Antiguamente, se llamaba conservador al funcionario instituido para la conservación de ciertos derechos, privilegios o bienes.

Especialmente, se llamaba así el juez eclesiástico o secular nombrado con jurisdicción y potestad para defender de violencias a alguna iglesia, comunidad religiosa u otros eclesiásticos.

Se llamaba conservaduría al oficio y empleo de juez conservador, que en la orden de San Juan es dignidad.

Conservatoria se llamaba a:

La jurisdicción y conocimiento privativo que tiene un juez conservador en los que gozan del fuero de su conservaduría. El indulto o letras apostólicas que se conceden a algunas comunidades para que puedan nombrar jueces conservadores. Las letras o despachos que libran los jueces conservadores a favor de los que gozan de su fuero.

Referencias

Diccionario razonado de legislación y jurisprudencia, Joaquín Escriche, 1847.

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