thumb|Por haber nacido en otra parte. Goya, 1808-1814.

El racismo en España tuvo su primera manifestación en los estatutos de limpieza de sangre, vigentes entre los siglos y , y que también se trasladaron al Imperio español en América dando nacimiento allí al sistema de castas colonial. En el hubo un intento de «exterminio» de la «mala raza» de los gitanos con la fracasada operación de la «Gran Redada», ideada y dirigida por el marqués de la Ensenada, ministro del rey Fernando VI. El racismo científico llegó a España en el y se proyectó tanto sobre el nacionalismo español, como sobre el catalán, el vasco y el gallego. Deslegitimado el racismo científico después de 1945,

El escritor Miguel de Unamuno criticó la idea de la «raza española» difundida por el nacionalismo español:Citado por Poki GaltzoinaTodo Hombre es una Guerra Civil o la Paradoja del Vasquismo en Miguel de Unamuno

Edad Moderna

La aparición del término «raza» miniaturadeimagen|Portada de una edición de 1500 de El Corbacho. En esta obra del arcipreste Alfonso Martínez de Toledo acabada en 1438 apareció por primera vez en castellano el término «raza». La primera constatación escrita de la palabra «raza» en castellano se encuentra en la obra El Corbacho del arcipreste Alfonso Martínez de Toledo publicada en 1438.

En esta obra el arcipreste de Talavera usa la palabra «raza» como sinónimo de linaje para señalar que un «labrador» será siempre un «labrador» («de vil raza e linaje») y un «cavallero» un «cavallero» («de buena raza») sin importar el contexto social en que se eduquen. Según Max Sebastián Hering Torres, «en este pasaje se evidencia que el término “raza” no pretendía nada más que ser una manifestación de procedencia, es decir, de linaje. El autor utiliza en principio la expresión “raza” de manera neutral y solo mediante la inclusión de un adjetivo positivo “buena raza” o de uno de carácter negativo “vil raza”, el término obtiene un componente valorativo. La palabra “raza” en sí misma no contiene, por tanto, ni una connotación halagadora ni peyorativa. Igualmente se muestra que dicha concepción de “raza” está acompañada por el imaginario de un ethos natural inmanente e invariable del ser».

Sin embargo, el significado más extendido del término «raza» en castellano en los siglos , y no era el de sinónimo de linaje, sino el de «mancha» o linaje «defectuoso», «maculado», o de «sangre impura». Proviene de la aplicación del término «raza» en otros contextos, como lo recoge el humanista Antonio Nebrija en su Diccionario (1495) cuando traduce la locución latina panni raritas como «raça del paño», es decir, una rareza o defecto en los paños, expresión muy utilizada por el gremio de sastres.

Así, los que tenían un linaje sin «impurezas» no tenían «raza». Agustín Salucio en 1599 redactó un discurso contrario a los estatutos de limpieza de sangre en el que en uno de sus apartados decía: «[...] porque para tener raza basta un rebisabuelo judio, aunque los otros 15 sean Cristianisimos y nobilissimos». En 1611 el filólogo Sebastián de Covarrubias en su renombrada obra Tesoro de la lengua castellana o española definía «raza» como «la casta de cauallos castizos, a los quales señalan con hierro para q sean conocidos» y decía también que «raza en los linages se toman en mala parte, como tener alguna raza de Moro, o Judio». Lorenzo Franciosini, posiblemente inspirado en Covarrubias, desarrolló en su libro Vocabolario español, e italiano una definición que pone de manifiesto la cercanía entre «limpieza» y «raza» de la siguiente manera: «Limpio: es a veces utilizado en España. Todo el que es cristiano viejo, es porque no tiene raza, ni procedencia mora ni judía». En 1638 Bartolomé Jiménez Patón escribió: «[...] que son los limpios Christianos viejos, sin raza, macula, ni descendencia, ni fama, ni rumor dello». Max Sebastián Hering Torres concluye que «no existe un nexo semántico-ideológico entre el término “raza” utilizado en los siglos -, con el utilizado en los siglos -».

La «limpieza de sangre»

miniaturadeimagen|Retrato de Juan Martínez Silíceo, arzobispo de Toledo, por Francisco de Comontes. Nombrado en 1546, Martínez Silíceo, que se sentía muy orgulloso de ser un cristiano viejo, se opuso al nombramiento de un converso —cuyo padre había sido condenado por la Inquisición— para una canonjía vacante de la catedral. Silíceo logró que el papa revocara el nombramiento —en una carta le dijo que si se le admitía convertiría la sede toledana en una «nueva sinagoga»— y a continuación, el 23 de julio de 1547, convocó una reunión del cabildo en la que por 24 votos contra 10 se aprobó un estatuto de limpieza de sangre. Dos meses después el estatuto fue suspendido, debido al rechazo que levantó entre varios eclesiásticos de la diócesis toledana, pero en 1555 el papa lo aprobó y a continuación el rey Felipe II, lo ratificó. Los estatutos de limpieza de sangre fueron el mecanismo de discriminación legal en la Monarquía Hispánica hacia la minoría judeoconversa (que junto con los miembros de la minoría morisca constituían los cristianos nuevos). Consistían en exigir al aspirante a ingresar en las instituciones que lo adoptaban el requisito de descender de «cristiano viejo», es decir, de no tener ningún antepasado judío. Su principal problema, y que causó el rechazo de determinados sectores eclesiásticos, era el hecho de que presuponían que ni siquiera el bautismo lavaba los pecados de los individuos, algo completamente opuesto a la doctrina cristiana. El primer estatuto de limpieza de sangre fue la "Sentencia-Estatuto" aprobada en 1449 en la ciudad de Toledo. miniaturadeimagen|left|Ejecutoria o Proceso de limpieza de sangre de la familia Crespo López (Granada, Palacio de los Olvidados). Los que pretendían acceder a determinados cargos debían demostrar que entre sus antecesores no había habido nadie condenado por la Inquisición o que era judío o musulmán. Si las pruebas genealógicas que presentaba no eran consideradas suficientes, se nombraba una comisión que visitaba las localidades donde podía obtener información y tomar declaraciones juradas a testigos acerca de los ascendientes del pretendiente. El proceso podía durar años y eran frecuentes los sobornos y el perjurio para demostrar que se era «cristiano viejo».

Los estatutos de limpieza de sangre se basaban en «la idea de que los fluidos del cuerpo, y sobre todo la sangre, transmitían del padre y la madre a los hijos un cierto número de cualidades morales» y en la de que «los judíos, en tanto que pueblo, eran incapaces de cambiar, a pesar de su conversión». Como dijo fray Prudencio de Sandoval del «santo y prudente» estatuto de limpieza de sangre de la catedral de Toledo de 1555, que sirvió de modelo a todos los posteriores,

El historiador francés Jean-Frédéric Schaub ha atribuido los estatutos de limpieza de sangre a la competencia para el acceso a los cargos y a las dignidades que para los cristianos, que pronto se llamarán a sí mismos «cristianos viejos», suponían los «cristianos nuevos», liberados por fin de las numerosas restricciones que como judíos padecían antes de la conversión. Además, «eclesiásticos y magistrados temían el debilitamiento de la ortodoxia católica romana» que podía suponer la entrada en la comunidad cristiana de estos nuevos miembros.

Según Henry Kamen, «fue sin duda la Inquisición la que, a partir de 1480, dio mayor impulso a la propagación de la discriminación [contra los conversos]. El antagonismo social, del que ya muchos españoles eran conscientes, fue aumentando en ese momento con el espectáculo de miles de judaizantes, a los que se había hallado culpables de prácticas heréticas y a los que se había condenado a la hoguera. Parecía como si la religión verdadera debiera ser protegida excluyendo a los conversos de todos los cargos importantes».

La nueva división entre «cristianos viejos» y «cristianos nuevos» (y no-cristianos), que había sustituido a la medieval entre cristianos y no-cristianos, se tradujo en un interés generalizado por la genealogía. «Por todas partes, las familias se dedicaron a establecer su ascendencia para afirmar mejor su posición social. Los viejos cristianos deseaban probar que no estaban mezclados con los convertidos. Los nuevos cristianos, mediante el recurso a la falsificación, intentaban borrar las huellas del pasado de sus ancestros».

Sigue siendo objeto de debate si los estatutos de limpieza de sangre ibéricos son el origen del racismo europeo moderno. Según Jean-Fréderic Schaub «la contribución de los estatutos de pureza de sangre ibéricos a la formación de las categorías raciales se sitúa en el punto de unión entre exclusión personal y estigmatización colectiva». Según Max Sebastián Hering Torres, «por primera vez en la historia europea se utilizan los criterios "raza" y "sangre" como estrategia de marginación. Moralistas como Torrejoncillo no duda en afirmar [en Centinela contra judíos] que el judaísmo se define con base en la "sangre", sin importar que la conversión al cristianismo hubiera tenido lugar hace veintiuna generaciones».

thumb|Pintura de castas del siglo XVIII que representa a una castiza, resultado de la unión de una mestiza y un español. Los estatutos de limpieza de sangre también se establecieron en el Imperio español en América como un instrumento para asegurar la preeminencia social de los «peninsulares» (los colonizadores nacidos en Europa, también llamados «gachupines» o «chapetones») y de los «criollos» (los colonizadores nacidos en América de ascendencia hispana). En este caso se trataba de demostrar que no se tenía ningún ascendiente indio o africano. Y esto era especialmente relevante en una sociedad colonial cada vez más mezclada étnicamente, hasta el punto de estructurarse según un sistema de castas determinado por el color de la piel ―lo que ha sido calificado como una «pigmentocracia»―. Como ha destacado el hispanista británico John Elliott, «la limpieza de sangre se convirtió en la América española en un mecanismo para el mantenimiento del control por parte de la élite dominante. La acusación de sangre mezclada, que acarreaba el estigma de ilegitimidad (agravado por el de la esclavitud cuando había también ascendencia africana), se podía usar para justificar una política segregacionista que excluía a las castas de cargos públicos, desde el ingreso en corporaciones municipales y órdenes religiosas hasta la matriculación en colegios y universidades, y también de la afiliación en muchos gremios y cofradías».

El intento de «exterminio» de los gitanos: la «Gran Redada» de 1749

thumb|left|Retrato del marqués de la Ensenada El proyecto de «exterminio» del pueblo gitano conocido como la «Gran Redada» —oficialmente, Prisión general de gitanos— fue ideado y dirigido por el marqués de la Ensenada, ministro de Fernando VI, y consistía en recluir separadamente a los hombres y a las mujeres gitanos para que no pudieran reproducirse y conseguir así su «extinción». Se inició en la madrugada del 31 de julio de 1749 y prosiguió durante los días siguientes. Manuel Ángel del Río Ruiz, de la Universidad de Sevilla, lo ha calificado como un proyecto de «disolución y de exterminio cultural», mientras que José Luis Gómez Urdáñez, de la Universidad de la Rioja, lo ha considerado como un proyecto genocida. Antonio Domínguez Ortiz ya lo había afirmado en 1976: «Ensenada planeó un verdadero genocidio».

El proyecto de «exterminio» de Ensenada contaba con el antecedente de la orden de expulsión de los gitanos dictada los Reyes Católicos en 1499, que fue renovada por Felipe II en 1537 y por Felipe III en 1619.