La Junta Provisional Consultiva fue el ente colegiado que asumió del gobierno interino de las provincias de la antigua capitanía general de Guatemala luego de ser declarada la independencia de España el 15 de septiembre de 1821. Este organismo de gobierno comenzó como la segunda diputación provincial de la provincia de Guatemala, que se instaló el 7 de noviembre de 1820; y más tarde, con la declaración de la independencia se elevó a junta gubernativa y se le sumaron nuevos integrantes. Su presidente fue el entonces jefe político superior y capitán general de Guatemala Carlos de Urrutia y Montoya y luego su sucesor interino Gabino Gaínza, quien gobernaba para el momento de la independencia.

Debido a la presión por mensaje del entonces presidente de la regencia del imperio mexicano Agustín de Iturbide, la pronta llegada de la división auxiliar mexicana liderada por Vicente Filísola y que varias provincias, partidos territoriales y ayuntamientos se habían ya unido al imperio mexicano. La junta llamó a los ayuntamientos de la antigua capitanía general a que decidieran si convenía unirse al imperio; y al estar a favor de la anexión la mayoría de los ayuntamientos, el 5 de enero de 1822, la junta acordó la anexión al imperio mexicano. Luego de lo cual, continuaría liderando el territorio hasta su disolución el 21 de febrero de ese año.

Historia Antecedentes

Con la entrada en vigencia de la Constitución española de 1812, la antigua capitanía general de Guatemala fue dividida en dos provincias, la provincia de Guatemala (que incluía las intendencias de San Salvador, Ciudad Real de Chiapas, y Comayagua) y la provincia de Nicaragua-Costa Rica. En cada provincia habría un jefe político superior designado por el rey o el consejo de regencia, ayudado por una diputación provincial, cuyos vocales eran electos en votaciones indirectas y que se encargaba de impulsar el progreso y economía de la provincia.

En la provincia de Guatemala el presidente de la Real Audiencia y capitán general, que en ese entonces era José de Bustamante, pasó a ser el jefe político superior de la provincia. El 2 de septiembre de 1813, se instaló la primera diputación provincial pero entraría en funciones hasta el 3 de octubre de ese año, debido a las dificultades puestas por Bustamante. Esa diputación, ejerció sus labores hasta septiembre de 1814, cuando se disolvió debido a que el rey Fernando VII volvió al absolutismo. Más adelante, se reinstaló, el 13 de julio de 1820, al volver la Constitución con la revolución del Riego; siendo en ese momento jefe político superior Carlos de Urrutia y Montoya.

Segunda diputación provincial de Guatemala miniaturadeimagen|Carlos de Urrutia y Montoya, capitán general, gobernador y presidente de la Real Audiencia de Guatemala de 1818 a 1820, jefe político superior de la provincia de Guatemala de 1820 al 9 de marzo de 1821. Entre agosto y septiembre de 1820 se realizaron, con ciertas demoras, las elecciones para vocales de la segunda diputación provincial y para diputados a las Cortes Generales españolas; los resultados de esos comicios fueron publicados en el periódico El Editor Constitucional, que surgió a partir de una tertulia patriótica en 1820 (asistida por personas que apoyaban el régimen constitucional y que más adelante apoyarían la independencia) y que era editado por el doctor Pedro Molina Mazariegos; específicamente, a partir del número 10 correspondiente al 11 de septiembre de 1820.

Fueron electos como vocales de la diputación: el presbítero José Matías Delgado, por el partido electoral de San Salvador (en la intendencia homónima); presbítero Manuel Antonio de Molina, por el partido electoral de San Miguel (en la intendencia de San Salvador); el licenciado Mariano Beltranena y el abogado Alejandro Díaz Cabeza de Vaca (como suplente), por la ciudad de Guatemala; presbítero José Mariano Calderón, por el corregimiento de Chiquimula; el abogado Antonio Rivera Cabezas, por la alcaldía mayor de Verapaz; el presbítero Mariano Robles y el abogado Marcial Zebadúa (como suplente), por la intendencia de Ciudad Real de Chiapas. Teniendo por secretario a José Domingo Diéguez.

El 7 de noviembre de 1820, se instaló, en el Real Palacio de la Nueva Guatemala de la Asunción, la diputación provincial; contando con la presencia de 3 vocales propietarios (Delgado, Beltranena y Rivera) y 1 suplente (Cabeza de Vaca) que fueron juramentados por el jefe político superior. Lo que fue informado a través del periódico El Editor Constitucional en su publicación del 13 de noviembre de 1820. En su primera sesión, celebrada el 8 de noviembre, entre otras cosas, la diputación estableció que las sesiones se celebrarían a puertas cerradas.

Acuerdos y acciones destacadas de la diputación El periódico El Editor Constitucional, a partir del número 36 del 26 de febrero de 1821, y después de un prólogo titulado Diputación provincial, fue publicando las actas de la diputación; pero, la escasez de páginas del periódico le impedía a Molina publicar las actas conforme le iban llegando. Publicando hasta las de la sesión del 11 de diciembre de 1820 que estaban insertas en la publicación del 21 de mayo de 1821; fuera de lo cual solo publicaría noticias relevantes o actas destacadas de lo actuado por la diputación. En esas actas se observa que cuatro vocales (Delgado, Beltranena, Cabeza de Vaca y Rivera) estaban presentes en Guatemala sesionando con diligencia, bajo la presidencia de Gainza, discutiendo asuntos sobre Guatemala, la intendencia de San Salvador o la de Comayagua, sin mención alguna de asuntos de la intendencia de Ciudad Real de Chiapas o de la provincia de Nicaragua-Costa Rica.

El 10 de noviembre de 1820, el jefe político presentó a la junta la necesidad que tenía la ciudad de la Nueva Guatemala de la Asunción de poseer alumbrado en las calles, por lo que la diputación mandó a traer los antecedentes que habían sobre ese tema.

El 13 de noviembre, se acordó pasar oficio a la Audiencia territorial (la Real Audiencia) y a los jefes políticos subalternos (los intendentes) avisado que había cesa la diputación provisional (la electa en 1813) y se había instalado la constitucional. También se acordó conceder 1000 pesos de comunidades a los indígenas de San Pedro Sacatepéquez para la construcción de su parroquia; y que se le pague a los doctores Mariano de Larrave y Ciriaco Sepúlveda lo adeudo en salario como conservadores de vacuna desde el fallecimiento del doctor Narciso Esparragosa en 1819.

El 15 de noviembre, se nombró como clavero (encargado de las llaves) al vocal Beltranena y se comisionó a Beltranena y Rivera para que se encargasen de la división de partidos electorales, para lo cual se pasó oficio a la audiencia territorial. También se acordó la asignación de fondos que interinamente el ayuntamiento de la Nueva Guatemala había dado al conservado de fluido vacuno (que se usaba para vacunas y de ahí el nombre), y que el salario de 400 pesos del conservador se pague en adelante con 50 pesos dados por el ayuntamiento de esas ciudad y 350 que se pague prorrata por todos los ayuntamientos constitucionales y comunidades indígenas; asimismo, se resolvieron consulta sobre el uso de los fondos propios de los ayuntamientos constitucionales de Choluteca (alcaldía mayor de Tegucigalpa; también hubo una consulta del alcalde mayor de esa jurisdicción sobre el pago de un indígena alguacil del juzgado de letras) y San Alejo (intendencia de San Salvador), y una demostración de los tejedores de la Antigua Guatemala sobre la decadencia de esa industria por la introducción de efectos extranjeros.

El 17 de noviembre, se aprobaron los viáticos para el diputado a Cortes de la alcaldía mayor de Verapaz Francisco García. Por otro lado, el día 20, a moción de Beltranena, y para uniformar la administración de justicia, se acordó cesar en sus atribuciones al tribunal del consulado de comercio, que se encargaba de los juicios comerciales; y el 23, a petición del presbítero Delgado sobre que la elección de diputados a Cortes debía ser en esa ciudad por ser la capital de la provincia, al haber una empate, el jefe político consideró que por el decreto de las Cortes extraordinarias del 23 de mayo de 1812 pueden haber elecciones en capitales que no tengan diputación provincial hasta que no se haga un nuevo arreglo de las provincias.

El 24 de noviembre, se acordó fijar cárteles en lugares públicos para que cualquiera que lo quisiese estableciese una escuela de primeras letras; se aprobó el plano de Juan Bautista Jáuregui para lo construcción de la parroquia de Ojojona (intendencia de Comayagua); se aprobó y se pasó oficio al intendente jefe político subalterno de San Salvador Pedro Barriere acerca del informe de la contaduría de propios y de comunidades sobre la habilitación de utensilios sagrados en Cojutepeque; se acordó que el jefe político tomase las providencias necesarias para precaver la pérdida y deterioro de la librería donada por el doctor Narciso Esparragosa al colegio de cirugía, que según su recién llegado vicedirector Mariano de Larrave todavía no se había entegrado; y se aprobaron los viáticos al diputado a las Cortes Generales por la intendencia de Ciudad Real de Chiapas Fernando Antonio Dávila y que se le diesen también los 1500 pesos que se le adeuban de cuando fue electo en 1814.

El 29 de noviembre, se aprobó dar 2600 pesos de comunidad para la reedificación de la parroquia de Pinula. El 4 de diciembre, se aprobó que se diese necesario para la terminación de la cañería para introducción de agua en Escuintla; se pasó un oficio al cabildo eclesiástico del arzobispado guatemalteco para que informe acerca de como se encontraba el expediente sobre la creación del obispado de San Salvador (algo que le era de interés al vocal y presbítero Delgado, que había sido vicario en la parroquia central de esa ciudad); se acordó que se paguen 400 pesos del fondo de comunidades, que le debían los indígenas, de Ilopango al cura de esas población; y se pasó oficio al arzobispo sobre pedido del subdelegado de San Alejo para que se remueva al párroco de esa población.

El 6 de diciembre, se comisionó al vocal suplente Díaz Cabeza de Vaca a que supervisase la reimpresión de 2000 ejemplares de los decretos de las Cortes y se haga una colección de los más necesarios; y habiendo recibido el informe del deán y el cabildo eclesiástico sobre la creación del obispado de San Salvador, se acordó pasarlo con oficio al arzobispo para que informe lo que estime conveniente ya que así lo exigía una Real cédula sobre el tema. El 9, se acordó que se forme un libro que lleve un índice de todas las leyes y decretos emanados del gobierno español, según lo prevenido en el artículo 17 capítulo 3.ª del reglamento sobre ese tema.

El 11 de diciembre, se aplazó el acuerdo para que se paguen 70 pesos de gastos de escritorio al licenciado Felipe Neri del Barrio por el tiempo que sirvió la secretaría de la junta de vacunas; se acordó que se suspediense el restablecimiento del fiel del almacenes de tabaco hasta que se tenga a la vista el estado pedido a la renta del ramo; se aprobó la asignación de 200 pesos al secretario del ayuntamiento de San Miguel en la intendencia de San Salvador; se acordó por providencia general que se pases oficio a todas las intendencias y ayuntamientos a que remitan los respectivos estados de sus propios municipales; y se pidió a la Audiencia territorial testimonio sobre algunos casos judiciales llevados a cabo por ese alto tribunal.