El derecho Indígena en Costa Rica es el ordenamiento jurídico que rige a las comunidades indígenas en Costa Rica. Debido a sus orígenes en la tradición comunitaria, mantiene un valor predominantemente casuístico, consuetudinario e indiferenciado y difiere del ordenamiento jurídico normativo diferenciado costarricense. Según los datos conocidos, al momento de la entrada en contacto con los colonos europeos, ninguna cultura indígena mesoamericana había sufrido un proceso de diferenciación de sus esferas normativas.

Antecedentes

En Costa Rica, las comunidades indígenas fueron divididas en dos áreas de influencia históricas principales: la mesoamericana y el área intermedia. La primera, principalmente influida por las comunidades indígenas del norte del continente americano (aztecas, mayas...); y la otra, con una influencia más cercana a las culturas sudamericanas.

Área mesoamericana Descripción miniaturadeimagen|Área Mesoamericana El área mesoamericana estaba compuesta por los territorios ubicados en la actual Península de Nicoya y las costas del Golfo de Nicoya. Su principal lengua era el chorotega, hoy extinto, aunque existían grupos que hablaban el nahuatl (común a las comunidades indígenas mexicanas). Su llegada a esta zona se estima se dio cerca del , cuando se cree que hubo dos escenarios posibles: la subyugación de las poblaciones ahí asentadas previamente o su mezcla con estas.

Composición familiar

La sociedad de esta área era principalmente androcrática, pero su organización familiar era de corte cognático matrilineal. Los vínculos familiares eran inmensamente importantes y el matrimonio estaba reservado para todas aquellas personas que no se encontraran ligadas por lazos consanguíneos cognáticos. Asimismo, el incesto era tabú y por ello era casi desconocido.

El sistema matrimonial era de corte monogámico y no existía el divorcio salvo en casos excepcionales (como el adulterio). No obstante, los reyes en ciertas ocasiones tenían acceso a concubinas, que mantenían un rango marcadamente inferior al de la esposa legítima. El cortejo pre-matrimonial era muy tradicional y consistía de diversas etapas:

Petición de mano por parte del padre del pretendiente ante los padres de la pretendida. Aceptación o rechazo de la solicitud. Fijación de la fecha del matrimonio. Celebraciones previas.

Ambos cónyuges recibían de sus padres una dote previo a la ceremonia, que podía consistir de diferentes tipos de riquezas, tales como: tierra, viviendas, alhajas, etc.

La ceremonia matrimonial era presidida por el Rey, quien tomaba a los novios de los dedo meñique y corazón de las manos izquierdas y procedía a llevarlos al recinto designado para estas ceremonias. Una vez en el recinto, pronunciaba la siguiente frase:

Seguido, prendían una astilla de ocote en silencio y esperaban a que esta se consumiera por completo. Una vez pasara esto, se daba por terminada la ceremonia y los esposos se retiraban a su hogar para consumar el matrimonio. Las celebraciones comenzaban el día siguiente, por mientras se mantenía la incertidumbre de la pureza de la mujer. De confirmarse su virginidad, había un gran regocijo en la comunidad y se comenzaba la fiesta. En caso contrario, la mujer era repudiada y devuelta a sus padres y se consideraba nulo el matrimonio recientemente celebrado. No obstante, podía darse un matrimonio con una mujer no-virgen si el marido tenía conocimiento previo de esta situación.

Asimismo, existían pueblos dentro del área mesoamericana donde el Rey ejercía el derecho de pernada, por voluntad general, ya que se consideraba un honor que la virginidad de las mujeres fuera tributada al Rey y por ello a quienes realizaban esta acción se les facilitaba la búsqueda de pareja.

También se conoce que en muchas ocasiones los hombres preferían contraer matrimonio con mujeres que tuvieran una gran experiencia sexual. O inclusive, se sabía de situaciones, como la de los Nicaraos donde mujeres que ejercían la prostitución, congregaban a sus clientes y les solicitaba que le construyeran una casa, repartiendo las responsabilidades entre estos. Una vez terminada, esta elegía a uno para contraer matrimonio, el cual, una vez realizado daba por redimida y se le consideraba como una mujer de buenas costumbres.

La propiedad

La propiedad era principalmente colectiva, no era sujeta al comercio y su distribución se daba principalmente entre familias, de padres a hijos o a falta de estos, a otro parientes. Se conoce de la existencia de ciertos libros de cuero de venado, los cuales se creen que tenían una función similar a la del catastro público actual. No obstante, desde el descubrimiento de uno de estos libros, llamado "el misal chorotega", este se perdió en algún momento y no se conocen otros ejemplares, las teorías existentes son que este fue a parar a una colección privada fuera del país, o fue desechado.

Se cree que la propiedad privada era reservada principalmente a los bienes muebles —y a las personas— y el robo de estos era penado con la devolución de lo robado y con servitud obligatoria, hasta que a consideración de los ofendidos se resarciera el daño. De no darse por resarcido, el hampón podría caer en esclavitud.

La transa de bienes se daba en el mercado de la ciudad, conocido como tianguis, mismo que era reservado a las mujeres y a los hombres jóvenes vírgenes. El papel de esta institución era fundamental en las sociedades del área, por lo que se teoriza que tuvo que existir un sistema normativo de importante complejidad para reglar las transacciones de este lugar. El trueque era importante, pero también se utilizaban las semillas de cacao como moneda. No obstante, como en la actualidad, el fraude existía y había personas que vaciaban el cacao de las semillas y las rellenaban con tierra, acción que era gravemente sancionada.

Asimismo, las comunidades indígenas comerciaban con sus esclavos y también, tenían la posibilidad de vender a sus hijos para el uso en sacrificios.

Los delitos sexuales

Lo delitos sexuales en las comunidades del área mesoamericana eran gravemente penados. El adulterio era sancionado con el repudio, el castigo físico y la expulsión del hogar, aunque este era principalmente centrado en la mujer; no se consideraba tan gravoso el adulterio del hombre. No obstante, también existían diversas celebraciones donde se daban las relaciones sexuales casuales o fruto de la prostitución, las cuales no eran sujetas a ningún tipo de reprobación ni de celos.

Del lado del hombre, se sancionaba de forma importante la bigamia, donde quién lo realizara sufría la pérdida de sus bienes a favor de su mujer y el destierro. La mujer podía casarse de nuevo de no tener hijos con el hombre, o de tenerlos, podía a condición de perder el disfrute de los bienes que le hubiesen sido otorgados al momento de la comprobación de la transgresión.

La violación era penada de forma similar que el robo, donde el hampón era atado a la casa de la ofendida y tenía que resarcir el daño con una cantidad de bienes suficientes, a consideración de la familia. De no lograrlo, caía en esclavitud.

Si un esclavo tenía relaciones con la hija del amo, se les condenaba a ambos a ser enterrados vivos juntos.

Composición política

Las relaciones de poder en las comunidades del área mesoamericanas eran de corte androcrático con una jerarquización importante. La sociedad era presidida por un Rey, llamado mankéme, quién gobernaba de la mano con un consejo de ancianos, llamado Monéxico, conformado de varios ancianos, conocidos como huehues, elegidos de forma mensual. Su rol era vitalicio y la sucesión era dinástico-electiva, donde una vez fallecido el mankéme, se elegia al nuevo monarca entre los familiares del finado.

El poder militar estaba liderado por los galpones, quienes eran los caballeros, capitanes y vasallos principales del mankéme.

El Monéxico se encargaba de discutir asuntos militares y administrativos, aunque no existe claridad sobre si este también se encargaba de asuntos judiciales. No obstante, se conoce que en ciertas comunidades era este el encargado de elegir al Rey, a quién podía derrocar y hasta sentenciar a muerte de considerarlo necesario. También le correspondía elegir a consejeros de la comunidad, quienes eran ancianos de prestigio, quienes ejercían un rol similar a la confesión; según diversos autores castellanos; daban consejos y asignaban penitencias y si alguno revelaba algún detalle de lo tratado o si alguien se entrometía y escuchaba sin permiso, eran gravemente castigados.

Solían realizarse sacrificios humanos y se practicaba la antropofagia ritual, para absorber las virtudes de los enemigos.

Área Intermedia Descripción miniaturadeimagen|Área Intermedia El área Intermedia estaba compuesta por todo el territorio de Costa Rica, excepto los ubicados en la Península de Nicoya y las costas del Golfo de Nicoya. Asimismo se extendía al caribe de Nicaragua, Panamá, Colombia, parte de Venezuela y Ecuador. Sus lenguajes formaban parte de la familia macro-chipcha, de los cuales a la fecha sobreviven algunos. Eran nómadas o seminómadas, por lo que tenían que desplazarse paulatinamente.

Composición familiar

Al igual que en la zona mesoamericana, la familia en esta área era principalmente cognática y matrilineal, y se cree que por esta razón tuvo que existir una gran importancia la práctica del avunculamiento. Las relaciones agnáticas no eran reconocidas, por lo que las relaciones entre familiares paternos no eran vistas con desdén y eran comunes. Se sancionaba con muerte las relaciones incestuosas entre las personas relacionadas cognáticamente y se dividían las familias por clanes, descendientes de una antepasada común. Por esta razón se mantenía un particular rastreo de las relaciones familiares y se hacía que los hombres buscaran pareja en clanes ajenos al propio.

En efecto, se consideraba ventajoso tener hijas por encima de hijos, ya que se acostumbraba la residencia uxorilocal, donde al momento de casarse, los varones se mudaban donde sus suegros. No obstante, cuando este enfermaba, tenía que volver a su casa paterna y de prolongarse demasiado la mujer podía rechazarlo e impedir que volviese al lecho conyugal.

Las relaciones matrimoniales eran sindiásmicas, con algunos casos de matrimonios monogámicos. Existían relaciones poligámicas, pero eran más comunes en los estratos superiores de la sociedad que en los inferiores, aunque no exclusivas. En bribri, la palabra de matrimonio era betsuk, que significa "manos unidas", por lo que se ha teorizado que la ceremonia matrimonial era de inmensa simpleza. No se le daba mayor importancia a la virginidad de las mujeres, por lo que es posible que existiera una mayor libertad sexual que en el área intermedia. La mujer tenía una posición equivalente o superior a la del hombre dentro del hogar y, en caso de darse infidelidad o indebida crueldad, la pareja podía separarse de forma temporal o permanente.

Existían las relaciones sexuales homosexuales, las cuales no se recibían con mayor rechazo ni discriminación. En caso de adulterio se podía matar al adúltero.

La propiedad

La propiedad en la zona intermedia era muy similar con la propiedad de la zona mesoamericana, donde existía una colectivización de la tierra y se reservaba la propiedad privada a los bienes muebles. No se conocen casos de mercados, aunque hay vestigios de instalaciones que pudieron haber servido esta función.

Composición política miniaturadeimagen|Esferas de Piedra, símbolo de la zona intermedia. La política en el área Intermedia era presidida por un rey, quién mantenía un sistema dinástico matrilineal. No obstante, existen indicios de sistemas patrilineales, y electivos, como en el área mesoamericana. Asimismo, si bien, en general, debido al sistema androcrático el rey solía ser varón, se conoce un caso en el cual la monarca era una mujer, situación que causó un gran impacto en los colonos españoles.