Las elecciones generales de España de octubre de 1836 se celebraron el 2 de octubre para elegir la legislatura constituyente de las Cortes Generales bajo la Constitución de 1812 durante el Reinado de Isabel II.

Antecedentes Después del Motín de la Granja de San Ildefonso en el verano de 1836, la reina María Cristina había encomendado al progresista José María Calatrava la formación de gobierno. Este estaría controlado por al expresidente Juan Álvarez Mendizábal. El triunfo del movimiento progresista supuso la restitución de multitud de leyes de la época de las Cortes de Cádiz y del Trienio liberal sobre la abolición del régimen señorial, desamortización, propiedad agraria, etc. Por otro lado se abordó la reforma política convocando unas Cortes constituyentes de acuerdo al sistema establecido en la Constitución de 1812, más democrático que el Estatuto Real de 1834 vigente hasta ese momento.

El objetivo de esta convocatoria era redactar un texto constitucional (Constitución de 1837) que fuera más progresista que el Estatuto Real, pero más moderado que el de 1812. Por un lado se trataba de aceptar los principios generales de esta última constitución (soberanía nacional, derechos individuales, separación de poderes, etc.), combinándolos con algunos poderes de la Corona y el bicameralismo (una asamblea electa y otra de designación real). Además de ello, se aprobaron leyes contra la censura y se impulsó una legislación electoral que ampliaba el número de electores. La inmensa mayoría de electos estaban nominalmente afiliados al Partido Progresista, aunque la tendencia sería una política centrista. Los diputados cambiaban su posición en función de la temática a tratar.Marichal, p.132; Colomer Viadel, p.56 La mayor parte de líderes moderados como Francisco Javier de Istúriz habían partido hacia el exilio tras los sucesos revolucionarios del verano.

Sistema electoral Según el Real Decreto de 21 de agosto de 1836: Derecho a voto Sufragio masculino universal: son electores «todos los ciudadanos varones, mayores de 21 años, avencidados y residentes en el territorio de la parroquia respectiva, entre los que se comprenden los eclesiásticos seculares».

Elegibilidad Ser ciudadano, varón, mayor de 25 años, vecino y residente en la parroquia, partido y provincia, del estado seglar o del eclesiástico secular, y tener «una renta anual proporcionada, procedente de bienes propios». Método de elección Para la elección de los 242 diputados se utilizó el sistema de voto mayoritario en 48 circunscripciones con más de un diputado y una con uno solo. Mayoría absoluta en la parroquia, simple en el partido judicial y la provincia. El voto era secreto en el primer grado, igual, personal e indirecto en el cuatro grados.Marichal, p.132

Resultados Congreso Constituyente Partido Tendencia Escaños % Votos % Diferencia Independientes Centrismo 9037%-- 32 Partido Moderado Liberalismo doctrinario 7029%-- 10 Partido Progresista Liberalismo democrático3012,5%-- 27 Otros 5221,5%-- Total 242100%--Fuente: Marichal (1980), p.135.Cálculo aproximado.

Véase también Reinado de Isabel II Regencia de María Cristina de Borbón Anexo:Elecciones en España

Referencias

España 1836 Categoría:España en 1836