miniaturadeimagen|Sierra de Santiago de Lóquiz. En rojo, facería nº 25. Santiago de Lóquiz; en verde, facería nº 26 La Junta de la Sierra de Santiago de Lóquiz está formada por los pueblos de Améscoa Alta (Larraona, Aranarache y Eulate), Améscoa Baja (Ecala, San Martín, Zudaire, Baríndano, Baquedano, Gollano y Artaza), Valle de Allín (Galdeano, Muneta y Aramendia), Distrito de Metaute (Ganuza, Ollabarren, Ollogoyen y Metaute), Valle de EgaEl Valle del Ega, o Valdega, fue hasta 1847 una unidad administrativo que, en ese año quedó distribuida entre varios municipios: Murierta, Ancín (con los concejos de Ancín y Medilibarri), Oco, Etayo, Albáigar, Legaria y Olejua: (Murieta, Mendiliberri y Ancín); y del Valle de Lana (Viloria, Ulibarri, Narcué, Gastiáin y Galbarra).
La JuntaDurante la Edad Media es frecuente la denoninación de Universidad de la Sierra de Santiago de Lóquiz (, passim), así se denomina en la reformación de 1587 (ibid., 36-37). Las Ordenanzas actuales (1961), se encabezan con el título "Ordenanzas de la Sierra de Santiago de Lóquiz". es titular de la facería nº 25, la Sierra de Santiago de Lóquiz, de una extensión de 3.372 ha; y de la facería nº 26, de 256 ha, a la que tiene también derecho de goce de hierbas la villa de Contrasta (concejo del valle Arana, en Álava). Además, entre el 29 de septiembre (día de san Miguel) y el 6 de diciembre (san Nicolás); la mancomunidad tiene también derecho de pastos sobre una porción de los montes comunales de los pueblos congozantes,Dicese en Navarra de las entidades que gozan de los derechos de uso y usufructo de las Bardenas, y por extensión se utilzia también en los pueblso que gozan de modo conjunto de una facería: vid. en Wikcionario denominados Limitaciones de Lóquiz.
Sin formar parte de la Mancomunidad, los pueblos de Legaria, Oco y Etayo, tienen derecho a los aprovechamientos de una zona de la Sierra de Santiago de Lóquiz, denominada Sarza (en euskera, Sartza) la Baja.
La facería de Santiago de Lóquiz Los pueblos que forman la mancomunidad de Santiago de Lóquiz son congozantes de dos facerías:
La facería n.º 25 de la Sierra de Santiago de Lóquiz, tiene una extensión de 3.372,27 ha y ocupa una gran parte de la Sierra de ese nombre. incluyendo tres zonas contiguas: 1) una banda relativamente estrecha al norte que se extiende de este a oeste, dejando la Améscoa Alta al norte y al sur el valle de Lana; 2) otra zona que se sitúa al oeste de esa primera zona, extendiéndose hacia el sur, dejando al oeste el valle de Lana y al este la Améscoa Baja y el Valle de Allín; 3), por último, otra zona de menor dimensión al noreste del resto de la facería al que se une por un espacio, a modo de istmo de unos 25 m de ancho. En la parte sur de la segunda zona, pero dentro de ella, se sitúa el paraje de la Sarza (o Sartza) la Baja, en la que tienen derecho de pastos los pueblos de Lecaria, Oco y Etayo, Esta facería nº 25 queda ampliada, entre el 29 de septiembre (día de san Miguel) al 6 de diciembre (san Nicolás), por los comunales de los pueblos que la rodean, en lo que se denomina, las Limitaciones de Lóquiz
La facería nº 26, con una extensión de 2,75 ha, se sitúa al oeste de la Sierra de Santiago de Lóquiz, de ella son congozantes los pueblos de la Junta de Santiago de Lóquiz u y la villa de Contrasta (Álava).
El conjunto de ambas facerías componen el núcleo central del Lugar de Interés Natural de la Sierra de Santiago de Lóquiz.
Historia La existencia de la Junta queda documentada por una sentencia compromisal, denominada Apeo General y Limitaciones de la Sierra de Santiago de Lóquiz, realizado el 4 de marzo de 1357, en el que constan ya los veinticinco pueblos congozantes; la sentencia fue ratificada en 1542, y se conserva en el archivo del Ayuntamiento de Améscoa Baja, en Zudaire. Tal como recoge el apeo, el gozo en común no es algo nuevo, que se inicie en ese momento, la novedad consiste en su reflejo documental para evitar las contiendas y discusiones que ese goce venía produciendo.
El apeo delimita la zona en común de esos veinticinco pueblos distinguiéndola del comunal de cada uno de ellos; hechas esas limitaciones en la zona así delimitada todos los pueblos tienes derecho talar árboles, recoger el fruto, yerbas y aguas. Se establece que cada una de las cinco comarcas en las que se distribuyen los pueblos congozantes, pondrán un costiero o guarda para los montes. y se instituye una Junta para la administración de Lóquiz, formada por dos representantes de cada una de las cinco comarcas; de ahí el nombre de dieces con que se conocieron los miembros de la Junta., 419-420.
En 1587 se acordó una «reformación»Así la denomina el escrito en que se refleja el acuerdo de la Junta del 6 de octubre de 1587. del modo en que los vecinos gozarían de la Sierra, una reglamentación que con pocos cambios estuvo vigente hasta el . Aunque no se dispone de la escritura original, que debía estar datada el 6 de octubre de ese año, se conserva una transcripción del 7 de junio de 1756, aportada a un pleito en que estuvo envuelta la Junta. La nueva reglamentación mantiene la composición de la Junta de los dieces, y la existencia de los cinco guardas; incluye sin embargo algunas novedades, entre ellas un cuerpo de diez contadores, que posiblemente ya sea había introducido años antes en el funcionamiento de la Junta. La reformación regula además las elecciones de los dieces, de modo que la junta de cada valle elija anualmente, el domingo anterior a san Miguel, los dos dieces que le corresponden, nombrándolos por turno de los pueblos del valla; en la elección no participan ni los dieces salientes, ni el pueblo al que debía pertenecer cada uno de los nuevos dieces. Del mismo modo se eligen los contadores, que actúan como auditores de las cuentas. La reformación ponía límite a los gastos que podía hace la junta en los abundantes pleitos que se entablaban, y regula con cierto detalle el modo en que los vecinos de los pueblos congozantes podían hacer uso de los derechos de corta de arbolado, y aprovechamiento de pastos., 22-26.
El derecho de la villa de Contrasta, de Álava al disfrute, junto con los veinticinco congozantes navarros, de una zona al oeste de la Sierra de Santiago de Lóquiz,Facería nº 26. fue reconocida por sentencia arbitral el 13 de febrero de 1540, en ella, además, se obligaba a la Junta a indemnizar a la villa alavesa, posiblemente por haberse opuesto a ese disfrute. El resultado de la venta del arbolado de la facería viene repartiéndose entre Contrasta y la Junta de Santiago de Lóquiz,Las Ordenanzas de 1895 establece que Contrasta reciba la cuarta parte del importe de la venta. A partir de 1912, el reparto de la vneta lo resaliza la Diputación. mientras que el derecho de las hierbas es común para unos y otros. También en el quedó confirmado por varias sentencias judiciales los derechos de los vecinos de Legaria, Oco y Etayo (los tres del valle de Allín) al usufructo de Sarza la Baja, en la parte meridional de la Sierra de Santiago de Lóquiz; pero sin que eso supusiese su integración en la mancomunidad. Congozantes de la Sierra de Santiago de Lóquiz(el nº y letra detrás del nombre los identifica en la mapa)+VallesMunicipiosPueblos con representantes en la JuntaAméscoa AltaHasta el siglo XVI, el conjunto de esos tres pueblos se conoce como valle de Arana (o Harana), el mismo término con el que se denominabar, y se denomina, la continuación del valle hacia el oese, en tierras de Álava: Luciano Lapuente Martínez, "Las Améscoas. Puntualizaciones sobre el contenido geográfico de los nombres Ámescoa y Arana", Príncipe de Viana, , Año nº 38, Nº 148-149, 1977, págs. 477-492Larraona (1)LarraonaAranarache (2)AranaracheEulate (3)EulateAméscoa BajaAméscoa Baja (4)Ecala, San Martín, Zudaire, Baríndano, Baquedano, Gollano y ArtazaValle de AllínAllín (5)Galdeano, Muneta y AramendiaDistrito de Metaute (6)Ganuza, Ollabarren, Ollogoyen y MetauteValle de EgaMurieta (7)MurietaAncín (8)Ancín y MendiliberriValle de LanaLana (9)Viloria, Ulibarri, Narcué, Gastiáin y Galbarra.Legaria (A), Oco (B) y Etayo (C) -los tres del valle de Ega- no participan en la Junta, pero tienen derechos a los aprovechamiento de Sarza la Baja, no del resto de la Sierra
Junta de la Sierra
Hasta el , tal como recoge el Diccionario de Madoz,"Lóquiz (Santiafo de)," en Pascual Madoz, DIccionario Geográfico-Estadístico-Histórico, vol. X, 1847 el gobierno de la Mancomunidad correspondía a la Junta de los Dieces, en cuya presidencia, en virtud de una escritura de transacción, se turnaban anualmente los alcaldes de Eulate y del valle de Lana. En 1895 se aprueban las primeras Ordenanzas para la administración de la Sierra,, 459-460 en ellas se reduce el número de miembros de la Junta que pasa de diez a cinco, uno por cada uno de los valles. que ejercen su cargo por dos años, renovándose dos al transcurrir un año, y otros tres al siguiente; los representantes los eligen los ayuntamientos de cada valle, excepto el del valle de Allín que lo realizan los alcaldes de barrio junto con el mayor contribuyente de cada pueblo; la presidencia rota cada año entre los representantes de los valles. La Junta cuenta también con cinco comisionados para asuntos económicos, uno por cada valle, elegidos del mismo modo que los miembros de la Junta. La Junta nombra también a un secretario, un depositario, un guarda y un ermitaño, encargado este del cuidado de la basílica de Santiago de Lóquiz. La Junta celebra cinco sesiones ordinarias en la ermita de Santiago de Lóquiz, los días 22 de enero, 22 de abril, 25 de julio, 29 de septiembre y 28 de octubre.
Las Ordenanzas de 1895 preveían su revisión y posible modificación cada cinco años; los cambios que se realizaron fueron menores hasta 1936, pues ese año se modifica la composición de la Junta que pasa a estar compuesta por 25 miembros, uno por cada uno de los pueblos congozantes, que son elegidos por los respectivos pueblos reunidos en concejo, también en el caso de que el pueblo disponga de Ayuntamiento o Junta concejil; estas elecciones se hacen antes del día san Miguel, fecha en la que se constituye la Junta y en el que, bajo la presidencia del representante de mayor edad, se procede a la elección del presidente; ésta elección puede recaer en cualquier vecino que reúna méritos extraordinarios, y en este caso la Junta pasa a tener 26 miembros. Se reduce el número de sesiones ordinarias de la Junta que pasan a ser solo cuatro, unificándose en la que se celebrará el 15 de febrero, las previstas antes par enero y abril. En una modificación de las Ordenanzas aprobada en 1943 se preveía que la Junta tuviese 28 miembros, incluyendo representantes de Legaria, Oco y Etayo, aunque estos solo interviniesen en los asuntos referentes a Sarza la Baja. Sin embargo, esa novedad no fue aceptada, y se eliminó en las ordenanzas de 1946., 462-467.
Desde esa revisión de la ordenanzas, las modificaciones introducidas, en lo que respecta a la composición de la Junta, son de carácter menor. En las ordenanzas de 1961 se establece que las sesiones de la Junta de febrero y octubre se celebren en la Casa-Ayuntamiento de Estella, manteniéndose las de julio y septiembre en la ermita. En 2020 se modifica los mandatos de los representantes de cada población y del presidente de la Junta, haciendo que se correspondan con los previstos en la legislación para los miembros de los Ayuntamientos y Concejos; y se prevén dos sesiones ordinarias de la Junta, una en febrero, que se celebrará en el salón de plenos del Ayuntamiento o Concejo que ejerza la secretaría de la Junta; y otra en septiembre, en la ermita de Santiago.Orden Foral 261/2001, de 30 de noviembre, del Consejero de Administración Local, por el que se aprueba definitivamente el expediente de modificación de las Ordenanzas de la Sierra de Santiago de Lóquiz.
Ermita de Santiago de Lóquiz izquierda|miniaturadeimagen|Basílica de Santiago de Lóquiz