thumb|Vista de Bayona en 1760. La Asamblea de Bayona, oficialmente Junta Nacional, fue una reunión de 91 notables españoles celebrada en junio de 1808 en Bayona (Francia), convocados por el emperador de los franceses Napoleón Bonaparte, quien a principios de mayo había conseguido que Carlos IV y Fernando VII le cedieran sus derechos de la Corona española en las abdicaciones de Bayona.

El objetivo principal de la Asamblea era aprobar la llamada Constitución de Bayona, que sería la ley fundamental que regiría el reinado de José I de España, hermano mayor del emperador, que fue quien lo designó y nombró. La Asamblea y lo aprobado por ella no fue reconocido por los españoles «patriotas» que se opusieron al «rey intruso» José Bonaparte y proclamaron como su verdadero rey a Fernando VII, cautivo en Valençay, a pesar de que este sí que consideró a José I como su legítimo soberano.

Convocatoria

thumb|Napoleón I, emperador de los franceses. El 25 de mayo de 1808 Napoleón hizo pública una proclama «a los españoles» en la que les comunicaba que contaba con «todos los derechos» a la corona española y que había «mandado convocar una asamblea general de diputaciones de las provincias y de las ciudades» para conocer por sí mismo cuáles eran «vuestros deseos y cuáles vuestras necesidades». Una vez convocada esta «asamblea general», Napoleón anunciaba que entonces cedería «todos» sus derechos y colocaría la «gloriosa» corona de España «en las sienes de otro yo mismo [cuyo nombre no desvelaba], garantizándoos una constitución que concilie la santa y saludable autoridad del soberano con las libertades y privilegios del pueblo». Napoleón se presentaba como el «regenerador» de la monarquía española:

La Junta de Gobierno, que Fernando VII había nombrado tras su marcha de Madrid para ir al encuentro de Napoleón y que ahora presidía el mariscal Joachim Murat, lugarteniente en España del emperador, fue la encargada de regular el procedimiento de la elección de los diputados que acudirían a la que sería conocida como «Asamblea de Bayona» ―el término tradicional de Cortes fue descartado―. La fórmula había sido acordada por una comisión integrada por miembros de la Junta de Gobierno y del Consejo de Castilla y por presiones francesas se había adoptado un sistema híbrido entre el sistema tradicional estamental y el corporativo napoleónico: serían elegidas ciento cincuenta personas pertenecientes a la nobleza, al clero y a las ciudades con voto en Cortes, más representantes de las provincias aforadas (Vascongadas y Navarra) y de las instituciones militares y económicas, además de las universidades. Además se reservaban quince puestos a «personas ilustradas» y seis a las «provincias ultramarinas» ―que serían ocupados por residentes en España debido a la premura de la convocatoria―.

A su vez, tras redactarse la convocatoria para la asamblea, la Junta de Gobierno de Madrid reconoció la conveniencia de que las Indias (América y Filipinas) pudiesen tener representación dentro de está, por lo que en la Gaceta de Madrid del 24 de mayo se designarían a los siguientes americanos para venir a Bayona: Para La Habana, el marqués de San Felipe y Santiago; para Nueva España, José Joaquín del Moral (canónigo de la catedral de México); para Perú, Tadeo Bravo y Rivera; para Buenos Aires, León Altolaguirre; para Guatemala, Francisco Antonio Zea; para Santa Fe de Bogotá, Ignacio Sánchez Tejada. Sin embargo, José Ramón Milá de la Roca y Nicolás Herrera reemplazarían al diputado de Buenos Aires, mientras que José Hipólito Odoardo y Grandpré se agregaría como representante de Caracas, a su vez que Agustín Leocadio de Landáburu reemplazaría al diputado de Perú. Pese a ello, los representantes de Perú y de La Habana no lograrían acudir, y algunos terminarían sumándose a las filas de las Cortes de Cádiz posteriormente. Por otra parte, ni uno de ellos fue democráticamente elegido ni se presentó algún procedimiento para su elección, solo que fueran americanos residentes en la Penínsulas (pues no hubo tiempo de espera para hacer algo más adecuado). Además, casi todos habían sido reformistas ilustrados durante la regencia de Carlos III (por lo que no eran creyentes de la monarquía absoluta por derecho divino, pero tampoco fanáticos de la Revolución francesa que era percibida como una barbarie anárquica y violenta). Por otra parte, el Consejo de Indias (bajo representación nominal de Francisco Amorós), propuso que se agregaran dos diputados más en Asamblea para que se represente a la Capitanía General de Yucatán y la Real Audiencia del Cuzco.Domínguez Nafría, Juan C.: La América española y Napoleón en el Estatuto de Bayona

Sin embargo la generalización de la rebelión antifrancesa por toda España, que el manifiesto de Napoleón no consiguió aplacar, impidió que el proceso se realizara con normalidad y hasta una treintena de diputados serían nombrados directamente por Murat. La composición teórica de la Asamblea de Bayona quedó así: 48 diputados eclesiásticos, de los cuales 20 curas-párrocos; 51 de la nobleza, que incluían 9 diputados del Ejército y de la Marina; y 49 del «brazo popular», casi la mitad de los cuales correspondientes a las ciudades con derecho a voto en las Cortes, más 8 diputados de las provincias aforadas e insulares, 14 de las Cámaras de Comercio y 3 de las universidades. Al final, de los 148, solo llegarían a Bayona 91, entre otras razones porque algunos de ellos fueron detenidos por los «insurgentes» y obligados a regresar a sus lugares de origen. «En suma, una Asamblea compuesta por individuos caracterizados de las elites políticas, económicas y culturales. Algunos de ellos asistieron plenamente convencidos porque habían asumido el discurso napoleónico de la regeneración del país. Pero el hecho de que la mayoría acabara a corto plazo, y, sobre todo, después de la batalla de Bailén, por alimentar las filas de la resistencia o la inhibición, nos lleva a un complejo marco de motivaciones y actitudes…».

El 3 de junio de 1808 la Junta de Gobierno hizo pública la siguiente proclama en apoyo del cambio de dinastía, legitimando las abdicaciones de Bayona:

Proclamación de José I como rey de España thumb|Retrato de José I por Joseph Flaugier (Museo Nacional de Arte de Cataluña, 1809).

Cuando los diputados llegaron a Bayona conocieron que el 4 de junio Napoleón había firmado un decreto en el que proclamaba «a nuestro muy amado hermano José Napoleón» «rey de las Españas y de las Indias». En el decreto se decía: «La Junta de Estado y el Consejo de Castilla, la villa de Madrid..., habiéndome hecho conocer por mensajes que el bien de España exigía que se pusiese un rápido fin al interregno, hemos decidido proclamar, como proclamamos por la presente, a nuestro bien amado hermano José Napoleón, actualmente rey de Nápoles y Sicilia, rey de las Españas y de las Indias». Según Ángel Bahamonde y Jesús A. Martínez, «resulta indudable que [el decreto] formaba parte de una estrategia napoleónica de integrar en el sistema imperial la península Ibérica, traspasando a España el modelo familiar ya ensayado en otros territorios europeos que asociaba la estabilidad imperial a una endogamia familiar de testas coronadas».

El decreto de Napoleón del 4 de junio de 1808 garantizaba «al rey de las Españas la independencia y la integridad de sus Estados, sea de Europa, sea de África, sea de América». Así, la entrada en Bayona de José Bonaparte, acompañado de su hermano que había salido a su encuentro, que tuvo lugar el 6 de junio ―el 7 de junio, según Lentz―, se hizo con la solemnidad que le correspondía al nuevo rey de España ―las tropas le rindieron honores, sonaron las campanas de las iglesias y se dispararon salvas de artillería, mientras el gentío lo aclamaba a él y al emperador―. Un periódico francés cuando dio la noticia de la proclamación de José Bonaparte como rey de España comentó:

El 8 de junio los veintiséis diputados que ya habían llegado a Bayona ―a quienes el rey José les había dicho el día de su llegada: «Nos proponemos reinar para el bien de los españoles y no para el nuestro»― hicieron pública una proclama dirigida a los «Amados españoles, dignos compatriotas» a favor del nuevo rey José I, «cuyas virtudes son admirables por sus actuales vasallos». En la proclama aseguraban que el rey, «conociendo vuestro carácter fiel y religioso, desea no interrumpir vuestro fervoroso celo y os promete que mantendréis, a imitación de vuestros mayores, nuestra santa religión Católica en toda su pureza, y que será la dominante y única, como hasta aquí, en todo nuestros reinos». Pero la proclama incluía también una exhortación a los «propietarios ricos y acomodados», a los «labradores honrados», a los «artesanos aplicados», a los «comerciantes y fabricantes industriosos» y a los «ciudadanos de todas clases que tenéis un pasado honesto» a que no se dejasen arrastrar por «los que excitan inquietudes entre vosotros», recordándoles que «la anarquía es el mayor azote que Dios envía a los pueblos; durante ella la libertad y el desenfreno saquean, queman, talan, cometen toda especie de desórdenes; los hombres de bien son ordinariamente sus más seguras víctimas». Uno de los párrafos de la proclama decía lo siguiente:

Desarrollo thumb|Miguel José de Azanza, fue nombrado presidente de la Asamblea por expreso deseo del emperador Napoleón Bonaparte. Sin esperar a que llegaran todos los convocados, el 15 de junio inauguró sus sesiones la «asamblea de Bayona» ―conocida también como «Junta de Notables de España»― bajo la presidencia, por expreso deseo de Napoleón, de Miguel José de Azanza, que había sido ministro y virrey de Nueva España. Actuaron como secretarios Mariano Luis de Urquijo y Antonio Ranz Romanillos, también nombrados por Napoleón. Estuvieron presentes 65 de los 150 diputados previstos. En esa primera sesión se dio lectura a la circular del Consejo de Castilla por la que se ordenaba publicar en España el decreto de Napoleón del 4 de junio en el que se proclamaba «rey de España y de las Indias» «a su amado rey José». Al día siguiente la Asamblea cumplimentó al nuevo rey y Azanza pronunció el discurso que habían aprobado los presentes, en el que entre otras cosas dijo:

José Bonaparte respondió en castellano haciendo un llamamiento a la unión y a la concordia de los españoles bajo su cetro dirigido sobre todo a las «provincias» en situación de rebeldía. «Discurso que evidentemente fue sugerido por Napoleón», según Juan Mercader Riba. En efecto, Napoleón le había escrito el 16 de junio: «Prepara tu respuesta. Tienes que hablar de la tristeza que los recientes acontecimientos en España te han causado; de tu pena de que haya sido necesario usar la fuerza para llegar a una conclusión que podría haberse alcanzado por la razón y la discusión exclusivamente. Cuéntales tu deseo de estar entre tus súbditos para reconciliar a todas las facciones y para comenzar tu reinado con actos de perdón y de clemencia. Estarás bien asesorado para hacer tu discurso bastante largo y elaborado».

Hasta el 30 de junio, día en que cerró sus sesiones con la presencia de 91 diputados, la «Asamblea de Bayona» se ocupó de la discusión y aprobación de la «Nueva Constitución que ha de regir en España e Indias». En la redacción del proyecto de Constitución había tenido una intervención destacada el jurista Antonio Ranz Romanillos ―secretario de la Asamblea y que sería nombrado consejero de Estado por José I, pero que tras la batalla de Bailén se pasaría al bando «patriota», participando asimismo en la elaboración del proyecto de la Constitución de Cádiz―. «Conocedor como nadie de las constituciones de la República francesa, él fue el alma de la nueva Constitución española», ha afirmado Manuel Moreno Alonso.