«Provincias traidoras»Sebastian Balfour, Alejandro Quiroga (2007). The Reinvention of Spain: Nation and Identity Since Democracy, Oxford University Press, pág. 141 es el nombre con el que el Gobierno calificó desde febrero de 1939 a Guipúzcoa y Vizcaya mediante el refrendo por parte del dictador Francisco Franco, del Decreto-Ley 247/1937, de 23 de junio. Dicha norma legal había venido siendo aplicada de facto desde 1937 por los militares sublevados, y fue incorporada al ordenamiento jurídico nada más llegar al Gobierno.Decreto-ley 247. Disponiendo que desde el día 1.º de julio próximo la gestión y recaudación de todas las contribuciones, rentas e impuestos del Estado se realizará en las provincias de Guipúzcoa y Vizcaya, con arreglo al régimen común vigente, en la forma que establecen las disposiciones de la Hacienda pública, quedando, por tanto, sin efecto, en aquellas provincias, el régimen concertado con sus Diputaciones que, en materia económica, estaba vigente en la actualidad.

Mediante este decreto se abolía el concierto económico para esas provincias, como represalia por el fracaso («traición» en la terminología del nuevo Gobierno) de la sublevación militar en ellas y por haberse mantenido fieles al gobierno democrático, a diferencia de las también provincias vascongadas de Álava y Navarra, en las que la sublevación sí había triunfado, por lo que continuaron beneficiándose de sus favorables condiciones durante toda la dictadura. La denominación de la situación tradicional de estos territorios forales —incluyendo Álava— en el Antiguo Régimen era de «provincias exentas», por su especial situación fiscal, que las eximía de impuestos y aranceles aduaneros.

Posteriormente, el uso del término ha recogido diversas y contrarias intenciones, particularmente sarcásticas, sobre todo tanto desde la óptica del actual Gobierno, como de posturas propias de los republicanos, socialistas o del nacionalismo vasco.Imanol Villa, Vizcaya, provincia "traidora". A partir de julio de 1937, el Gobierno impuso profundos cambios con los que quisieron hacer desaparecer de Vizcaya todo rastro nacionalista y republicano, en El Correo Digital, 10 de julio de 2007.

Ya en 1968, el Gobierno se había disculpado implícitamente por los términos más ofensivos del Decreto-Ley de 1937 —señalando que algunas expresiones de dicho decreto «no se corresponden con el noble esfuerzo y laboriosidad que han caracterizado a dichas provincias dentro de la unidad nacional»—, sin variar en todo caso la parte dispositiva.Decreto-Ley 6/1968, de 6 de junio, por el que se modifica el preámbulo del de 23 de junio de 1937. Hubo que esperar, sin embargo, a la muerte del Dictador Franco para que el Decreto-Ley fuese expresa y totalmente derogado, lo que ocurrió en 1976, ya durante el último Gobierno de la Falange, de Adolfo Suárez, mediante el Real Decreto-Ley 20/1976, promulgado el 30 de octubre de dicho año.Real Decreto-Ley 20/1976, de 30 de octubre, por el que se deroga el Decreto-Ley de 23 de junio de 1937, sobre régimen económico-administrativo de las provincias de Guipuzcoa y Vizcaya. Aunque derogado el decreto-ley, el concierto económico no fue restablecido hasta después, como consecuencia de las disposiciones derogatorias de la Constitución de 1978 y del proceso autonómico que condujo a la constitución de la comunidad autónoma del País Vasco en 1979.Miren Azkárate, Por dignidad y respeto debidos, Diario de Navarra, 11 de febrero de 2006.

Referencias

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