La carta constitucional del 14 de agosto de 1830 es la Constitución que funda la Monarquía de Julio, nuevo régimen surgido de las revueltas del 27, 28 y 29 de julio de 1830, llamadas las Tres Gloriosas.

Historial Finalizadas las Tres Gloriosas, los diputados liberales, preocupados por el riesgo de que se proclamara la República, consiguieron apropiarse de la revolución popular en beneficio del Duque de Orleans, nombrado teniente general del reino el 31 de julio de 1830, a la espera de un acuerdo sobre la nueva organización de poderes. El 3 de agosto de 1830, a la una de la tarde, el Duque de Orleans preside la ceremonia solemne de apertura de la sesión legislativa, en el Palacio Borbón. El discurso que pronuncia es obra suya, pero ha sido revisado por Guizot y Dupin. Manifiesta su voluntad de considerar la Carta como causa principal de la revolución y su lección última, lo que no puede sino disgustar a los revolucionarios más ardientes.Así, Louis Bérard encuentra el discurso «pobre, mezquino, torpe» (Antonetti 2002, p. 602). «Todos los derechos», afirma él, «deben estar garantizados sólidamente, todas las instituciones necesarias en su pleno y libre ejercicio deben ser desarrolladas como lo necesitan. Unido de corazón y por convicción a los principios de un gobierno libre, acepto de entrada todas las consecuenciasAntonetti 2002, p. 602». A continuación, Luis Felipe enumera las reformas que pretende realizar y que retoman, en esencia, las anunciadas en la proclamación de los diputados del 31 de julio: la organización de las guardias nacionales, aplicación del jurado a los delitos de prensa, la formación de las administraciones departamentales y municipales, la interpretación del artículo 14 de la Carta.Al atribuirle al rey el poder de efectuar ordenanzas «por la seguridad del Estado» fuera de toda base legislativa, el artículo 14 sirvió de base legal para el golpe de fuerza de Carlos X. Ninguna de estas reformas, ni siquiera la última, suponía en sentido estricto una revisión constitucional. El teniente general concluyó comunicándole a las Cámaras la abdicación de Carlos X y de su hijo. Esta noticia no dejó de inquietar a todos los que esperaban un auténtico cambio de régimen, porque dejaba entrever el mantenimiento estricto de la Carta con una simple sucesión dinástica, haciendo pasar la corona de una rama de la familia a otra de la misma familia, como precio.

El enfrentamiento de dos concepciones constitucionales divergentes miniaturadeimagen|Escudo de armas de la monarquía de Julio a partir del 16 de febrero de 1831: la Carta de 1830 aparece al centro La noche del del 3 de agosto, varios diputados descontentos se encontraron en casa del periodista Cauchois-Lemaire. Bérard propone «acabar con la antigua dinastía, crear una nueva, establecer las condiciones constitucionales a las que debería su existencia». Una vez de vuelta en casa, redacta durante la noche un proyecto que, por la mañana, envía a Dupont de l'Eure y Laffitte. Afirma que «un pacto solemne unía al pueblo francés a su monarca; este pacto acaba de romperse. Los derechos a los que había dado lugar han dejado de existir. El violador del contrato no puede, en virtud alguna, reclamar su ejecución».En realidad, la Carta, concedida unilateralmente por el rey, no se podría considerar un contrato (Antonetti 2002, p. 603-604). A la cabeza del Estado, propone situar al Duque de Orleans, porque es «amigo de las instituciones constitucionales»; pero desea «establecer las condiciones en las que obtendrá el poder». Además de las que Luis-Felipe ha adelantado, cita las responsabilidades de los ministros y agentes secundarios de la administración, el estatus legal de los militares, la reelección de los diputados nombrados para funciones públicas, la igualdad ante la ley de los cultos, la prohibición de tropas extranjeras en el ejército nacional, la abolición de la nobleza, la entrega a las Cámaras de la iniciativa de las leyes, la supresión del doble voto, bajar la edad y el censo electoral, la reconstitución total de la Cámara de los Pares. La mayoría de estas reformas suponían una revisión constitucional.

En realidad, se trata de dos concepciones constitucionales que se oponen fundamentalmente.

Por un lado, para Bérard y los revolucionarios moderados de centro-izquierda, el golpe de fuerza de Carlos X ha hecho caducar la Carta de 1814.Es el punto débil del razonamiento: al no haber tenido nunca la Carta un caracter de contrato, su violación no ha podido hacerla caducar; ha podido, como mucho, descalificar a su autor, es decir, a Carlos X. (Antonetti 2002, p. 603-604) Las Tres Gloriosas marcan una discontinuidad histórica al final de la que debe fundarse un nuevo régimen, regido por una nueva constitución y con una nueva dinastía a la cabeza. Según esta interpretación, Luis Felipe es rey «aunque Borbón», y debe reinar con el nombre de Luis Felipe I. Por el otro lado, según Guizot, el Duque de Brogie y los doctrinarios, las Tres Gloriosas han tenido como origen la voluntad de restablecer la Carta, violada por Carlos X. Al haberse marchado este, la Carta de 1814 ha sido plenamente restaurada, y la corona debe ser conferida según las reglas dinásticas. Por consiguiente, Luis Felipe, al beneficiarse de una «cuasilegitimidad»,«Cuasilegitimidad», y no legitimidad plena, porque era necesario, a pesar de todo, encontrar el medio de explicar el que, si se mantenía la Carta de 1814, el sucesor de Carlos X no fuera Enrique V. Es el punto débil de la tesis doctrinaria. es rey «por Borbón», y debe reinar con el nombre de Felipe VII.El último rey llamado Felipe había sido Felipe VI de Valois.

El alcance político de este debate se resume en un breve intercambio entre Guizot y Bérard el 6 de agosto, poco antes de entrar a la sesión en la Cámara:

En la mañana del 4 de agosto, el Consejo de Ministros examina la proposición de Bérard. Luis Felipe otorga su favor, y encarga a Broglie y Guizot que preparen una revisión de la Carta. Una vez terminado el consejo, los ministros dicen a Bérard que será llamado allí cuando se delibere acerca de la revisión. Esta deliberación tiene lugar al final de la tarde del día 4 y durante la jornada del 5, pero no se invita a Bérard. Este se queja de elloa Guizot, esgrimiendo la amenaza que representan los proyectos, mucho más radicales, de los republicanos; por otra parte, al día siguiente, Guizot recibe de manos de Boinvilliers, conducido hasta él por Girod de l'Ain, las condiciones de los republicanos: constitución republicana bajo forma de monarquía, declaración de derechos, ratificación de la constitución por los ciudadanos, disolución de la Cámara que acaba de reunirse y reconquista mediante la guerra de la «frontera natural» del Rin. El día 6 por la mañana, Guizot puede entregarle a Bérard el proyecto de revisión de la Carta que ha elaborado con el Duque de Broglie, al que ha añadido por cuenta propia, sin la opinión de su corredactor, una disposición que anulaba los nombramientos de los pares efectuados por Carlos X.

En la Cámara de Diputados, durante la mañana del 6 de agosto, se emprende el debate sobre la proposición de Bérard. Va a durar dos días, mientras los manifestantes republicanos rodean el Palacio Borbón, contenidos con dificultad por La Fayette y Benjamin Constant. La oposición de los republicanos se centra en la cuestión, esencial para el equilibrio del régimen, de la heredabilidad de la condición de par.Se trata del artículo 27 de la Carta de 1814: «El nombramiento de los pares de Francia pertenece al rey. Su número es ilimitado; pueden variar en dignidad, nombrarlos de por vida o hacerlos hereditarios, según su voluntad.» En el Consejo de Ministros del 7 de agosto por la mañana, Guizot pregunta a Luis Felipe si, en caso de revuelta, autorizaría el uso de la fuerza pública; la respuesta del teniente general es, sin dudar, negativa.A Luis Felipe no le gustan los pares, y considera que la heredabilidad de la condición de par no vale una nueva crisis. Probablemente no mide plenamente las implicaciones políticas de la cuestión: si la heredabilidad de la condición de par se suprime, el único derecho de nacimiento que subsiste es el de la Corona, y no tardará en ser cuestionado a su vez como una reliqua incongruente del Antiguo Régimen. EL Duque de Broglie bien lo vio en sus Memorias: «En un país como el nuestro, un país de igualdad legal y casi social, abolir, a cualquier precio, lo poco que quedaba de herencia implicaba depreciar por adelantado todas las distinciones concebibles y entregar la realeza, única en su especie, en la desnudez de su aislamiento, al oleaje en aumento de la democracia.» También el Consejo adopta una solución de término medio: la revisión del artículo 27 de la Carta será aplazada a la sesión de 1831. Durante los debates de la Asamblea, Lafayette pronuncia un discurso en favor de la abolición de la condición de par hereditaria : En definitiva, la Cámara adopta un texto219 bolas blancas contra 33 bolas negras. que retoma esencialmente la proposición de Bérard.

El proyecto de revisión constitucional adoptado por la Cámara de los Diputados El proyecto adoptado por los diputados empieza por invocar la violación de la Carta y la partida de Carlos X y de la familia real fuera de Francia para declarar vacante el trono de hecho y de derecho, pasando por alto las abdicaciones de Rambouillet.

El preámbulo de la Carta de 1814 es derogado por «ser hiriente para con la dignidad nacional al parecer otorgar a los franceses unos derechos que les pertenencen en esencia».

El texto mismo de la Carta es profundamente modificado:

Los artículos 6 y 7 de la Carta de 1814 se fusionan, y la religión católica deja de estar calificada como «religión del Estado»; se la reconoce, no obstante, como religión «profesada por la mayoría de los franceses». En el artículo 7 (antiguo artículo 8), se suprime la mención de las leyes «que deben reprimir los abusos de [la] libertad» de prensa. Se añade: «La censura jamás podrá ser restablecida». En el artículo 13 (antiguo artículo 14), se suprime la posibilidad del rey de efectuar ordenanzas para «la seguridad del Estado». Solo se mantiene el poder reglamentario de ejecución de las leyes, precisandose que no podrá «nunca suspender las leyes mismas ni dispensar de su ejecución». Se precisa, asimismo, que «no podrá admitirse ninguna tropa extranjera al servicio del Estado sino en virtud de una ley». Los artículos 16, 17, 19 y 20 de 1814 se reemplazan por el artículo 15, según el cual la iniciativa de las leyes, antes monopolio del rey (artículo 16 de la Carta de 1814), se reparte en adelante entre el rey y las cámaras. En lo que respecta a la Cámara de los Pares, el artículo 22 (antiguo artículo 26) precisa que la Cámara de los Pares puede reunirse como tribunal de justicia fuera de la sesión parlamentaria. Los artículos 30 y 31 de la Carta de 1814, que herían el orgullo de la casa de Orleans al distinguir entre la familia real, los príncipes de sangre y los príncipes, se reúnen en un solo artículo que precisa que los príncipes de sangre son pares por derecho de nacimiento. Finalmente, el artículo 27 (antiguo artículo 32) estableció la publicidad de los debates parlamentarios de la Cámara alta.