El Protocolo de actuación conjunta entre los Centros Emergencia Mujer (CEM) y los Establecimientos de salud (EESS) para la atención a las víctimas de violencia, es un instrumento normativo peruano, aprobado por el Decreto Supremo N°008-2019-SA, que establece la coordinación entre el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (MIMP) y el Ministerio de Salud (MINSA) para brindar atención integral, gratuita y articulada a las víctimas de violencia contra las mujeres, integrantes del grupo familiar y violencia sexual, en cumplimiento de la Ley Nº 30364.
En ese sentido, se plantean una serie de acciones para asegurar una intervención entre dos servicios clave: Centros Emergencia Mujer (CEM) y los Establecimientos de Salud (EE.SS). Los Centros de Emergencia Mujer son servicios públicos que ofrecen atención integral y multidisciplinaria a personas afectadas por violencia de género, brindando apoyo legal, representación judicial y asistencia psicológica. Por su parte, los Establecimientos de Salud comprenden centros de salud públicos, privados o mixtos.
Ruta de acción Se definen dos rutas principales según dónde acuda primero la víctima:
CEM → EE. SS. El Centro de Emergencia Mujer identifica el caso, valora el riesgo y deriva al Establecimiento de Salud El Establecimiento de Salud brinda atención física y psicológica, conserva pruebas y coordina seguimiento con el CEM. EE. SS. → CEM El Establecimiento de Salud detecta signos de violencia y evalúa el riesgo. Informa y coordina con el Centro de Emergencia Mujer para acompañamiento psicológico, legal y social. Se utilizan fichas de valoración del riesgo y notificación del caso.
En ambos casos, la víctima puede rechazar o aceptar la atención, y se realiza seguimiento y acompañamiento permanente.
Casos de violencia sexual En casos de que una víctima sufrió de violencia sexual, puede acercarse tanto al Centro de Emergencia Mujer como un Establecimiento de Salud para poder recibir:
Atención inmediata, confidencial y respetuosa. El kit de emergencia para casos de violencia sexual que contiene la pastilla del día siguiente, antirretrovirales, pruebas ITS, evaluación de embarazo, entre otros insumos. Registro en historia clínica, preservación de pruebas y referencia médica y psicológica.
En casos de embarazo, evaluación integral para determinar riesgo de salud e información sobre el aborto terapéutico en Perú.
Barreras para el cumplimiento del protocolo Un estudio realizado en 2017 por la Defensoría del Pueblo con el apoyo del UNFPA, revela que la atención a víctimas de violencia de género necesita una mayor articulación entre instituciones públicas, y más presupuesto.
El informe concluye que si bien hubo avances en cuanto a normas para proteger a las víctimas de violencia en Perú, la atención que brindan las instituciones públicas no se da de forma integral para garantizar el acceso a la justicia para las mujeres víctimas. El estudio sustenta que en cifrar del 2017, se identificaron cerca de 66 mil víctimas de violencia familiar, es decir, 180 casos al día. Además, 9 de cada 10 de las víctimas fueron mujeres.
Véase también
Centros Emergencia Mujer
Referencias
Categoría:Gobierno de Perú Categoría:Violencia contra las mujeres en Perú