Francisco Elías de Tejada y Spínola (Madrid, 6 de abril de 1917-Íd., 18 de febrero de 1978) fue un jurista, filósofo del derecho y publicista español, catedrático de Filosofía del Derecho en varias universidades y autor de textos sobre filosofía e historia del derecho, así como sobre las ideas y ciencias políticas. Fue representante del tradicionalismo hispano y del iusnaturalismo europeo, y partidario de la monarquía tradicional.
Reunió durante su vida una biblioteca personal de extraordinaria magnitud, que obra hoy en virtud de donación en la Real Academia de Ciencias Morales y Políticas. A lo largo de su dilatada carrera académica tuvo multitud de discípulos.
Biografía
Familia Era hijo de José María Elías de Tejada y de la Cueva y de Encarnación Spínola y Gómez. Contrajo matrimonio con Gabriella Percopo Callet.
Estudios y formación Cursó sus primeros estudios en el colegio de los jesuitas de Chamartín, continuándolos -tras la expulsión de la Compañía de Jesús de España por la II República- en el colegio de los jesuitas de Extremoz (Portugal). A continuación ingresó en la Universidad de Madrid para cursar, simultáneamente, estudios en la Facultad de Filosofía y Letras, y en la Facultad de Derecho. Obtuvo la licenciatura en Filosofía y Letras en 1935, y la licenciatura en Derecho en 1936. Realizó una estancia de investigación en la Universidad de Oxford y en Berlín, de donde fue llamado para alistarse en el ejército nacional en el contexto de la Guerra civil española. En 1938 obtuvo el doctorado en Derecho en la Universidad de Madrid.
Elías de Tejada era políglota. Conocía y hablaba perfectamente 40 lenguas, entre ellas inglés, francés, alemán, italiano, portugués, sueco, rumano, ruso, polaco, bantú, islandés, vascuence, catalán, japonés, chino, latín y griego.
Carrera académica Su primer cargo docente fue el de Profesor Ayudante de Derecho Político en la Facultad de Derecho de la Universidad de Madrid, con nombramiento y toma de posesión del día 1 de octubre de 1935, sirviendo un curso ordinario y dos intensivos.
En la Universidad de Sevilla explicó dos cursos de conferencias organizados por el Ministerio de Educación Nacional, impartiendo uno de ellos desde el 23 de octubre de 1937 sobre “El pensamiento jurídico-político español en nuestros clásicos de los siglos XVI y XVII”.ABC de Sevilla, domingo 17 de octubre de 1937, p. 18
Profesor ayudante en la Universidad de Madrid (1940-1941) Pasada la Guerra Civil se adscribió a la materia en la que quedaría encuadrada toda su posterior carrera universitaria, la Filosofía del Derecho. Fue nombrado Profesor Ayudante de esta asignatura en la Facultad de Derecho de la Universidad de Madrid el 15 de noviembre de 1940, y tomó posesión ese mismo día.
Se presentó a las oposiciones celebradas en el otoño de 1940 para las cátedras de Filosofía del Derecho de Sevilla y Oviedo que ganaron, respectivamente, Enrique Gómez Arboleya y Ramón Pérez Blesa, obteniendo Elías de Tejada dos votos.
Participó en las oposiciones a cátedras de Derecho Político que tuvieron lugar en 1941-42 con eco considerable y que obtuvieron Ignacio María de Lojendio e Irure y Luis Sánchez Agesta, en el transcurso de las cuales confesó su vocación por esa disciplina (Sebastián Martín, “Funciones del jurista”, 179-183).
Catedrático en la Universidad de Murcia (1941-1942) Su primera cátedra de Filosofía del Derecho la obtuvo en la Universidad de Murcia. La oposición, turno de auxiliares, fue convocada por Orden de 28 de marzo de 1941BOE de 7 de abril y Elías de Tejada solicitó tomar parte en ella mediante instancia de 9 de mayo. Ganada la plaza, fue nombrado catedrático el 12 de agostoBOE del 26 y tomó posesión el 25 de ese mismo mes en Madrid, donde pudo hacerlo en virtud de autorización del Ministerio a petición del interesado. Un solo curso pasó en su universidad de acceso.
Catedrático en la Universidad de Salamanca (1942-1951) El 16 de marzo de 1942BOE del 8 de abril fue nombrado catedrático de Filosofía del Derecho de la Universidad de Salamanca en virtud de concurso previo de traslado, al que concurrió como único aspirante. Cesó en Murcia el 14 de abril y tomó posesión en Salamanca al día siguiente, pero siguió adscrito a la Universidad de Murcia hasta la finalización de los exámenes.
Catedrático en la Universidad de Sevilla (1951-1977) La mayor parte de su carrera universitaria transcurrió como catedrático de Derecho Natural y Filosofía del Derecho en la Universidad de Sevilla, a la que se trasladó mediante permuta con Joaquín Ruiz Giménez Cortés. Se le nombró el 21 de mayo de 1951Orden de esa fecha que resolvía la permuta,BOE de 2 de junio cesó en Salamanca el 10 de junio y tomó posesión de la plaza sevillana el 11 del mismo mes; en ella permaneció más de veinticinco años, hasta su cese el 3 de octubre de 1977. Ruiz Giménez, por cierto, fue nombrado ministro de Educación Nacional muy poco después, en julio de ese mismo año.
Elías de Tejada desempeñó su cátedra sevillana en concepto de acumulada desde el mismo curso 1951-52, y en concepto de “acumulada por extensión” según la denominación que consta desde el curso 1953-54; desde el curso académico 1959-60, “en concepto de extensión”, obteniendo los años siguientes sucesivas prórrogas. En 1964 (Orden de 14 de octubre) fue incluido en el régimen de dedicación exclusiva.
Aparte de las numerosas ausencias breves para participar en congresos, dar conferencias o visitar bibliotecas, su larga dedicación docente a la Universidad de Sevilla se interrumpió dos veces por su pase a la situación de excedencia activa.
El primer período de alejamiento transcurrió de 1956 a 1960. Francisco Elías de Tejada pidió autorización, que le fue concedida por el Ministerio el 20 de agosto de 1956, para trasladarse a Nápoles durante el curso que iba a comenzar con el fin de realizar estudios sobre la historia del pensamiento político napolitano bajo dominación española. Una vez allí, solicitó permiso para continuar durante tres cursos más; puesto que las disposiciones vigentes no contemplaban esa posibilidad, el Ministerio interpretó que tal ausencia habría de considerarse excedencia activa, “único cauce legal para conceder un permiso de tan larga duración”, y de acuerdo con lo preceptuado en la ley de 15 de julio de 1952 inició el correspondiente expediente requiriendo en primer lugar a la Universidad los informes pertinentes. La Facultad de Derecho decidió por unanimidad en Junta celebrada el 25 de marzo de 1957 no evacuarlo favorable, en razón de no haber intervenido en la decisión sobre el permiso del que gozaba Elías de Tejada y por ser la situación de excedencia activa distinta de la que solicitaba el interesado; la Junta de Gobierno de la Universidad, sin embargo, acordó el 2 de abril, también por unanimidad, no poner inconveniente alguno ni a la concesión del permiso que se solicitaba ni a la de la excedencia activa. El negociado que instruía el expediente en el Ministerio propuso el 16 de abril que la solicitud pasase a informe del Consejo Nacional de Educación para la posible concesión de una excedencia por diez años con reserva de cátedra durante dos, previa valoración y pronunciamiento del Consejo Superior de Investigaciones Científicas, en concreto del Instituto Nacional de Estudios Jurídicos. El 5 de julio, la Comisión permanente del CSIC, oída la Junta del Patronato “Raimundo Lulio” del mismo Consejo, informó favorablemente la solicitud. Por su parte, la Comisión permanente del Consejo Nacional de Educación emitió dictamen el 30 de septiembre, también positivo habida cuenta de que las que pretendía continuar Elías de Tejada eran “investigaciones científicas de gran calidad, por cuanto tienden a poner de relieve la permanencia de los valores españoles en el reino de Nápoles”. Tras su aprobación en Consejo de Ministros, el Ministerio resolvió el 14 de diciembre de 1957BOE de 14 de enero de 1958 conceder a Elías de Tejada la excedencia activa por un máximo de 10 años, con reserva de cátedra durante dos.
Casi exactamente dos años después, el 12 de enero de 1960, el rector de la Universidad de Sevilla informó al Ministerio que el catedrático de Filosofía del Derecho se había reintegrado ese día a su cátedra, dando por terminada su situación de excedencia activa.
Tan sólo unos días más tarde, Elías de Tejada presentó solicitud para obtener de nuevo la excedencia activa durante diez años con reserva de cátedra durante dos. La tramitación transcurrió por parecidos cauces: informe de la Junta de la Facultad de Derecho el 28 de enero, favorable esta vez con el único voto en contra de Manuel Giménez Fernández, que incidía en la merma docente que supondría para el centro la larga ausencia del catedrático; informe favorable de la Junta de Gobierno de la Universidad el 3 de febrero; actitud reticente de la Dirección General de Enseñanza Universitaria comunicando al rector de la hispalense el 2 de marzo que los plazos de reserva estaban agotados con la anterior concesión, y que sólo cabía la excedencia sin reserva si el interesado se reafirmaba en su solicitud; nueva instancia del interesado de 19 de abril, reiterando su petición en los mismos términos en los que ya lo hiciera (excedencia más reserva), y señalando como momento inicial de la excedencia pedida el primero de octubre de 1961; informe favorable del Consejo ejecutivo del Consejo Superior de Investigaciones Científicas el 31 de mayo, a la vista del informe positivo del Instituto Nacional de Estudios Jurídicos; dictamen favorable de la Comisión permanente del Consejo Nacional de Educación el 15 de octubre, en razón de los motivos “científicos y patrióticos” alegados por el solicitante; nuevo dictamen del Consejo Nacional de Educación el 28 de enero de 1961, en el que consideraba que aunque la legislación vigente parecía permitir sólo la reserva de cátedra durante dos años, tal limitación había de referirse a cada excedencia solicitada, por lo que procedía la concesión de la excedencia activa con nueva reserva por dos años. Tras el preceptivo pase por el Consejo de Ministros, la concesión se otorgó finalmente por Orden de 17 de marzo de 1961,BOE del 26 de abril surtiendo efectos desde el primero de octubre siguiente. Francisco Elías de Tejada se reintegró a su plaza y a sus tareas docentes el 14 de septiembre de 1963.
No fue la Universidad hispalense su último destino. Desde principios de los años setenta procuró activamente trasladarse a Madrid. En 1971 solicitó tomar parte en el concurso para proveer la primera cátedra de Filosofía del Derecho en la Universidad Complutense, pero renunció mediante escrito de 22 de marzo de ese año. Tres años después firmó el concurso-oposición convocado por Orden de 17 de julio de 1974BOE de 21 de septiembre para proveer la plaza de Profesor Agregado de Historia del Pensamiento Político Español de la Facultad de Ciencias Políticas y Sociología de la Universidad Complutense de Madrid; presentaban a Elías de Tejada, pues era trámite preceptivo, José Antonio Maravall Casesnoves, catedrático de la misma materia en la misma Facultad, y Francisco Puy Muñoz, titular de la cátedra de Filosofía del Derecho en la Universidad de Santiago de Compostela. No quedan en su expediente noticias de la tramitación subsiguiente de este concurso.