Manuel José Hernández
La Constitución de 1825 constaba de once capítulos y 224 artículos además una característica que vale la pena resaltar es que comienza con la frase:
Esto muestra claramente el sentido de quienes crearon estos puntos, un sentido altamente religioso pero además argumenta que el fin es que proporcione equilibrio al interior de la entidad y buscar cierta autonomía.
Los puntos que aborda esta primera Carta Magna, son religión, derechos y obligaciones, juntas electorales, del Poder Legislativo, del Poder Ejecutivo, Poder Judicial, gobierno interior de Tabasco, Milicia del estado y Hacienda Pública.
Dentro de los artículos destacados se encuentran lo referente a la libertad e independencia del estado, en relación con las demás entidades de la federación y países; el establecimiento de leyes para conservar la seguridad y propiedad internas, y las obligaciones del estado en vigilar la propiedad, igualdad, libertad y seguridad de los ciudadanos. En el capítulo tercero prohíbe la introducción de esclavos en el territorio y decreta libres a los hijos que nacieren de los que actualmente habitan en él, pero no instituye la abolición de la esclavitud. Admitía solo el ejercicio de la religión católica, y decreta que el estado tendrá un gobierno: representativo, popular, republicano y federal, estableciendo la división de poderes en Ejecutivo, Legislativo y Judicial, especificando que no pueden concentrarse en una persona dos o más de estos poderes.Arias G. María Eugenia.Tabasco: una historia compartida. Gobierno del estado de Tabasco. Instituto de Investigaciones José María Luis Mora. 1985. p.62
La Constitución negaba los derechos a quienes se naturalizaran extranjeros, a los que se establezcan fuera del estado sin licencia, a los sentenciados, y a quienes vendan o compren su voto en las juntas electorales y por quiebra fraudulenta calificada.Arias G. María Eugenia.Tabasco: una historia compartida. Gobierno del estado de Tabasco. Instituto de Investigaciones José María Luis Mora. 1987. p.66
En lo relativo al Poderl Legislativo, esta Constitución señalaba que debería de estar formado por un representante de cada uno de los partidos que componían el territorio, es decir 9 Diputados, y dentro de los requisitos para ser Diputado mencionaba tener 25 años y ser oriundo de la entidad, con residencia en ella de cinco años.
La primera Constitución Política del Estado de Tabasco tuvo once capítulos.
I. Del Estado, su religión, territorio y gobierno. II. De los tabasqueños, sus derechos y obligaciones III. De los ciudadanos y de sus derechos IV. De las Juntas Electorales V. Del Poder Legislativo VI. Del Poder Ejecutivo VII. Del Poder Judicial VIII. Del Gobierno Interior del Estado IX. De la Hacienda Pública del Estado X. De la Milicia del Estado XI. Sección Única
De acuerdo a esta Constitución, el territorio de Tabasco, quedaba configurado por 9 partidos: Teapa, Tacotalpa, Jalapa, Jalpa, Cunduacán, Macuspana, Jonuta, Usumacinta y Villahermosa agrupados en tres departamentos: La Sierra, La Chontalpa y La Capital.
Posterior a la jura de la Constitución, se celebró un Te Deum solemne en acción de gracias al "Altísimo" en la iglesia de Esquipulas.
Segunda Constitución (1831) La segunda Constitución estatal o también mencionada en algunos textos como "Reformas de 1831", ya que para su elaboración no se convocó a un Congreso Constituyente, sino que fue promulgada por la V Legislatura del Congreso del Estado integrada entre otros por: Agustín Güitar, Joaquín Burelo, Eduardo Correa, Juan Ignacio Marchena y Manuel José Hernández, siendo sancionada por el gobernador José María Rovirosa el 16 de septiembre de 1831,Arias G. María Eugenia.Tabasco una historia compartida. Gobierno del estado de Tabasco. Instituto de Investigaciones José María Luis Mora. 1987. p.70 y fue un fiel reflejo renovador de esa época, caracterizado por el centralismo imperante en el país.
En relación con la Constitución de 1825, esta tuvo algunos cambios como el hecho de que se estableció la Vicegubernatura, la subvicegubernatura y el ejercicio del Poder Ejecutivo por una sola vez, el establecimiento de la Diputación Permanente integrada por tres propietarios y un suplente. También hubo cambios en el tiempo que el gobernador debería permanecer en el cargo. En relación con el Poder Judicial, se sentaron las bases de la administración de la justicia en lo general y en lo criminal, muchas de ellas vigentes en nuestros días.
En lo relativo a la conformación del Poder Legislativo, la Constitución señalaba que debería de estar integrado por 9 Diputados, que para ser electos deberían de contar con un mínimo de 25 años y ser oriundo de la entidad, con residencia en ella de cuatro años.
Tercera Constitución (1850) El restablecimiento del federalismo en el estado y el país, hizo necesaria la vigencia de una Constitución acorde a los nuevos tiempos. El 7 de agosto de 1850, la XIII Legislatura del Congreso del Estado, elaboró la tercera Constitución Política del Estado la cual fue promulgada y sancionada por el gobernador José Julián Dueñas el 17 de agosto de ese año. Para su elaboración no se convocó a un Congreso Constituyente, por lo que en algunos textos la consideran como "Reformas de 1850".
Esta Constitución guarda íntima relación con la de 1825 y algunos preceptos de la de 1831, reflejando importantes modificaciones en cuanto a la forma, pero no en el fondo. A diferencia de la de 1831, esta nueva Constitución estatal reconocía las Garantías individuales como derechos ciudadanos, eliminando el párrafo que hacia alusión a la condición de los esclavos, y elevaba la edad de los votantes de 18 a 20 años y establecía que el Congreso del Estado estaría formado por 9 Diputados propietarios y 3 suplentes,Arias G. María Eugenia.Tabasco: una historia compartida. Gobierno del estado de Tabasco. Instituto de Investigaciones José María Luis Mora. 1987. p.186 y que los Diputados deberían de contar con mínimo 25 años y ser mexicano con vecindad de cuatro años.
En lo referente al territorio, se dividía al estado den 4 departamentos: Centro, Chontalpa, Sierra y Usumacinta. Y once partidos: San Juan Bautista, Nacajuca, Macuspana, Cunduacán, Jalpa, Comalcalco, Teapa, Tacotalpa, Jalapa, Jonuta y Usumacinta.
Cuarta Constitución (1857) El Congreso Constituyente elaboró y promulgó el 5 de febrero de 1857 una nueva Constitución estatal que fue sancionada hasta el 15 de septiembre de ese año por el gobernador Victorio Victorino Dueñas.Arias G. María Eugenia.Tabasco: una historia compartida. Gobierno del estado de Tabasco. Instituto de Investigaciones José María Luis Mora. 1987. p.202
El Congreso Constituyente estaba integrado entre otros por: Manuel Antonio León Domingo García Ballester Felipe J. Serra Juan R. Rovirosa Pedro A. Paillet
La nueva Constitución dejaba atrás a sus antecesoras de 1825 y sus reformas de 1831 y 1850, y su contenido reflejaron en gran medida los cambios sociales, políticos y económicos de mediados del . Para ese momento, ya existía en Tabasco una corriente fuerte, identificada con los postulados liberales.
Esta cuarta Constitución constaba de 21 capítulos y 78 artículos, y se incluían aspectos no antes tratados como la soberanía del estado, que "residía en los individuos que lo componen" y los "Derechos del hombre", contemplados en los primeros 29 artículos. También tuvieron gran influencia en esta Constitución las llamadas "Leyes de Reforma" como la "Ley Juárez" y la "Ley Lerdo". En lo referente a la ciudadanía, establecía que era posible perderla si en un plazo de cinco años, los ciudadanos no aprendían a leer y escribir, y reconocía como tabasqueños a los nacidos en el estado y a los extranjeros naturalizados o que adquirieran bienes raíces en la entidad y que tengan hijos mexicanos que renuncien a su nacionalidad; y señalaba como se podía obtener o perder la ciudadanía y las ventajas de esta. 200px|thumb|Portada de la Quinta Constitución local de 1883.
En cuanto al Poder Ejecutivo, establecía que el gobernador debería ser electo de manera "popular indirecta" por un período de cuatro años y se continuava con la figura de "vicegobernador" para suplir las faltas temporales o absolutas del ejecutivo. Mientras que el Congreso del Estado, estaría formado por 7 Diputados propietarios e igual número de suplentes con una edad mínima de 25 años y ser mexicano con vecindad de dos años en el estado y que el Poder Judicial estaría en el Tribunal Superior de Justicia.
En lo referente al territorio, y en reflejo de la Constitución Federal de 1857, se le agregaba a Tabasco el cantón de Huimnaguillo que durante mucho tiempo había pertenecido a Veracruz, Tabasco y Tehuantepec. Además establecía que el estado quedaría dividido en 12 partidos: Centro, Nacajuca, Cunduacán, Comalcalco, Jalpa, Huimanguillo, Macuspana, Jalapa, Tacotalpa, Teapa, Jonuta y Usumacinta.
Quinta Constitución (1883) El 22 de septiembre de 1883, la XI Legislatura del Congreso del Estado integrada entre otros por: Manuel Sánchez Mármol, Eusebio Castillo, y Manuel Ponz y Ardil, decretó la quinta Constitución del estado de Tabasco, la cual fue sancionada y promulgada por el gobernador del estado Manuel Mestre Gorgoll el 4 de octubre de ese mismo año. Dicha Constitución fue el resultado de las reformas hechas a la anterior de 1857, para adaptar las nuevas disposiciones a las necesidades del momento, y para su elaboración no se convocó a un Congreso Constituyente, por lo que es considerada en algunos textos como "Reformas de 1883".
Sobre la soberanía se incluyeron algunos conceptos tomados de las Leyes de Reforma, así mismo, fueron modificados elementos jurídicos establecidos en los tres poderes: Ejecutivo, Legislativo y Judicial. Y señalaba que el Congreso del Estado, debería de estar conformado por 9 Diputados.