miniaturadeimagen|400x400px|Mapa de Estados participantes: El Tratado sobre el espacio ultraterrestre o Tratado del espacio exterior, cuyo nombre completo es Tratado sobre los principios que deben regir las actividades de los Estados en la exploración y utilización del espacio ultraterrestre, incluso la Luna y otros cuerpos celestes, es un tratado que forma la base del Derecho internacional acerca del espacio. El tratado quedó abierto a su firma en Estados Unidos, el Reino Unido y la Unión Soviética el 27 de enero de 1967 y entró en vigor el 10 de octubre de 1967. Hasta mayo de 2025, 117 países ratificaron el tratado, mientras que 23 firmaron el acuerdo pero todavía no lo han ratificado.

Puntos clave del tratado El Tratado sobre el espacio ultraterrestre representa el marco jurídico básico del derecho internacional del espacio. Entre sus principios, prohíbe a los estados partes del tratado la colocación de armas nucleares u otras armas de destrucción masiva en la órbita de la Tierra, su instalación en la luna o cualquier otro cuerpo celeste,de otra estación en el espacio exterior. Se limita exclusivamente a la utilización de la luna y otros cuerpos celestes con fines pacíficos y prohíbe expresamente su uso para la realización de pruebas de armas de cualquier tipo, la realización de maniobras militares o el establecimiento de bases militares, instalaciones y fortificaciones (Art. IV).

El tratado prohíbe explícitamente a cualquier gobierno la reivindicación de recursos celestes como la luna o un planeta, ya que son patrimonio común de la humanidad. El Art. II del tratado establece, de hecho, que "el espacio ultraterrestre, incluso la Luna y otros cuerpos celestes, no podrá ser objeto de apropiación nacional por reivindicación de soberanía, uso u ocupación, ni de ninguna otra manera".

Responsabilidad para las actividades espaciales

El artículo VI del tratado sobre el espacio ultraterrestre se refiere a la responsabilidad internacional, afirmando que "las actividades de las entidades no gubernamentales en el espacio ultraterrestre, incluso la Luna y otros cuerpos celestes, deberán ser autorizadas y fiscalizadas constantemente por el pertinente Estado Parte en el Tratado" y que los Estados Partes "serán responsables internacionalmente de las actividades nacionales que realicen en el espacio ultraterrestre [...] los organismos gubernamentales o las entidades no gubernamentales".

Tras los debates derivados del Proyecto West Ford (con lanzamientos en 1961, 1962 y 1963), se insertó una cláusula en el artículo IX: "Si un Estado Parte en el Tratado tiene motivos para creer que una actividad o un experimento en el espacio ultraterrestre, incluso la Luna y otros cuerpos celestes, proyectado por otro Estado Parte en el Tratado, crearía un obstáculo capaz de perjudicar las actividades de exploración y utilización del espacio ultraterrestre con fines pacíficos, incluso en la Luna y otros cuerpos celestes, podrá pedir que se celebren consultas sobre dicha actividad o experimento".

Efecto del acuerdo

Otorga a los estados los medios necesarios para la resolución de conflictos en el espacio ultraterrestre; eso sí, se debe tener claro que es un tratado antiguo y que cuando entró en vigencia los adelantos científicos no eran los mismos de hoy día, sino muy inferiores.

El presente acuerdo rige las relaciones de los estados y los particulares con respecto a la exploración, utilización y explotación del espacio ultraterrestre, la luna y otros cuerpos celestes, convirtiéndose de esa manera en la base jurídica en cuanto a la exploración y utilización de dichos espacios. Todos los estados firmantes quedan obligados al fiel cumplimiento de las normas establecidas en el tratado; por consiguiente los estados no podrán, entre otras cosas, apoderarse mediante reivindicación de soberanía, uso u ocupación del espacio ultraterrestre, la luna y otros cuerpos celestes. Este punto es quizás el más importante y controvertido del tratado. Además los estados firmantes se encuentran en igualdad de condiciones con respecto a la exploración y utilización del espacio ultraterrestre, la luna y otros cuerpos celestes, no obstante en el año 1996 la ONU emitió una resolución llamada "Declaración sobre la cooperación internacional en la exploración y utilización del espacio ultraterrestre en beneficio e interés de todos los Estados, teniendo especialmente en cuenta las necesidades de los países en desarrollo, aprobada el 13 de diciembre de 1996 (resolución 51/122 de la Asamblea General)" esta resolución amplía de alguna manera los concerniente a lo aprobado en el presente tratado, otorgando prerrogativas a los países desarrollados en detrimento de los que aún no alcanzan el desarrollo. Toda persona enviada al espacio se considera como enviado de la humanidad a efectos del presente tratado. El presente tratado motiva a la regularización de algunos aspectos esenciales como la creación de un registro de objetos lanzados al espacio. Uno de los efectos más importantes, es con respeto a la responsabilidad por daños causados por objetos lanzados al espacio ultraterrestre, la luna y otros cuerpos celestes, donde se atribuye todo un supuesto con ocasión a los daños.

Controversias sobre la legalidad del acuerdo

Las actividades comerciales en el ámbito de la minería espacial son muy controvertidas en términos de su legalidad, ya que pueden o no estar prohibidas por el derecho espacial internacional, dependiendo de cómo se interprete la ley. Además, el artículo II del Tratado sobre el Espacio Ultraterrestre establece que “el espacio ultraterrestre, incluso la Luna y otros cuerpos celestes, no estará sujeto a apropiación nacional por reivindicación de soberanía, mediante uso u ocupación ni por ningún otro medio”.

Algunos argumentan que, dado que el término «apropiación nacional» no se define en el Artículo II, la extracción de recursos no constituye «apropiación nacional» y, por lo tanto, no está prohibida, especialmente si dicha extracción la realizan entidades corporativas en lugar de Estados nacionales. Según esta interpretación, el Tratado del Espacio Ultraterrestre permite la extracción y reventa de recursos del espacio ultraterrestre como cuerpos celestes (por ejemplo, planetas, lunas, meteoritos).

Estados participantes

Lista de países que han firmado y ratificado

En sus inicios, el Tratado del Espacio Exterior fue firmado por EE. UU., Reino Unido y la Unión Soviética el 27 de enero de 1967, entrando en vigor el 10 de octubre de 1967. Desde entonces son 117 los países que forman parte del tratado mientras que existen otros 23 que lo han firmado pero no lo han ratificado.

Las fechas múltiples indican los diferentes días en los que los estados presentaron su firma o deposición según la localización, Londres (L), Moscú (M) o Washington (W). La fecha de deposición es aquella de depósito del instrumento de ratificación, es decir, una carta oficial sellada y firmada por la autoridad responsable del Estado, en la cual se explique la decisión tomada.

Estado Firmado Depositado Método Afganistán (W) (M) (L, M) (W) Ratificación Argelia (W) Consentimiento Antigua y Barbuda (W) (M) (L) Sucesión de Argentina (W) (M) (M, W) Ratificación Australia (W) (L, M, W) Ratificación Austria (L, M, W) (L, M, W) Ratificación Colombia (L, M, W) (L, M, W) Ratificación Azerbaijan (L) Consentimiento Bahamas (L) (W) (M) Sucesión de Bangladesh (L) (W) (M) Consentimiento Barbados (W) Consentimiento Bielorrusia (M) (M) Ratificación Bélgica (L, M) (W) (W) (L, M) Ratificación Benín (M) (L) (W) Consentimiento Brasil (M) (L, W) (L, M, W) Ratificación Bulgaria (L, M, W) (M) (W) (L) Ratificación Burkina Fasso (W) (W) Ratificación Canadá (L, M, W) (L, M, W) Ratificación Chile (W) (L) (M) (W) Ratificación China (W) (M) (L) Consentimiento Cuba (M)Consentimiento Chipre (W) (M) (L) (L, W) (M) Ratificación República Checa (M, W) (L) Sucesión de Dinamarca (L, M, W) (L, M, W) Ratificación República Dominicana (W) (W) Ratificación Ecuador (W) (L) (M) (W) Ratificación Egipto (M, W) (W) (M) Ratificación El Salvador (W) (W) Ratificación Guinea Ecuatorial (M) Consentimiento Estonia (M) Consentimiento Fiyi (W) (L) (M) Sucesión de Finlandia (L, M, W) (L, M, W) Ratificación Francia (L, M, W) (L, M, W) Ratificación Alemania (L, M, W) (L, W) Ratificación Grecia (W) (L) Ratificación Guinea-Bissau (M) Consentimiento Hungría (L, M, W) (L, M, W) Ratificación Islandia (L, M, W) (L, M, W) Ratificación India (L, M, W) (L, M, W) Ratificación Indonesia (W) (M) (L) (L) Ratificación Iraq (L, W) (M) (M) (L) Ratificación Irlanda (L, W) (W) (L) Ratificación Israel (L, M, W) (W) (L) (M) Ratificación Italia (L, M, W) (L, M, W) Ratificación Jamaica (L, M, W) (W) (L) (M) Ratificación Japón (L, M, W) (L, M, W) Ratificación Kazajistán (M)Consentimiento Kenia (L)Consentimiento Corea del Norte (M)Consentimiento Corea del Sur (W) (W) Ratificación Kuwait (W) (L) (M)Consentimiento Laos (W) (L) (M) (M) (W) (L) Ratificación Líbano (L, M, W) (L, M) (W) Ratificación Libia (W)Consentimiento Lituania (W)Consentimiento Luxemburgo (M, W) (L) (L, M, W) Ratificación Madagascar (W)Consentimiento Mali (M)Consentimiento Mauricio (W) (L) (M) Sucesión de México (L, M, W) (L, M, W) Ratificación Mongolia (M) (M) Ratificación Marruecos (L, M) (W)Consentimiento Birmania (L, M, W) (L, M, W) Ratificación Nepal (M, W) (L) (L) (M) (W) Ratificación Holanda (L, M, W) (L, M, W) Ratificación Nueva Zelanda (L, M, W) (L, M, W) Ratificación Níger (W) (L) (W) Ratificación Nigeria (L)Consentimiento Noruega (L, M, W) (L, M, W) Ratificación Pakistán (L, M, W) (L, M, W) Ratificación Papúa Nueva Guinea (L) (M) (W) Sucesión de Paraguay (L)Consentimiento Perú (W) (M) (L) (W) Ratificación Polonia (L, M, W) (L, M, W) Ratificación Portugal (L)Consentimiento Qatar (W)Consentimiento Rumanía (L, M, W) (L, M, W) Ratificación Rusia (L, M, W) (L, M, W) Ratificación San Vicente y las Granadinas (L) Sucesión de San Marino (W) (L) (M) (W) (M) (L) Ratificación Arabia Saudí (W)Consentimiento Seychelles (L)Consentimiento Sierra Leona (L, M) (W) (M) (W) (L) Ratificación Singapur (L, M, W)Consentimiento Eslovaquia (M, W) (L) Sucesión de Sudáfrica (W) (W) (L) (M) Ratificación España (L) (W)Consentimiento Sri Lanka (L) (L, M, W) Ratificación Suecia (L, M, W) (L, M, W) Ratificación Suiza (L, W) (M) (L, M, W) Ratificación Siria (M)Consentimiento Tailandia (L, M, W) (L) (M) (W) Ratificación Togo (W) (W) Ratificación Tonga (M) (L, W) Sucesión de Túnez (L, W) (M) (L) (M) (W) Ratificación Turquía (L, M, W) (L, M, W) Ratificación Uganda (W)Consentimiento Ucrania (M) (M) Ratificación Emiratos Árabes Unidos (W)Consentimiento Reino Unido (L, M, W) (L, M, W) Ratificación Estados Unidos (L, M, W) (L, M, W) Ratificación Uruguay (W) (M) (W) Ratificación Venezuela (W) (W) Ratificación Vietnam (M)Consentimiento Yemen (M)Consentimiento Zambia (W) (M) (L)Consentimiento

Estados que han firmado y no han ratificado

Bután República Centroafricana Comoras Guinea Ecuatorial Granada Kiribati Liberia Liechtenstein Ruanda Santo Tomé y Príncipe Somalia Sudán del Sur Irán Kosovo

Véase también Colonización de la Luna Colonización de Marte Colonización del espacio Militarización del espacio Apolo 1

Referencias

Bibliografía J. Hickman and E. Dolman. "Resurrecting the Space Age: A State-Centered Commentary on the Outer Space Regime." Comparative Strategy. vol. 21, no. 1, (2002).

Enlaces externos International Institute of Space Law Full text of the "Treaty on Principles Governing the Activities of States in the Exploration and Use of Outer Space, including the Moon and Other Celestial Bodies" in Arabic, Chinese, English, French, Russian, or Spanish Status of International Agreements relating to Activities in Outer Space (list of state parties to treaty), UN Office for Outer Space Affairs The Case for Withdrawing From The 1967 Outer Space Treaty