El decreto 900 o ley de reforma agraria en Guatemala fue una de las metas principales del gobierno del coronel Jacobo Árbenz Guzmán (1951-1954), con la que pretendía evitar que hubiera una relación de latifundio-minifundio, la cual se había hecho común en Guatemala a partir de la promulgación del decreto 170 —o Ley de Redención de Censos— por el gobierno del general Justo Rufino Barrios en 1877, y las concesiones que este y los gobiernos liberales que le siguieron hicieron a ciudadanos alemanes y a la compañía estadounidense United Fruit Company.

La modificación de la tenencia de la tierra se lograría al expropiar tierras ociosas de los grandes latifundistas para poder darlas en usufructo a quienes no las tuvieran. Dicho procedimiento se lograba por medio de los Comités Agrarios Locales, los cuales recibían denuncias de tierras en estado ocioso, que pasaban a los Comités Departamentales y finalmente al Departamento Agrario Nacional. La reforma pretendía permitir a los campesinos tener tierras para trabajarlas y darles la oportunidad de tener más ingresos. La Reforma Agraria causó numerosos cambios en Guatemala ya que muchos campesinos fueron beneficiados de la reforma, a costa de los dueños de las tierras ociosas. Pero por el impacto en las tierras de la United Fruit Company (UFCO) en 1954, la oposición encontró el patrocinador que necesitaba para obligar al presidente Árbenz a renunciar la presidencia: la CIA —de la que varios funcionarios tenían fuertes intereses en la United Fruit Company o en el Departamento de Estado estadounidense— organizó el plan Operación PBSUCCESS que terminó con la invasión liderada por el coronel Carlos Castillo Armas quien derogó la Ley de Reforma Agraria y restauró las tierras a los propietarios que las habían obtenido durante los gobiernos liberales que se iniciaron en 1871, empezando por la UFCO.

Motivaciones

El decreto 900 intentó transformar y revolucionar las relaciones sociales en el agro guatemalteco principalmente y se convirtió, en medio del ambiente internacional de la Guerra Fría y el Macartismo en Estados Unidos, en el único suceso histórico-político que llevó a enfrentar frontalmente las causas profundas de la pobreza contenidas en la exclusión y la concentración de la tierra en Guatemala. Tanto los revolucionariosPartidarios del gobierno de Árbenz. como los anticomunistas o liberacionistasLos opositores a la reforma agraria. se vieron de pronto enfrascados en una lucha de clases que radicalizó todos los ámbitos de la vida guatemalteca.

Contexto histórico

A raíz de la crisis económica derivada de la quiebra de la Bolsa de Valores de Nueva York en 1929, la economía guatemalteca cayó en una grave crisis. El reglamento de jornaleros impuesto por el general Justo Rufino Barrios ya no era suficiente para proveer a las fincas cafetaleras de mano de obra suficiente, y el gobierno del general Jorge Ubico lo derogó, sustituyéndolo por la ley de vagancia, la cual forzaba a los jornaleros a demostrar que habían hecho 100 jornales en el año, o de lo contrario eran obligados a trabajar gratuitamente en la construcción de caminos. Esto aumentó la producción, pero originó un flujo de campesinos, de municipios cercanos a la capital que fueron a establecerse en la Ciudad de Guatemala en donde no existía un desarrollo industrial suficiente para absorber esa mano de obra inmigrante; los inmigrantes rurales se vieron obligados a establecer pequeños negocios o dedicarse a ciertos servicios.

Cuando estalló la Segunda Guerra Mundial los Estados UnidosPor razones de estrategia política-militar y para una más eficaz vinculación y control de los países centroamericanos. dispusieron realizar la construcción de una ruta militar de emergencia hasta el Canal de Panamá. La política militar norteamericana necesitaba asegurarse de puentes aéreos y como México no les permitió establecer bases aéreas en su territorio ampliaron las instalaciones aeronáuticas de Guatemala de modo que fuese una especie de paso de tránsito de su fuerza aérea hacia el canal. Estas construcciones, aunadas con la infraestructura que el propio general Ubico impulsó creó una incipiente mano de obra para la construcción en el país.

Los grupos minoritarios de familias herederas de los colonizadores hispanos amalgamadas con los líderes de la Reforma Liberal de 1871 eran los poseedores de las principales fuentes de riqueza del país, esencialmente la explotación del café, que había pasado a ser el principal producto de exportación desde el gobierno de Barrios. Durante el gobierno del licenciado Manuel Estrada Cabrera, se hicieron considerables concesiones para la explotación del café a personas de origen alemán, y grandes extensiones de Izabal y Escuintla a la United Fruit Company, que se estableció en Guatemala por la política norteamericana de pacificar la región centroamericana mientras duraba la construcción del Canal de Panamá. Estrada Cabrera buscó la alianza con los norteamericanos, con la esperanza de que éstos lo apoyaran militarmente, en caso de que Inglaterra pretendiera invadir a Guatemala para obligarla a pagar la deuda que esta tenía con los bancos de aquella nación.Préstamos que se originaron durante el gobierno del general José María Reyna Barrios cuando éste realizó la Exposición Centroamericana en 1897.

La United Fruit Company

Hasta el gobierno arbencista, la United Fruit Company (UFCO) había operado prácticamente sin molestias en Guatemala. El modus operandi de la UFCO fue expuesto en la siguiente conversación que aparece en la obra de teatro El tren amarillo por el autor guatemalteco -y exministro de educación y embajador de los gobiernos revolucionarios de Juan José Arévalo y Jacobo Árbenz Guzmán- Manuel Galich. En la conservación, Mr. Whip representa al gerente de la UFCO en un país latinoamericano y Mr. Bomb al presidente de la casa matriz en Boston.

Cambios promovidos por el régimen arevalista

Tras el derrocamiento del régimen de Ubico, el gobierno revolucionario transformó el papel del Estado en relación con el régimen económico hacendario por medio de los siguientes artículos de la nueva Constitución Política de Guatemala:

Artículo 88. “El Estado orientará la economía nacional en beneficio del pueblo, a fin de asegurar a cada individuo una existencia digna y provechos para la colectividad. Es función primordial del Estado, fomentar las actividades agropecuarias y la industria en general procurando que de frutos del trabajo beneficien de preferencia a sus productores y la riqueza alcance al mayor número de habitantes de la República”.

Artículo 89. Son bienes de la nación: Los de dominio público Las aguas de la zona marítima que de a las costas de la República, las riberas de los lagos y ríos navegables; los ríos y lagos navegables o flotables, los ríos de cualquier clase que sirvan de límites a la República y las caídas de agua de aprovechamiento industrial de la forma que determine la ley, la que, asimismo, establecerá la extensión condiciones, de dominio sobre estos bienes. Los que constituyen el patrimonio del Estado y del Municipio La zona marítima-terrestre sobre las costas de la República, en la extensión fijada por la ley. La atmósfera y la estratosfera situadas sobre el territorio nacional. Su tránsito y aprovechamiento, se regularán por la ley y los tratados internacionales. Los ingresos fiscales y municipales, originarios de derecho público. El subsuelo de la nación, los yacimientos de aguas, hidrocarburos y los minerales, así como todas las sustancias orgánicas que determine la ley y Todos los demás bienes existentes en el territorio nacional, que señalan las leyes y que no sean de propiedad particular individual o colectiva.

Artículo 90: “El Estado reconoce la existencia de la propiedad privada y la garantiza como función social más limitaciones que las determinadas en la ley, por motivos de necesidad o utilidad públicas o de instancia nacional.

Artículo 91: Los latifundios existentes por ningún motivo podrán ensancharse, y mientras se logra su redención en beneficio de la colectividad, serán objeto de gravámenes en la forma que determina la ley. El Estado procurará que la tierra se reincorpore al patrimonio nacional. Solo los guatemaltecos a que se refiere el artículo 6 de esta ConstituciónLas sociedades y miembros tengan esa calidad y los bancos nacionales, podrán ser propietarios de inmuebles sobre la franja de quince kilómetros de ancho a lo largo de las fronteras y litorales. Se exceptúan las áreas urbanizadas comprendidas dentro de las zonas indicadas, en las cuales si podrán adquirir propiedad los extranjeros por autorización gubernativa”.

Posición de las élites guatemaltecas

El 31 de mayo de 1952, al enterarse de lo dispuesto en la Reforma Agraria, el influyente periodista Clemente Marroquín Rojas escribió en su editorial que muchos de los miembros de las clases altas que fueron arbencistas en las elecciones de noviembre, entre ellos Asturias y Beltranena, lo fueron porque estaban seguros de que Árbenz era un hombre de la derecha y que no podía ser marxista por ser militar, estar casado con una dama de sociedad asociada a capitalista y gusta de la «buena vida»; Marroquín Rojas explicó en ese editorial que él había conocido al verdadero Árbenz en las juntas del consejo de ministros del presidente Juan José Arévalo: un hombre que le inspiraba un gran aprecio en lo personal, pero que era firme en sus convicciones extremistas y que no las dejaría de lado hasta que fuera derrocado. Finalmente, indicó que ya no había posibilidad de compromiso entre el gobierno arbencista y las élites guatemaltecas. En el editorial de Marroquín Rojas quedó definida la posición de la élite, pues ésta comprendió que no podría acceder al poder por medios democráticos.

decreto número 900

La política agraria buscaba modificar el régimen de tenencia de la tierra, considerado como la columna vertebral del poder oligárquico y extranjero en el país, sostén de las sucesivas dictaduras y un factor de atraso nacional. Cuando se realizaron los censos estadísticos panamericanos de 1950 y se conocieron sus resultados, las presunciones sobre el grado de concentración de la propiedad de la tierra y las abismales desigualdades en el campo se convirtieron en certezas. En ese año el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF) elaboró un estudio en el que criticaba acerbamente las desigualdades de la vida guatemalteca y recomendaba adoptar una serie de políticas; entre ellas, un cambio en la tenencia de la tierra para estimular la agricultura campesina y ampliar el mercado interno.

El Congreso De La República De Guatemala,

ARTÍCULO 1. La Reforma Agraria de la Revolución de octubre tiene por objeto liquidar la propiedad feudal en el campo y las relaciones de producción que la originan para desarrollar la forma de explotación y métodos capitalistas de producción en la agricultura y preparar el camino para la industrialización de Guatemala.

ARTÍCULO 2. Quedan abolidas todas las formas de servidumbre y esclavitud, y por consiguiente prohibidas las prestaciones personales gratuitas de los campesinos mozos colonos y trabajadores agrícolas, el pago en trabajo del arrendamiento de la tierra y los repartimiento de indígenas cualquiera que sea la forma en que subsistan. El pago en especie del arrendamiento solo se permitirá en las tierras no cultivadas y que no sean afectables por la Reforma Agraria, no pudiendo exceder la renta del 5% de la cosecha. Cuando la renta se pague en dinero en las tierras a que se refiere el párrafo anterior, la misma no podrá ser tampoco mayor del 5% sobre el valor de la cosecha.

ARTÍCULO 3. Son objetivos esenciales que la Reforma Agraria debe realizar: a) Desarrollar la economía capitalista campesina y la economía capitalista de la agricultura en general; b) Dotar de tierra a los campesinos, mozos colonos y trabajadores agrícolas que no la poseen, o que poseen muy poca;