thumb Al igual que otros países del mundo, Argentina es un lugar de origen, tránsito y destino de víctimas de trata de personas. Según el ministerio público fiscal, de 14820 denuncias 6566 (44,3%) fueron por explotación sexual, a su vez entre 2009 y 2023 de 467 sentencias judiciales 354 (75,8%) fueron por explotación sexual. Asimismo, la Argentina es considerada uno de los países que realizan los mayores esfuerzos para prevenir la trata, de acuerdo al informe sobre tráfico de Estados Unidos, ratificado por el Centro Internacional para la Promoción de los Derechos Humanos (CIPDH) de la UNESCO.
En la Argentina el delito de trata es penado por la ley. Un avance legal importante en la materia fue la sanción en 2008 de una ley de trata de personas que era el primer paso para compatibilizar la normativa interna con el protocolo internacional. Entre 2009 y 2023, se recibieron 14820 denuncias, 6566 sobre explotación sexual. En ese tiempo se produjeron 467 fallos judiciales.
Legislación federal
Historia Ha habido distintas leyes relacionadas con la trata de personas.
Libertad de Vientres y abolición de la esclavitud. Durante la Asamblea Año XIII (1813), se dictaminó que nacerían libres todos los hijos e hijas de mujeres esclavas.
En la Constitución Nacional de 1853 se establece la libertad jurídica universal, donde se prohíbe la esclavitud en todo el territorio.
Ley Palacios La Ley Palacios (Ley 9.143) fue sancionada en 1913. Fue la primera ley en proteger las víctimas de explotación sexual y esclavitud, además de penalizar a los responsables. Fue la primera normativa en todo el continente americano y significó un gran avance en derechos humanos del país.
Ley de Profilaxi En 1935 se sancionó la ley de profilaxis, que prohibió la prostitución en todo el país, luego de que el caso Raquel Liberman sacara a la luz la existencia de las redes de trata en el país, particularmente la red judía Zwi Migdal.
Ley 26.364 La Argentina, como adherida al Protocolo de las Naciones Unidas para Prevenir, Repri.ir y Sancionar la Trata de Personas, Especialmente Mujeres y Niños de Naciones Unidas, sancionó el 9 de abril de 2008 la ley 26.364 para la Prevención y Sanción de la Trata de Personas y Asistencia a sus Víctimas. Acorde a los dictámenes del protocolo internacional y poniendo énfasis en la asistencia y derechos de las víctimas y su diferenciación entre adultos y menores de edad.
Génesis de la ley En febrero de 2006 se creó el programa «Las Víctimas contra Las Violencias», cuyo objetivo primario fue la atención de abusos o maltratos causados por el ejercicio de violencia cualquiera fuere su naturaleza. El 9 de abril de 2008 el Congreso sancionó la Ley 26.364 de Prevención y Sanción de la Trata de Personas y Asistencia a sus Víctimas. En agosto de 2008 se creó la Oficina de Rescate y Acompañamiento a las personas damnificadas por el Delito de Trata.
A pesar de ser un delito grave, no existían hasta 2008 en la Argentina cifras estadísticas oficiales sobre este delito, En julio de 2011 el gobierno sancionó un decreto que prohibió la publicación de avisos gráficos de oferta sexual en los medios de información como una medida para prevenir la trata.
Un estudio de 2012 demostró que la trata de explotación sexual está cambiando para evadir la ley, otorgándoles a las mujeres esclavizadas ciertas libertades como tener sus documentos o poder salir de los lugares de explotación para que sea más difícil probar la trata.
Ley 26.842 A finales del 2012 la ley 26.364 fue derogada y ampliada a la Ley Nacional 26.842 luego de conocerse el fallo en el conocido caso judicial de Marita Verón en el que quedaron en libertad los 13 imputados de trata.
La ley 26.842 amplia las condenas para los delitos de trata, acelera el proceso judicial, elimina el consentimiento de la víctima como elemento exculpatorio para el responsable de promover la prostitución y explotar a la víctima, y crea un Consejo Federal para la lucha contra la trata y un Comité Ejecutivo para la asistencia a la víctima. Reconoce el delito como federal y amplia los derechos de las víctimas.LEY 26.842 - Prevención y sanción de la trata de personas y asistencia a sus víctimas Infojus - Sistema Argentino de Información Jurídica.
Víctimas La trata genera víctimas que en la mayoría de los casos viven en muy malas condiciones, en muchos casos se generan deudas fraudulentas para aumentar los ingresos de los tratantes. En Argentina, las víctimas más comunes de trabajos forzados se presentan en talleres clandestinos textiles o como peones rurales y en algunos casos trabajos domésticos. En cuanto a la explotación sexual que afecta principalmente a mujeres, adolescentes y niñas, se encuentran principalmente en los prostíbulos del país.
Trabajos forzados Los trabajos forzados incluyen una amplia variedad de oficios, pero los sectores más afectados son el trabajo rural y textil.
Textil De acuerdo con el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC), el trabajo no registrado de la indumentaria alcanza el 75 %. El trabajo en negro favorece la difusión del trabajo forzado. Según citas de Gustavo Vera, presidente de la cooperativa La Alameda (que agrupa y defiende a trabajadores textiles). “Nos consta que hay unos 3000 talleres clandestinos en la Capital Federal" y agregó "También hay unos 15 000 talleres clandestinos en el primer cordón del conurbano bonaerense y varios miles más en el Gran Buenos Aires, Rosario, Mendoza y Córdoba. Estos talleres comprenden una población de unas 200 000 personas que están reducidas al trabajo forzoso o al trabajo esclavo, que es lo mismo que el trabajo forzoso pero agravado porque la voluntad [de los trabajadores] es controlada las 24 horas del día por la patronal”
Caso del taller textil clandestino de Luis Viale El 30 de marzo de 2006 se incendió un taller textil clandestino que funcionaba en la calle Luis Viale 1269, en el barrio porteño de Caballito. Allí había 30 máquinas y trabajaban y vivían 40 trabajadores, junto a sus 25 hijos menores de edad. Todos ellos eran migrantes bolivianos, que llegaron a Argentina en busca de oportunidades laborales. Algunos trabajadores solo hablaban su lengua originaria, el aymara.
Las jornadas laborales duraban entre 16 y 18 horas diarias. Los trabajadores vivían en el primer piso del establecimiento y sus habitaciones estaban separadas por nylon, telas, cartones y madera prensada. Asimismo, existía un solo baño para todos, carente de agua caliente. La alimentación se basaba en té con pan, arroz, papa, huevo, salchichas, alitas de pollo y fideos. miniaturadeimagen|Grabado en cemento en la puerta del taller textil clandestino de Luis Viale 1269, en noviembre de 2023. El incendio comenzó en la planta alta del edificio y provocó la muerte de 5 niños y una mujer embarazada. Esto no pudo evitarse debido a la falta de habilitación edilicia y laboral y ausencia de matafuegos vigentes y salidas de emergencias adecuadas.
Los sobrevivientes iniciaron una causa judicial contra los capataces y los dueños del taller por “incendio culposo seguido de muerte”. En el año 2016, los dos capataces del taller fueron declarados culpables por el Tribunal Oral en lo Criminal Nº 5, por "reducción a la servidumbre en concurso ideal con estrago culposo seguido de muerte" y sentenciados a 13 años de prisión. Las pruebas halladas por los magistrados incluyen: "Las precarias instalaciones eléctricas, las condiciones de hacinamiento en las cuales vivían los trabajadores y la falta de medidas de seguridad", además de los testimonios de los trabajadores. El 16 de mayo de 2019, los dueños del taller textil Daniel Fischberg y Jaime Geiler fueron absueltos de toda carga penal por el juez Alberto Baños, titular del Juzgado Criminal y Correccional Nº 27 de la Ciudad de Buenos Aires, porque este no pudo probar que los mismos estuvieran en conocimiento de la situación del taller.
Además, desde ese entonces, los sobrevivientes reclaman que el establecimiento sea expropiado y se haga un espacio de memoria. La idea de los afectados por la tragedia es convertir el lugar en un centro de "contención y asesoramiento para trabajadores migrantes en situación de explotación o en riesgo de serlo".
Rural En la Argentina una de las primeras protecciones del peón rural nace en los años 1940 con la sanción del Estatuto del Peón que daba a jornaleros todos los derechos de los trabajadores. Más tarde se agregaron leyes complementarias. Los convenios de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) prohibiendo el reclutamiento forzado de mano de obra para trabajo rural forzado. Sin embargo aún existen redes de reclutamiento que mediante engaños o coerción física reúnen personas que generalmente están en situación de vulnerabilidad. Son reclutados de zonas rurales marginales de Santiago del Estero, Chaco, Tucumán, Catamarca y Jujuy y de trabajadores migrantes de países vecinos como Chile, Bolivia, y Paraguay y luego son llevados a campos en los que realizan trabajo forzado y viven en condiciones infrahumanas. Estas situaciones violan el tratado del Protocolo de San Salvador y el Convenio 184 de la OIT.
Explotación sexual
Historia La explotación sexual nace en el Virreinato del Río de la Plata antes de la misma creación del país; luego de la independencia en 1816 se crea una ley que regula la prostitución, impidiendo la prostitución de menores, pero permitiéndola si las menores eran iniciadas tempranamente en esta actividad.
A finales del comenzaron las redes de "trata de blancas" que proveían mujeres de Europa central y Rusia. A principios del estas organizaciones de trata de personas estrecharon lazos con el poder. Esto era estar amparados por la ley o no tener problemas si la infringían o la burlaban. Debido a su gran acumulación de riquezas, mediante "cohechos" lograban su cometido. Entre la clientela se puede destacar los periodos de intensa migración europea que traía hombres solos, principales consumidores de la trata; también la alta burguesía Argentina consumía una "prostitución de alto nivel".
Para principios del existían dos grandes redes de trata internacional. La MILIEU, una organización de traficantes de origen francés, y La Migdal o Zwi Migdal, de origen judío, antiguamente llamada (Varsovia, Sociedad Israelita de Socorros Mutuos). Esta última organización llega a su fin en 1929 cuando Raquel Liberman, víctima casada con uno de los responsables, fue la primera en denunciar ante la justicia a esta organización, que llegó a contar más de 400 miembros. Tenía su sede en Buenos Aires y ramificaciones en otras ciudades y naciones. Más de cien socios fueron condenados por asociación ilícita, corrupción, lesiones y juego ilegal. Ya que otras 150 denuncias anteriores no prosperaron ya sea por violencia hacia las acusadoras o por corrupción policial y judicial. Este juicio contra la organización posibilitó que se hiciera público el trato que sufrían las víctimas.
Tras varios periodos de cierre y apertura de prostíbulos, desde el 24 de junio de 1965 rige la ley 16.666 en la que el ejercicio de la prostitución es libre y no sujeto a forma alguna de reglamentación, esta ley rige aún hoy.
Actualidad En la actualidad la Argentina es un lugar de origen, tránsito y destino de la trata, lo que quiere decir que las víctimas pueden ser argentinas, o de otros países, que transitan este país y que algunas tiene este mismo como destino para ser explotadas ilegalmente.