miniatura|El lince ibérico cuenta con el Programa LIFE-Lince, para llevar acciones que eviten la extinción de esta especie en grave peligro.

La política medioambiental de la Unión Europea es un ámbito en el que dicha organización tiene competencias. La Unión cuenta con una de las legislaciones climáticas y medioambientales más estrictas del mundo, la cual se introdujo después de estar varias décadas estudiando los principales problemas medioambientales existentes en la Unión. Las actividades prioritarias en relación con el medio ambiente se enfocan en la lucha contra el cambio climático (leyes sobre emisiones y estrategia energética comunitaria), mantener la biodiversidad (Red Natura 2000, Lugares de Importancia Comunitaria (LIC), Zonas Especiales de Conservación, etc), reducir los problemas de salud derivados de la contaminación y el uso de los recursos naturales de manera más responsable. De esta forma, lo que se persigue con estas políticas es la protección del medio natural, de una manera que se contribuya al crecimiento económico, impulsando la innovación y la empresa. La Unión Europea ha puesto en marcha a través de un libro de medidas, un paquete ambicioso que marque su propio liderazgo en la preparación para un acuerdo mundial. En ese sentido, se ha convertido en la primera potencia mundial que adopta objetivos jurídicos vinculantes de tal alcance en materia de clima y energía.

Marco básico de la política medioambiental de la Unión EuropeaLos programas de acción en materia de medio ambiente Estrategias horizontales Cooperación internacional en materia de medio ambiente Evaluación de impacto ambiental y participación pública Aplicación, cumplimiento y seguimiento

Según las instituciones comunitarias, su política medioambiental se basa en “los principios de cautela, prevención, corrección de la contaminación en su fuente y «quien contamina paga»”. En este sentido los programas plurianuales en materia de medioambiental fijan el marco de acción en todos los ámbitos políticos relativos que luego se integran en estrategias horizontales y se tienen en cuenta en las negociaciones internacionales relacionadas.

Esta política europea se remonta 1972 cuando el Consejo Europeo (tras la Cumbre de la Tierra de Estocolmo) reconoció la necesidad de establecer una política medioambiental que acompañara la expansión económica. Ya en 1987, mediante el Acta Única Europea, se introdujo un título sobre medio ambiente, que constituyó la primera base jurídica para una política común en la materia, con el objetivo de proteger la salud humana y garantizar la adecuada gestión de los recursos naturales. Posteriormente con el Tratado de Maastricht, el ámbito medioambiental se convirtió en un ámbito oficial de la política comunitaria, se introdujo el procedimiento de codecisión y el Consejo institunializó la votación por mayoría cualificada. En 1999 el Tratado de Ámsterdam integró la obligación de integrar la protección medioambiental en todas las políticas de la UE para promover el desarrollo sostenible. Con el Tratado de Lisboa, la «lucha contra el cambio climático» pasó a ser un objetivo comunitario específico en las relaciones con terceros países, al igual que el desarrollo sostenible.

Una acción destacada dentro de esta política medioambiental es la red Natura 2000, una red ecológica europea de áreas de conservación de la biodiversidad. Consta de Zonas Especiales de Conservación designadas de acuerdo con la Directiva Hábitat, así como de Zonas de Especial Protección para las Aves (ZEPA) establecidas en virtud de la Directiva de Aves. Su finalidad es asegurar la supervivencia a largo plazo de las especies y los hábitats más amenazados de Europa, contribuyendo a detener la pérdida de biodiversidad ocasionada por el impacto adverso de las actividades humanas. Es el principal instrumento para la conservación de la naturaleza en la Unión Europea.

La UE cuenta además con la Agencia Europea de Medio Ambiente (AEMA), que tiene por misión facilitar a la UE y a los países miembros la toma de decisiones sobre la mejora del medio ambiente, y coordinar la Red europea de información y observación del medio ambiente.

Antecedentes

Historia

La política europea en materia de medio ambiente se remonta 1972 cuando el Consejo Europeo (tras la Cumbre de la Tierra de Estocolmo) reconoció la necesidad de establecer una política medioambiental que acompañara la expansión económica. Ya en 1987, mediante el Acta Única Europea, se introdujo un título sobre medio ambiente, que constituyó la primera base jurídica para una política común en la materia, con el objetivo de proteger la salud humana y garantizar la adecuada gestión de los recursos naturales. Posteriormente con el Tratado de Maastricht, el ámbito medioambiental se convirtió en un ámbito oficial de la política comunitaria, se introdujo el procedimiento de codecisión y el Consejo institunializó la votación por mayoría cualificada. En 1999 el Tratado de Ámsterdam integró la obligación de integrar la protección medioambiental en todas las políticas de la UE para promover el desarrollo sostenible. Con el Tratado de Lisboa, la «lucha contra el cambio climático» pasó a ser un objetivo comunitario específico en las relaciones con terceros países, al igual que el desarrollo sostenible.

Además, la integración de consideraciones medioambientales en otros ámbitos políticos de la UE —aspecto que apareció por primera vez a raíz de una iniciativa del Consejo Europeo de Cardiff (1998)— ha pasado a ser un concepto en las políticas europeas. La primera estrategia de desarrollo sostenible en la Unión Europea se realizó en 2001, y posteriormente se actualizó en 2006, ya que se quería mejorar las deficiencias derivadas de los nuevos retos. Esta política se centra fundamentalmente en el cambio climático, en la política energética, así como en la educación, la investigación y la financiación pública para conseguir instalar patrones sostenibles de producción y consumo. Actividades de la Unión Europea. Medio ambiente. europa.eu.

Base jurídica

Según los artículos 11 y 191 a 193 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE), esta organización es competente para actuar en los ámbitos de la política medioambiental, aunque su ámbito de actuación se ve limitado por el principio de subsidiariedad. También sus competencias se ven limitadas por el requisito de unanimidad en el Consejo en varios ámbitos como asuntos fiscales, gestión cuantitativa de los recursos hídricos, elección de fuentes de energía, utilización del suelo y estructura del abastecimiento energético.

Principios generales

Principio de precaución

Principio de «quien contamina paga»

Principio de Integración Ambiental en las políticas europeas

Directivas Directiva de Aves

Directiva de Eficiencia Energética

Directiva de eficiencia energética en edificios

Directiva Hábitats

Directiva marco del agua

Directiva de Prevención y Control Integrado de la Contaminación

Directiva sobre Diseño Ecológico

Agencia Europea de Medio Ambiente

Programa LIFE

Véase también Programa Europeo sobre el Cambio Climático

Referencias

Enlaces externos • EFE Verde: contenido etiquetado con UE

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