La República Argentina tiene abierta la libre navegación de sus ríos a los barcos de todos los países del mundo, los cuales pueden ingresar y circular por los ríos argentinos sin la necesidad de solicitar autorización y pagar derechos de pasaje. Este derecho está sujeto a las reglamentaciones dictadas por las autoridades argentinas, que debe tratar a los buques extranjeros de igual forma que a los nacionales, y ha sido establecido por medio de tratados multilaterales de reciprocidad y por una cláusula constitucional. thumb|right|400px|La cuenca del Río de la Plata.
Real Pragmática de los Reyes Católicos La Real Pragmática del 1 de septiembre de 1500 emitida por los Reyes Católicos de Castilla y de Aragón estableció el monopolio de la navegación hacia y desde las recientemente descubiertas Indias españolas para los barcos que enarbolaran el pendón de Castilla, pudiendo utilizarse barcos extranjeros solo en caso de que no pudieran hacerlo los propios y con previa autorización. Esa medida proteccionista cerró la navegación para todo barco no perteneciente a la monarquía española en sus posesiones. El 3 de junio de 1503 crearon la Casa de Contratación de Indias en Sevilla a la cual competían todos los negocios indianos incluyendo la navegación.G. Servera.Sevilla
Portugal en el Río de la Plata En enero de 1680 Portugal ocupó la isla San Gabriel y fundó la Colonia del Sacramento en la margen norte del Río de la Plata cuestionando los derechos de España en el área basándose en su propia interpretación del Tratado de Tordesillas. Poco después la colonia fue ocupada por las tropas del gobernador de Buenos Aires, pero devuelta a Portugal el 12 de febrero de 1683 luego de la firma del Tratado Provisional de Lisboa del 7 de mayo de 1681, con lo que Portugal obtuvo provisoriamente la libre navegación para sus barcos en el Río de la Plata, pero se mantuvo la prohibición del comercio entre los establecimientos de ambas coronas.
Libre navegación para los esclavistas británicos En el Asiento de Negros aprobado por el rey de España el 26 de marzo de 1713 a favor de los comerciantes esclavistas británicos por el término de 30 años se les permitió la libre navegación para introducir monopólicamente esclavos en el Río de la Plata:
Las concesiones a los barcos británicos fueron renovadas en los tratados del 26 de marzo de 1716, 26 de mayo de 1771 y 5 de julio de 1814.Obras completas, Volumen 1. pág. 254. Autores: John William Cooke, Eduardo Luis Duhalde. Editor: Ediciones Colihue SRL, 2007. ISBN 950-563-460-9, 9789505634606
División de los ríos de la cuenca del Plata entre España y Portugal Por el Tratado de Lisboa del 18 de junio de 1701 entre ambas coronas, confirmado por el Tratado de Utrecht de 1715, Portugal obtuvo de derecho la Colonia del Sacramento y así el Río de la Plata quedó como un río limítrofe. La Colonia del Sacramento se transformó así en un foco del contrabando entre portugueses y españoles.
Tratado de Madrid de 1750 El Tratado de Madrid fue firmado por Fernando VI de España y Juan V de Portugal el 13 de enero de 1750 para definir los límites entre sus respectivas colonias en América del Sur basándose en el uti possidetis y dejando de lado el Tratado de Tordesillas. La posesión portuguesa de las altas cuencas de los ríos Paraguay, Paraná y Uruguay fue reconocida en el tratado, mientras que Portugal entregó a España la Colonia del Sacramento y sus dependencias reconociendo la plena soberanía española en las aguas del Río de la Plata. Esos tres ríos, junto con otros, quedaron con tramos de soberanía y navegación compartida, mientras que en los tramos propios de cada monarquía la navegación era exclusiva.
El Tratado de Madrid fue anulado por el Tratado de El Pardo del 12 de febrero de 1761 que restauró la situación previa a 1750, pero volvió la guerra, Colonia pasó a manos españolas y se produjo una fracasada Invasión anglo-portuguesa al Río de la Plata en 1763, pero la Colonia y San Gabriel volvieron a manos portuguesas el 27 de diciembre de 1763 manteniéndose el Río de la Plata como fronterizo.
Tratado de San Ildefonso de 1777 El 5 de junio de 1777 España retomó Colonia del Sacramento y el 1 de octubre de 1777 fue firmado el Tratado de San Ildefonso, por el que Portugal volvió a entregar a España la Colonia del Sacramento y sus dependencias y reconoció la soberanía española en el Río de la Plata y en el río Uruguay.
Quedaron como ríos limítrofes con navegación compartida: Pepirí Guazú, San Antonio, Igurey, Corrientes y tramos del Paraná, Paraguay e Iguazú, aunque los 4 primeros ríos motivaron disputas sobre su identificación.
Puerto Preciso de Santa Fe En 1739 la Real Audiencia de Charcas dispuso que Santa Fe fuera un puerto preciso de la navegación del Paraguay, lo que fue confirmado por la Real Cédula del 1 de abril de 1743. Todos los barcos procedentes del Paraguay debían desembarcar sus cargas en Santa Fe para seguir por tierra hacia Buenos Aires, lo que provocó disputas entre los cabildos y gobernadores de las tres ciudades. El 13 de abril de 1780 el virrey Pedro Melo de Portugal abolió provisoriamente los privilegios del puerto preciso de Santa Fe, lo que fue confirmado por el Consejo de Indias el 14 de febrero de 1781.EL PUERTO PRECISO DE SANTA FE Y LA DIRECCIÓN DE LOS FLUJOS DEL COMERCIO INTERNO RIOPLATENSE (SIGLOS XVII Y XVIII). Por Alejandro A. Damianovich
Comienzo del derecho fluvial internacional El derecho fluvial internacional comenzó a configurarse el 16 de noviembre de 1792 cuando un decreto del Consejo Ejecutivo Provisorio de la República Francesa declaró que en los ríos Escalda y Mosa los estados ribereños tenían derecho a comunicarse con el mar y suprimió las trabas a la navegación.
Expulsión de los españoles del Río de la Plata El 27 de octubre de 1777 el rey de España dio carácter definitivo al Virreinato del Río de la Plata y el monopolio de la navegación en el Río de la Plata y sus afluentes en territorio del virreinato continuó sin cambios hasta la revolución del 25 de mayo de 1810, excepto por los breves períodos de las invasiones inglesas de 1806 y 1807. En 1801 Portugal se apoderó de las Misiones Orientales haciendo limítrofe el alto Uruguay.
Las nuevas autoridades criollas de Buenos Aires y las realistas que se mantenían en Montevideo entraron en conflicto. El gobernador de esta última ciudad, José María Salazar, quedó en posesión de la flota del Río de la Plata y declaró el bloqueo naval contra Buenos Aires el 3 de septiembre de 1810. Los realistas de Montevideo realizaron incursiones corsarias por los ríos Paraná y Uruguay mientras el gobernador realista del Paraguay controlaba el río Paraguay y el alto Paraná. La situación de control realista de los ríos se acentuó con su victoria en el Combate de San Nicolás, el 2 de marzo de 1811, frente a la incipiente escuadra revolucionaria. Luego de varios combates navales los revolucionarios tomaron el control de los ríos en 1813 y el 23 de mayo de 1814 se apoderaron de Montevideo expulsando definitivamente a los españoles del Río de la Plata. La soberanía exclusiva sobre la navegación fluvial fue mantenida por las autoridades de Buenos Aires, pero el Paraguay quedó fuera de su control.
Libre navegación de barcos nacionales El Tratado del Cuadrilátero firmado el 8 de febrero de 1822 entre las provincias de Buenos Aires, Corrientes, Entre Ríos, Santa Fe, dispuso la libre navegación de los ríos para los barcos nacionales:
Retorno de los luso-brasileños al Río de la Plata El inicio de las guerras civiles dejó a las provincias litorales fuera del control de Buenos Aires y la Provincia Oriental fue sometida por la Invasión Luso-Brasileña de 1816, por lo que los ríos Uruguay y de la Plata pasaron a ser de hecho fronterizos y la Provincia Oriental fue anexada en 1817 al Reino Unido de Portugal, Brasil y Algarve como Provincia Cisplatina. En 1822 Brasil se independizó y en 1825 estalló la Guerra del Brasil que culminó con la independencia del Estado Oriental en 1828. Las Provincias Unidas del Río de la Plata no habían reconocido en ningún momento la libre navegación de sus ríos interiores, incluido el Río de la Plata.
Los ríos Uruguay y de la Plata definitivamente limítrofes En un artículo adicional de la Convención Preliminar de Paz que puso fin a la guerra se dispuso una cláusula transitoria respecto a la navegación de los ríos de la cuenca del Plata:
Tratado con el Reino Unido Ese artículo favoreció indirectamente a los barcos del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda debido a que el 2 de febrero de 1825 ese país había firmado con las Provincias Unidas del Río de la Plata un Tratado de Paz, Comercio y Navegación que establecía:
Así la libre navegación concedida al Brasil por 15 años se extendía automáticamente a los súbditos británicos, pero significaba también el reconocimiento británico a la exclusiva soberanía rioplatense sobre sus ríos.
Tratado con Francia Luego del Bloqueo francés al Río de la Plata que tuvo lugar entre 28 de marzo de 1838 y el 29 de octubre de 1840, el gobernador de Buenos Aires encargado de las relaciones exteriores de la Confederación Argentina, Juan Manuel de Rosas, acordó otorgarle a Francia los mismos derechos de navegación que gozaran otros países en los ríos argentinos mediante la Convención Arana - Mackau.
Política de Rosas Siguiendo el modelo de los países europeos, el gobierno de Rosas sostenía que la navegación de los ríos interiores de la Confederación era privativa de los buques argentinos, y que toda excepción a esta regla debería ser especialmente autorizada por la autoridad nacional. Esa era la política aplicada por el Reino Unido en el río San Lorenzo, y por Brasil en el río Amazonas, a pesar de que, en ambos casos, se perjudicaban los intereses de países ubicados aguas arriba.
Por el Pacto Federal de 1831, en lo concerniente a relaciones exteriores la autoridad nacional era el gobernador de la Provincia de Buenos Aires. Por lo tanto éste decidía sobre la navegación de los ríos y sostenía que los ríos de la Plata y Uruguay debían ser considerados interiores, aunque compartidos entre la Argentina y el Uruguay. Por su parte, el río Paraná debía ser considerado sin discusión un río interior de la Confederación Argentina. Esa política perjudicaba los intereses de los países ubicados aguas arriba de ambos ríos, especialmente al Paraguay. Perjudicaba también a los comerciantes europeos que aspiraban a comerciar directamente con el Paraguay y el oeste brasileño.
El caso paraguayo no había suscitado problemas en ese sentido hasta el fallecimiento del dictador Gaspar Rodríguez de Francia, que había mantenido aislado a ese país por décadas. Pero el nuevo presidente, Carlos Antonio López, aspiraba a una apertura comercial que, bajo las condiciones impuestas por el gobierno de Buenos Aires, resultaba muy limitada. Además el gobierno de Rosas nunca había reconocido la independencia del Paraguay, que por otro lado este país nunca había proclamado. Cuando ésta fue anunciada por López en 1844 Rosas respondió con el decreto del 8 de enero de 1845 que prohibía toda comunicación con el Paraguay desde el territorio de la Confederación Argentina.
Un aliado potencial del Paraguay en el conflicto por la navegación de los ríos era el Imperio del Brasil, que en 1844 intentó consensuar acciones contra el gobierno de Rosas. En septiembre de ese mismo año, Brasil reconoció la independencia del Paraguay, pero nunca se llegó a planear ni ejecutar acción conjunta alguna.