La Ley de identidad de género o Ley N° 807 es una ley boliviana aprobada por la Asamblea Legislativa Plurinacional de Bolivia, promulgada el 21 de mayo de 2016 por el vicepresidente boliviano Álvaro García Linera y publicada dos días después en la Gaceta Oficial del Estado Plurinacional de Bolivia, cuyo objetivo es garantizar la identidad de género de personas transexuales y transgénero al permitir el cambio de nombre propio, dato de sexo e imagen en toda documentación pública y privada.
Historia El anteproyecto de ley fue promovido por organizaciones que luchan por los derechos LGBT+, como IGUAL, Trans Red Bolivia (Red TREBOL) y la Organización de Travestis, Transgéneros y Transexuales Femeninas de Bolivia (OTRAF Bolivia) y por activistas, como Tamara Nunez del Prado, Raiza Torreani, Laura Libertad Alvarez y Pamela Valenzuela.
Gracias a la aprobación de la ley, las personas trans obtuvieron inicialmente el derecho al matrimonio y la adopción. El primer matrimonio de una persona trans en Bolivia tuvo lugar el 30 de diciembre de 2016 y tuvo como protagonista a la activista Luna Sharlotte. El junio de 2017, el Tribunal Supremo Electoral emitió el instructivo TSE-PRES-015/2017 al Servicio de Registro Civil (SERECI), en el que confirmó que las personas trans podían acceder al derecho al matrimonio a nivel nacional con el solo requerimiento de presentar el documento que acreditara su cambio de sexo.
En marzo del 2019 el Servicio de Registro Civil (SERECI) publicó que hasta la fecha se habían realizado 270 procedimientos de solicitud de cambio de identidad, la mayoría de expedientes en La Paz, Santa Cruz de la Sierra y Cochabamba.
Sentencia 0076/2017 El 13 de octubre de 2016, grupos fundamentalistas cristianos y diputados de la Asamblea Legislativa Plurinacional interpusieron una acción de inconstitucionalidad abstracta contra la Ley de identidad de género. El 9 de noviembre de 2017, el Tribunal Constitucional Plurinacional emitió la Sentencia Constitucional N° 0076/2017 que determinó la inconstitucionalidad del párrafo II del artículo 11 (Efectos) de la Ley de Identidad de Género, en la frase «... permitirá a la persona ejercer todos los derechos fundamentales, políticos, laborales, civiles, económicos y sociales...».
A raíz de este dictamen, los grupos promotores de la ley iniciaron una huelga de hambre en las instalaciones de la Defensoría del Pueblo. La acción duró 9 días y dio como resultado el auto constitucional aclaratorio N.º 0028/2017 en el que el Tribunal garantizó el reconocimiento del derecho a la identidad de las personas trans en base al género asumido. Sin embargo, no se reparó la suspensión de algunos derechos reconocidos en la Ley N° 807, como son: el matrimonio, la adopción y la paridad en procesos de participación política. La aclaración del Tribunal también confirmó que las personas trans que contrajeron matrimonio antes de la publicación de la sentencia 0076/2017, mantendrían sus matrimonios como válidos.
Véase también Historia LGBT en Bolivia
Referencias
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