A través de los sistemas de pensiones, las personas perciben un ingreso (periódico y regular) cuando alcanzan la jubilación, abandonan su actividad laboral, profesional o empresarial y dejan de percibir un ingreso por ella. Los sistemas de pensiones pueden diferir mucho de un país a otro, pero generalmente se componen de regímenes "multicapas" para las diversas categorías de individuos, desde las pensiones sociales básicas para los las personas de menores ingresos hasta el ahorro voluntario complementario para las de mayores rentas.

En el caso más habitual de los sistemas públicos de pensiones, los ingresos para efectuar dichos pagos provienen de las cotizaciones de los trabajadores en activo.El sistema de pensiones contributivas en España: Cuestiones básicas y perspectivas en el medio plazo. Juan F. Jimeno, mayo del 2000.

Cuando se habla de "pensiones", a secas, generalmente se hace referencia a las pensiones de jubilación, también llamadas de vejez o de ancianidad. Existen muchos otros tipos de pensiones como las de orfandad, viudedad, incapacidad o invalidez.

El seguro, uno de los derechos humanos El artículo 25.1 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos de 1948 establece:

Financiación de la pensiones. Prestaciones contributivas y no contributivas

Sistemas públicos de pensiones En general la pensión se entiende como un seguro social frente a los riesgos laborales (desempleo, accidente laboral, enfermedad profesional, incapacidad permanente...) o contra la vejez (jubilación) u otras circunstancias sobrevenidas que generan dependencia como la discapacidad, viudedad, orfandad u otras.

Un sistema público de pensiones es el que el Estado administra con el fin de garantizar protección social frente a la vejez u otras circunstancias sobrevenidas por dependencia. En general, los sistemas de pensiones (públicos, privados y mixtos) varían mucho de país a país en cuanto a edad de jubilación, porcentaje de la pensión respecto al último salario, años que hace falta haber cotizado para tener derecho a una pensión contributiva, desgravaciones fiscales de los planes de pensiones privados y otros factores.

Los criterios básicos en los sistemas públicos de pensiones son el reparto, la equidad intergeneracional e intrageneracional y la universalidad. Los sistemas públicos contienen tanto pensiones contributivas (en las que se tiene en cuenta la cuantía cotizada a lo largo de la vida, laboral, los años, etc.) como pensiones no contributivas (viudedad, orfandad) derivadas de aportaciones de terceros, que responden a necesidades sociales sobrevenidas y que no requieren que la persona que las recibe haya cotizado previamente.

Según el país, el importe que cobrará la persona trabajadora por pensión de jubilación dependerá de la edad a la que decida jubilarse total o parcialmente, los años que haya cotizado y las cuantías de estas cotizaciones. Generalmente, dentro del mismo país 2 personas que, aunque tengan trabajos distintos, hayan cotizado los mismos años y las mismas cantidades, y se jubilen el mismo año con la misma edad, cobrarán igual pensión. Pero, como las condiciones van variando, 2 personas que, dentro del mismo país, hayan cotizado el mismo número de años, y cantidades similares, y se jubilen ambas a la misma edad, pero una, por ejemplo, en 2021, y otra en 2024, pueden percibir pensiones significativamente diferentes.

Los modelos de financiación de las pensiones básicamente son dos, según exista aportación de las personas que recibirán las pensiones:

Pensiones contributivas En las pensiones contributivas el futuro pensionista y su empleador pagan a lo largo de la vida laboral una serie de cotizaciones.

Pensiones no contributivas

Las pensiones no contributivas no requieren aportaciones de las personas para acceder a las mismas. Se financian a través los presupuestos generales del Estado, es decir por los recursos generales que tenga el Estado, fundamentalmente vía impuestos. Existen dos clases de pensiones no contributivas: ◦ Pensiones universales: En la que toda la población tiene acceso a las pensiones. ◦ Pensiones asistenciales: Tienen carácter subsidiario para aquellas personas que no tiene otra fuente de ingresos y no cumplen los requisitos para poder acceder a una pensión contributiva.

Sistemas privados de pensiones

El instrumento financiero creado o suscrito por un empleador para que a un empleado se le pague una pensión después de que se jubile se conoce como "plan de jubilación" o "plan de pensiones de empresa". Un individuo particular, ya sea trabajador asalariado, autónomo, o incluso aunque no trabaje, puede suscribir un plan de pensiones privado que, después de hacer pagos periódicos durante un tiempo, le dará derecho a recibir una pensión. Las cuantías y condiciones dependerán del beneficiario y de la entidad financiera que ofrezca ese plan. Los pagos a los beneficiarios de los sistemas privados de pensiones provienen exclusivamente de las cotizaciones acumuladas por cada beneficiario y de la rentabilidad que los gestores hayan extraído de dichas cotizaciones.

Los sistemas privados de pensiones no responden a hechos no contemplados en el contrato de capitalización ni a circunstancias sobrevenidas no establecidas. Sus defensores sostienen que aprovechan la mayor eficiencia del funcionamiento del sector privado, que tiene dueños individuales, en vez del sector público, administrado por quienes no son sus poseedores. Sus detractores afirman que son un pésimo negocio, de rentabilidad incierta y fiscalidad desfavorable.

Desde mediados del siglo pasado los planes de pensión de las empresas a favor de sus empleados se volvieron populares en la cultura anglosajona como forma de complementar la futura jubilación estatal. Estos programas con el tiempo resultaron costosos y financieramente inviables. Cuatro décadas después de implementarlos, comenzaron a desarmarlos. En el Reino Unido en 1987 existían 8,1 millones de miembros asociados a los pension plans; en 2011 el número había caído a 2,9 millones. En el caso de Estados Unidos, en 1983 el 62% de los asalariados se encontraban afiliados al plan de pensión de su empresa, mientras que en 2013 ese número alcanzaba apenas el 17%.https://www.infobae.com/opinion/2022/06/01/reforma-previsional-el-modelo-de-retiro-en-el-que-trabaja-el-mundo/%3foutputType=amp-type

La implantación de los sistemas privados de pensiones es reclamada por la derecha política como instrumento para disponer de la enorme capitalización que supone cualquier sistema de pensiones.

Tipos de planes de pensiones privados Planes de beneficio definido El plan de beneficio definido o plan de prestación definida establece el beneficio que el empleado suscrito a este plan recibirá cuando alcance la edad de jubilación. El beneficio en un plan de pensiones de beneficio definido se determina mediante una fórmula, que incorpora el salario del empleado, los años de servicio, la edad de jubilación y otros factores. En los Estados Unidos los planes de media final (final average plans) en los que el salario de los tres o cinco últimos años del empleado es el que determina la pensión. En el Reino Unido los beneficios se actualizan con la inflación. Las fórmulas pueden integrar también servicios de seguridad social y ofrecer incentivos para una jubilación anticipada o para continuar trabajando.

Planes de contribución definida En el plan de contribución definida o plan de aportación definida, la contribución está definida, pero el beneficio (el pago que realmente recibirá el trabajador cuando se jubile) se desconoce. Un acuerdo típico de contribución definida es aquel en el que las contribuciones (realizadas por el empleado, el empleador o ambos) se hacen a una cuenta que crece mediante la inversión. A la hora de jubilarse, el empleado dispone de una cuenta que puede utilizar para comprar una pensión, o puede retirar parte de los fondos en función de sus necesidades financieras. Las pensiones de contribución definida suelen ser portables.

En un plan de contribución definida, el riesgo de inversión y el premio los asume cada individuo (empleado o jubilado) y no el empleador. Además, los participantes no suelen comprar el pago periódico tras la jubilación, sino que asumen la propiedad de todo el capital acumulado y asumen el riesgo de vivir más años que los que ese capital puede costear.

El "coste" de una contribución definida se calcula, pero el beneficio de un plan depende del dinero que se haya acumulado (por cotizaciones más rentabilidad, que puede ser positiva o negativa, según los ciclos económicos y el acierto o desacierto de los gestores) en el momento en el que el empleado quiera utilizar sus fondos.

Sistemas mixtos: público/privado En los sistemas mixtos existen unas coberturas mínimas que satisface el sistema público y otras derivadas de la capitalización. Historia En los estados donde existe un nivel de Estado del bienestar mínimo, suele haber un sistema público de pensiones. El primer país (1889) con un sistema público de pensiones fue Alemania (en realidad Prusia) y el siguiente, Estados Unidos.

Gestión de los sistemas

Sistema de reparto

Una gran parte de los sistemas públicos de pensiones funcionan como un mecanismo de solidaridad intergeneracional. Las contribuciones de los trabajadores en activo de hoy pagan las pensiones de hoy.

Sistemas de capitalización Los sistemas privados de capitalización administran los ahorros personales de cada trabajador y devuelven el fruto de sus inversiones al final de la vida laboral de este. Quedan por tanto al albur de la rentabilidad que sean capaces de conseguir los administradores de los fondos. A largo plazo es común que los beneficios se reduzcan considerablemente erosionados por la inflación, las sucesivas crisis financieras, o las comisiones de gestión, por lo que ofrecen menos garantías.

Sistemas mixtos Existen sistemas mixtos, como el introducido en Chile, cuya rentabilidad ha sido muy discutida. En el caso español, la rentabilidad ofrecida por el sistema público es más alta que cualquier fondo privado al que el trabajador acuda capitalizando la misma cantidad que contribuye al público.elpais.com En USA, los estados y entidades públicas mantienen fondos de pensiones cuya administración, después de la introducción de la Employee Retirement Income Security Act por la administración Ford, ha sido en muchos casos transferida a fondos de capital riesgo, con consecuencias desastrosas para los empleados.rollingstone.com Las crisis financieras, la mala administración o el uso de los fondos para fines diferentes a los previstos, han dejado a millones de trabajadores americanos, públicos o privados, sin pensión.

Implementación de planes de pensiones en el mundo

América Latina En numerosos países latinoamericanos las posiciones económicas del Fondo Monetario Internacional han promovido la implantación de fondos privados de pensiones que no sustituyen los sistemas públicos, ya que solamente son perceptores aquellos ciudadanos que acceden a un fondo privado. Además, al estar sujetos a los vaivenes de la bolsa, pueden obtenerse, ya beneficios a largo plazo, ya importantes pérdidas que aboquen a millones de personas a la pobreza en la ancianidad, además de que no se ha aumentado la cobertura de la seguridad social, por lo que su implantación puede considerarse un fracaso.El fracaso del modelo de pensiones chileno en NicaraguaKristian Niemetz, 15 de abril de 2009, La nacionalización de los fondos de jubilación privados en Argentina

Reestatización de las AFJPs en Argentina