Las personas del colectivo LGBTI+ en Panamá se enfrenta a ciertos desafíos legales y sociales no experimentados por otros residentes.Las relaciones sexuales consensuales entre personas del mismo sexo fueron despenalizadas en 2008, sin embargo, la diversidad sexual aun es un tema tabú en la sociedad panameña, la cual es mayormente conservadora, por lo tanto, aun persiste la violencia, la discriminación y la persecución de las personas LGBTI+ en el país.
Historia
La historia LGBT en Panamá refleja un recorrido complejo, marcado por represión y resistencia. Durante el período colonial, las prácticas sexuales y de género diverso entre los pueblos indígenas fueron severamente castigadas bajo la influencia de los colonizadores europeos. Vasco Núñez de Balboa, por ejemplo, ordenó la ejecución de nativos travestis mediante el uso de perros, lo que constituye el primer registro conocido de castigo por sodomía en el continente americano. La llegada de los colonizadores impuso una visión binaria de género que marginó y reprimió las identidades diversas, como la figura mitológica de Wigudun en la cultura guna, que simbolizaba la aceptación de cualidades tanto masculinas como femeninas.
En el , la presencia militar estadounidense en Panamá desde 1903 hasta 1999 trajo consigo un contexto de represión y simultánea visibilidad de la diversidad sexual. Durante este tiempo, las bases militares estadounidenses se convirtieron en centros de una subcultura gay y de prostitución. Joaquín Beleño documentó en su obra literaria cómo se percibía a los homosexuales en estas instituciones, mientras que el Dr. Donoghue destacó cómo la policía y los militares estadounidenses fabricaban identidades sexuales para controlar la zona. A pesar de la represión, la literatura local empezó a reflejar la existencia y complejidad de las identidades LGBT, como en el caso de la novela El ahogado de Tristán Solarte.
Durante los regímenes militares en Panamá (1968-1989), la represión se intensificó, con la persecución de opositores políticos y de la comunidad LGBT. Las personas detenidas enfrentaron abusos severos, incluyendo violaciones. La dictadura de Manuel Noriega, aunque conocida por su represión, también mantenía secretos sobre su propia bisexualidad y la de sus asociados. A pesar de la brutalidad del régimen, lugares como el bar La Madrid ofrecieron un refugio para personas LGBT y otros grupos marginados, proporcionando un espacio de alivio en medio de la opresión.
En la década de 1990, Panamá experimentó avances significativos en la visibilidad y organización de la comunidad LGBT. La fundación de la Asociación Hombres y Mujeres Nuevos de Panamá en 1996 y el permiso para que personas LGBT marcharan durante el Carnaval en 1998 marcaron hitos importantes. La literatura también avanzó con obras como De mangos y albaricoques de Javier Stanziola, que abordó temas LGBT y ganó el Concurso Nacional de Literatura Ricardo Miró.
El trajo avances y desafíos para la comunidad LGBT en Panamá. En 2001, la Asociación Hombres y Mujeres Nuevos de Panamá obtuvo reconocimiento oficial, lo que fortaleció el activismo LGBT. La primera Marcha del Orgullo LGBT de Ciudad de Panamá en 2004 y el decreto que despenalizó la homosexualidad en 2008 fueron hitos importantes. Además, en 2008, se registró una unión civil entre personas del mismo sexo, un paso significativo hacia el reconocimiento legal.
Durante la década de 2010, el activismo LGBT continuó ganando terreno, con eventos como la besatón en 2011 y la participación de la primera dama en la Marcha del Orgullo en 2017. Sin embargo, también hubo retrocesos, como el intento de reforma constitucional para prohibir el matrimonio entre personas del mismo sexo en 2019, que fue finalmente suspendido debido a la presión social.
En la década de 2020, la Corte Suprema de Justicia de Panamá declaró que la prohibición del matrimonio entre personas del mismo sexo no era inconstitucional, lo que provocó críticas y llamados internacionales para garantizar los derechos de las parejas del mismo sexo. A pesar de los esfuerzos por visibilizar y celebrar la diversidad sexual, como la boda masiva simbólica anunciada en 2023, la oposición conservadora y las amenazas de violencia reflejaron los desafíos persistentes hacia una igualdad plena para personas LGBT en Panamá.
Legislación y derechos
Despenalización de la homosexualidad
La despenalización de la homosexualidad en Panamá ocurrió el 31 de julio de 2008, cuando entró en vigencia el Decreto Ejecutivo No.332, el cual derogó el artículo 12 del Decreto 149 (aprobado en mayo de 1949), el cual penalizaba las relaciones sexuales entre personas del mismo sexo. La edad de consentimiento sexual en Panamá es de 14 años, sin importar la orientación sexual.
Reconocimiento de las parejas del mismo sexo
No existe ningún tipo de reconocimiento hacia las parejas conformadas por personas del mismo sexo en forma de matrimonio o de unión civil en Panamá, por ende, el Estado panameño no reconoce a la familia homoparental. En 2004, el parlamento rechazó una propuesta de ley de uniones civiles, principalmente debido a la presión de la Iglesia católica sobre el gobierno panameño.Panama: Support Civil Union Proposal Now under Attack by the Catholic Church No obstante, en el año 2020, la Iglesia Católica, afirma que no está en contra de que las parejas del mismo sexo estén protegidas mediante una normativa legal que les permita acceder a varios derechos. Sin embargo, no están a favor de cambiar el concepto de "matrimonio", ya que esto debe ser único y exclusivo entre un hombre y una mujer. https://www.tvn-2.com/nacionales/iglesia-catolica-opone-matrimonio-personas-video_1_1144799.html
En marzo de 2023, la Corte Suprema de Justicia de Panamá (CSJ) declaró que no era inconstitucional un artículo del Código de familia que prohíbe el matrimonio entre personas del mismo sexo, avalando así la constitucionalidad del artículo 26 del Código de familia, que establece que el matrimonio debe ser "entre un hombre y una mujer". En el fallo, la corte también afirmó que no es inconstitucional una disposición del Código de Derecho Internacional Privado de la República, que “prohíbe el matrimonio entre individuos del mismo sexo”.
En el año 2026, se ha intentado presentar nuevamente otra propuesta de ley, la propuesta 454, para legalizar las uniones civiles y está siendo objeto de estudio para determinar su viabilidad o no en la Asamblea Nacional. Esto luego que en el fallo de la Corte Suprema de Justicia, afirmara que cualquier derecho nuevo y justificado debe ser reconocido por el Órgano Legislativo. Dicha propuesta propone crear la figura de unión civil para cualquier pareja, independientemente de su orientación sexual e identidad de género. https://sistemas.asamblea.gob.pa/partLegis/propuestas-ciudadanas
Adopción El artículo 55 de la Ley General de Adopciones establece que la adopción conjunta será constituida cuando las personas solicitantes sean cónyuges o convivientes en unión de hecho y de distinto sexo.
Leyes y medidas antidiscriminación Panamá cuenta desde el año 2019 en el Órgano Judicial con el Acuerdo 368-A Que Adopta En El Órgano Judicial La Versión Actualizada de las 100 Reglas de Brasilia Sobre Acceso A La Justicia De Las Personas En Condición de Vulnerabilidad , y, desde agosto de 2023 con protecciones contra la discriminación en el ámbito laboral por motivos de orientación sexual e identidad de género a través de la Resolución Ministerial D4-388-2023 Que Crea La Guía Para La Identificación de La Discriminación en El Lugar de Trabajo del Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral. No existen disposiciones legales que prohíban la discriminación en términos amplios por motivos de orientación sexual o identidad y expresión de género en áreas como en el acceso a la educación, los servicios de salud, la vivienda, entre otros. La Ley 7 que Adopta medidas para prevenir, prohibir y sancionar actos discriminatorios, vigente desde 2018, no incluye protecciones legales explicíticas para las personas LGBT.
Sin embargo, existen disposiciones legales en leyes sectoriales específicas que mencionan de forma expliçita la orientación sexual y la identidad de género como categoría protegida contra la discriminación: Ley 6 que Que dicta normas para la transparencia en la gestión pública, establece la acción de Hábeas Data y dicta otras disposiciones (2002), establece la orientación sexual como información confidencial, la cual no podrá ser divulgada bajo ninguna circunstancia por agentes del Estado. Ley 16 que Regula el derecho de admisión en los establecimientos públicos y establece medidas para evitar la discriminación (2002), prohíbe la discriminación basada en la orientación sexual. Ley 12 que Regula la actividad de seguros y dicta otras disposiciones (2012), establece que se entiende como información confidencial la orientación sexual del contratante o asegurado. Ley 6 que Crea el Mecanismo Nacional para la Prevención de la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes (2017), establece que se entiende como información confidencial todo tipo de datos e información que tenga relevancia con respecto a los datos médicos y psicológicos de las personas, la vida íntima de los particulares, incluyendo su identidad de género u orientación sexual. Ley 81 sobre Protección de Datos Personales (2019), se consideran sensibles los datos personales que puedan revelar aspectos relativos a la preferencia u orientación sexual.
Donación de sangre Con respecto a la donación de sangre, la Resolución 374 del Ministerio de Salud (emitida en septiembre de 2001), impide que las personas LGBTI+ puedan donar sangre.En enero de 2023, el diputado Gabriel Silva presentó el anteproyecto de Ley 172, con el cual se busca eliminar la prohibición y permitir que las personas LGBTI+ puedan donar sangre, sin embargo, el anteproyecto de ley se encuentra estancado en la asamblea.
Leyes sobre crímenes de odio e incitación al odio En la actualidad, el código penal panameño no criminaliza de ninguna forma las amenazas, los crímenes de odio o la incitación al odio si estos fuesen motivados por la orientación sexual o la identidad y expresión de género, de igual forma, tampoco se criminaliza el discurso de odio.
Identidad y expresión de género La Ley del Registro Civil, (Ley No.31) (2006) establece la posibilidad de cambiar el nombre. Sin embargo, esta no es una normativa específica para personas trans. Según se ha reportado localmente, en la práctica se han documentado casos de personas trans que han logrado cambiar su nombre de pila al menos desde 2016. Aun así, las autoridades requieren que las personas solicitantes se sometan a un examen por parte de un médico forense. También se ha reportado que en algunos casos los solicitantes han debido demostrar que han utilizado el nombre solicitado durante cinco años consecutivos.
Por otra parte, en Panamá no existe normativa que regule de manera específica el cambio de marcador de género. La Ley del Registro Civil (Ley No.31) establece en su artículo 121 que, para la corrección del marcador del sexo en las inscripciones de nacimientos, la solicitud debe ser acompañada del “certificado expedido por médico forense que determine el sexo que le corresponde al titular”. Bajo los artículos 11 y 12 de la ley se establece la posibilidad de rectificar inscripciones, incluyendo la “corrección” del sexo. Por su parte, el artículo 121 determina que la Dirección Nacional del Registro Civil ordenará la “corrección del sexo” en las inscripciones de nacimientos, con base en la solicitud de la parte interesada, la que será acompañada de un “certificado expedido por médico forense que determine el sexo que le corresponde al titular”.