La ley de quórum calificado es una categoría especial de ley del ordenamiento jurídico chileno, establecida por la Constitución, que versa sobre materias señaladas en el mismo texto constitucional y que requieren para ser aprobadas, modificadas o derogadas de la mayoría absoluta de los diputados y senadores en ejercicio. No pueden ser objeto de delegación de facultades legislativas.
Las materias que la Constitución confía a leyes de cuórum calificado son las siguientes: Reserva o secreto de los actos y resoluciones de los órganos del Estado. Conductas terroristas y su penalidad. Pena de muerte. Delitos y abusos que se cometan en el ejercicio de la libertad de emitir opinión y la de informar. Organización y demás funciones y atribuciones del Consejo Nacional de Televisión. Regulación del ejercicio del derecho a la seguridad social. Autorización del Estado y sus organismos para desarrollar actividades empresariales o participar en ellas. Limitaciones o requisitos para la adquisición del dominio de algunos bienes. Autorización para contratar empréstitos cuyo vencimiento exceda del término de duración del respectivo período presidencial. Indultos generales y amnistías. Derecho a poseer o tener armas u otros elementos similares (control de armas).
Véase también Ley orgánica constitucional Mayoría calificada
Bibliografía
Enlaces externos El Poder Legislativo: la ley, BCN.
Categoría:Derecho constitucional de Chile