thumb|400px|Mapa en el que se muestra en rojo los territorios que reconocen a personas transgénero mediante autoidentificación. La autodeterminación de género es el concepto por el cual el género legal de una persona debe determinarse por la identidad de género que declare, sin necesidad de requisitos médicos o judiciales.
Los movimientos LGTB y por los derechos de las personas transgénero han priorizado el reconocimiento de la autodeterminación de género como una demanda central, debido a su importancia para la despatologización de las personas transgénero.
Las personas transgénero o transexuales son personas cuyo género no se corresponde con el que se le ha asignado al nacer en base a sus características físicas apreciables. Tradicionalmente, el género legal se ha establecido por parte de la administración en base al sexo, dado que en el caso de las personas cisgénero ambos coinciden. Por ello, algunos Estados niegan a las personas transgénero el reconocimiento de su género como género legal, o bien condicionan ese reconocimiento a que hagan modificaciones en su cuerpo tales como cirugía de reasignación de sexo o tratamientos hormonales. En otros casos, esto no se requiere, pero sí se exigen informes psiquiátricos, psicológicos o judiciales. La autodeterminación de género supone que este tipo de requisitos, que diversas instituciones han considerado patologizantes, no sean necesarios a la hora de modificar el género legal.
Para febrero de 2023, la autodeterminación de género forma parte de la legislación de 20 países: Argentina, Bélgica, Brasil, Chile, Colombia, Costa Rica, Dinamarca, Ecuador, España, Finlandia, Irlanda, Islandia, Luxemburgo, Malta, Noruega, Nueva Zelanda, Pakistán, Portugal, Suiza y Uruguay. Las propuestas para introducir legislación de este tipo resultan controvertidas en algunos países como el Reino Unido. En países organizados como federaciones, como Australia, Canadá y México, el reconocimiento legal del género puede corresponder principalmente a la jurisdicción subnacional por lo que puede variar de una provincia a otra. Dentro de una misma jurisdicción, los procedimientos de reconocimiento legal del género pueden ser diferentes para distintos documentos, como certificados de nacimiento o pasaportes, y no siempre es el único determinante del reconocimiento del género en la vida cotidiana, como en la asistencia sanitaria, el acceso a instalaciones públicas o las relaciones personales. En India y Nepal existe la autodeterminación para un tercer género.
Supuestos teóricos
La teoría de la autodesignación de la identidad sostiene que la identidad sexual o identidad de género es producto de un proceso de construcción social independientemente del sexo biológico de nacimiento. No se nace varón o mujer, sino que esa diferenciación es únicamente el resultado de un proceso social.Mª Luisa Di Pietro, “Identidad sexual y género”, Medicina y Ética, 17 (2006), p. 97. Debra Soh (2020)
Una persona puede decidir en el transcurso de su vida a qué sexo y género quiere pertenecer, porque el género es un sentimiento individual. Se parte del presupuesto teórico, documentado por Judith Butler, de que no existen diferencias biológicas entre los sexos, varón y mujer, porque tanto el sexo como el género son construcciones culturales. Según Butler, ser varón o mujer no depende de la biología o los factores genéticos, sino de la libre elección de la persona que construye su propia identidad de género de acuerdo a su sentir, e hipotetiza una identidad personal desvinculada del sexo cromosómico que la persona siente como propia. Para Butler no existe el sexo biológico sino la construcción discursiva. Según ella “mujer”, "varón" o “sexo” son solo construcciones discursivas y performativas, no realidades biológicas. Hombre y masculino podrían significar tanto un cuerpo femenino como uno masculino, mujer y femenino, tanto un cuerpo masculino como un femenino. La tesis que Butler defiende afirma que el sexo no es dado biológicamente sino que es un ideal regulativo materializado en el cuerpo a través de reiteradas prácticas normativas y performativas.Butler 1999
El género está divorciado del sexo biológico tras la idea de que lo fundamental es la identificación con el otro sexo. No habla del sexo del recién nacido sino del “sexo asignado al nacer“, pues se concibe esta categoría como algo externo e impuesto y que no necesariamente tiene que ver con la identidad de la persona. Cada persona puede hacer su elección individual, más allá de la biología y el sexo asignado al nacer, y construir su propia identidad de género aunque no coincida con su sexo biológico.
El género no tiene un componente biológico sino que sería el resultado de una construcción social e individual. No existe una definición universal singular de la mujer. Aunque una mujer puede ser definida en base a si tiene vagina, útero, la menstruación o la capacidad de gestar, estas no son características que definan a todas las mujeres.
El concepto de identidad de género sostiene que esta puede no coincidir con el sexo asignado al nacer. En este marco, una persona asignada varón al nacer puede identificarse como mujer. Dado que la orientación sexual y la identidad de género son conceptos distintos, una mujer trans puede identificarse, por ejemplo, como lesbiana si siente atracción por otras mujeres.Algunas personas trans conservan características sexuales asociadas a su sexo asignado al nacer.
Algunas corrientes sobre la identidad de género distinguen entre la identidad personal y las características corporales o sexuales. Desde esta perspectiva, la identidad de género puede no coincidir con el sexo asignado al nacer, y algunas personas buscan modificar aspectos de su cuerpo mediante tratamientos médicos o legales para adecuarlos a su identidad de género.
En los debates sobre identidad de género existen distintas posiciones acerca de la relación entre sexo biológico, género e identidad. Algunas teorías sostienen que la identidad de género tiene un componente innato o profundamente arraigado en la persona, mientras que otras interpretaciones ponen mayor énfasis en factores sociales, culturales o psicológicos. Asimismo, la investigación científica no ha alcanzado un consenso definitivo sobre la existencia de diferencias cerebrales claramente asociadas a la identidad de género.
Las personas transgénero pueden recurrir a intervenciones médicas, hormonales o quirúrgicas con el objetivo de adecuar su cuerpo a su identidad de género.
Activismo y legislación La autodeterminación de género es uno de los principales objetivos del movimiento por los derechos de las personas transgénero. Los defensores de la autodeterminación afirman que los requisitos médicos podrían obligar a las personas trans a someterse a cirugía, que son intrusivos y humillantes, mientras que la autodeterminación facilitaría a las personas trans vivir su vida en el día a día sin prejuicios. Los defensores también argumentan que no hay pruebas de que tales leyes hayan causado problemas en los países donde se han introducido.
Posiciones de los organismos internacionales En abril de 2015, la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa adoptó la Resolución 2048 (2015), dentro de la cual "la Asamblea pide a los Estados miembros que...desarrollen procedimientos rápidos, transparentes y accesibles, basados en la autodeterminación...disponibles para todas las personas que deseen utilizarlos, independientemente de su edad, estado médico, situación financiera o antecedentes policiales". En 2015, la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos declaró que "los requisitos abusivos como condición previa para el reconocimiento -por ejemplo, exigiendo...la reasignación forzada de género y otros procedimientos médicos" son "una violación de las normas internacionales de derechos humanos". En 2018, el abogado Víctor Madrigal-Borloz, Experto Independiente sobre orientación sexual e identidad de género de Naciones Unidas, declaró que "el derecho a autodeterminar el género es una parte fundamental de la libertad de una persona y una piedra angular de la identidad de la persona" y que las obligaciones de los Estados incluyen "adoptar medidas legales como basarse en la autodeterminación [y] garantizar que los menores tengan acceso al reconocimiento de su identidad de género".
El 29 de marzo de 2023, un grupo de 28 países entregaron una declaración ante el Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, pidiendo a los Estados miembros de la ONU que "apliquen leyes y políticas que permitan el reconocimiento de la identidad de género basada en la autoidentificación", y que "redoblen los esfuerzos para prevenir y responder a la violencia y la discriminación sexual y de género, incluso contra las mujeres en toda su diversidad". Los Estados firmantes son: Alemania, Argentina, Australia, Bélgica, Brasil, Canadá, Chile, Chipre, Colombia, Dinamarca, España, Estados Unidos, Finlandia, Grecia, Islandia, India, Irlanda, Israel, Luxemburgo, Malta, México, Noruega, Nueva Zelanda, Países Bajos, Portugal y Uruguay.
Posiciones de las organizaciones benéficas internacionales En 2014, Amnistía Internacional publicó un informe titulado El Estado decide quién soy. Falta de reconocimiento legal de la identidad de género de las personas transgénero en Europa. En el informe, Amnistía afirmaba que muchos países europeos tenían leyes de reconocimiento legal de género que se basaban en normas de género estereotipadas y que violaban los derechos de las personas a "la vida privada y familiar, al reconocimiento ante la ley, al más alto nivel posible de salud y a no sufrir tratos crueles, inhumanos y degradantes sin discriminación por motivos de identidad y expresión de género". El informe sostenía además que "las personas transgénero deben poder obtener el reconocimiento legal de su género mediante procedimientos rápidos, accesibles y transparentes y de acuerdo con su propia percepción de la identidad de género."
Controversias La autodeterminación cuenta con la oposición de algunas feministas, que consideran que en teoría afecta negativamente a la seguridad en lugares como refugios, prisiones y afectar la equidad en el deporte competitivo. Los detractores también consideran que la afirmación de la autodeterminación en niños con disforia de género les encamina hacia una transición médica de género.