Se conoce por nomocanon la concordia de leyes y cánones, ya que los emperadores habitualmente promulgaban leyes civiles ratificando o corroborando las leyes eclesiásticas, y era trabajo de no poco provecho agrupar en una misma colección ambas disposiciones.
Nomocanon de Focio Lo dicho es lo que realizó Focio, y comprende su nomocanon 14 títulos y 440 capítulos o cánones Ya se había compuesto en el por Juan Escolástico un cometido de esta naturaleza, con la siguiente diferencia: Escolástico pone completas las leyes civiles y en resumen las eclesiásticas Focio muestra en compendio las leyes civiles, y únicamente apunta los cánones a que se refieren
Comentarios al nomocanon de Focio: Tres personas en el se dedicaron en elaborar comentarios a su colección de cánones y el nomocanon de Focio: El primero fue Juan Zonaras, primer secretario del emperador del imperio bizantino, el cual se apartó después a vivir en un monasterio, y su prestigio debió ser extraordinario, puesto que el canonista Theodorus Balsamón lo cita con el siguiente encomio de excelentísmo Juan Zonaras El segundo fue Alejo Arístino, gran ecónomo de la iglesia de Constantinopla, según refiere el citado Balsamón, el cual da también nociones de su ciencia y de su afecto llamándole el incomparable Alejo Arístico El tercero fue el mismo Theodorus Balsamón, el cual hizo sus glosas o aclaraciones a la colección y al nomocanon por mandato del emperador Manuel I Comneno (1118-1180) y del Patriarca de Constantinopla Miguel Anchial
Guillermo Beveregio En 1672 se hizo en griego y en latín por Guillermo Beveregio una magnífica edición de la colección y del nomocanon, incorporando los trabajos comentaristas con eruditas notas del editor, que tuvo a la vista manuscritos muy antiguos y valiosos.
Referencias Golmayo, P.B.-Instituciones de derecho canónico, Madrid, 1859.
Véase también Signes Codoñer, Juan.- La introducción al derecho (eisasoge) del patriarca Focio, Madrid: C.S. de I.C., 2007.
Categoría:Teólogos ortodoxos