El Consejo de Trabajo, Económico y Social de Cataluña (CTESC) es un órgano consultivo y de asesoramiento al Gobierno de la Generalidad de Cataluña en materias socioeconómicas, laborales y ocupacionales. Fue creado en virtud de la Ley 3/1997, de 16 de mayo, y la Ley 7/2005, de 8 de junio, desarrollada por el Decreto 43/2007, de 20 de febrero, y por el Reglamento interno.

Misión y líneas de actuación

La misión del Consejo es contribuir a adecuar las políticas gubernamentales a las necesidades de la sociedad mediante el análisis y el debate de las aportaciones de los representantes de las organizaciones sindicales y patronales, de los sectores agrario, marítimo-pesquero y de la economía social, además de personas de reconocido prestigio en los ámbitos que son competencia del CTESC.

Las principales líneas de actuación son:

Emitir dictamen con carácter preceptivo, no vinculante y previo a la tramitación correspondiente, sobre los anteproyectos de ley y los proyectos de decretos legislativos que regulan materias socioeconómicas, laborales y de empleo, así como en el resto de supuestos previstos por la normativa. Elaborar propuestas, informes o estudios a solicitud del Gobierno o los consejeros o consejeras o por iniciativa propia sobre materias del ámbito de sus competencias. Elaborar y enviar al Gobierno una memoria en que se reflejen sus consideraciones respecto a la situación socioeconómica y laboral de Cataluña y una reflexión sobre la posible evolución de dicha situación. Elaborar y entregar al Gobierno un informe anual sobre la situación de los trabajadores autónomos en Cataluña. Elaborar el informe de gestión del Consejo. Elaborar mensualmente un boletín de indicadores socioeconómicos y laborales con el fin de proporcionar un análisis conciso sobre los aspectos más destacados de la evolución socioeconómica y laboral en Cataluña. Asesorar al Gobierno de la Generalidad en materias socioeconómicas, laborales y ocupacionales.

Composición

El artículo 3 de la Ley 7/2005, de 8 de junio, del Consejo de Trabajo, Económico y Social de Cataluña y el artículo 4 del Decreto 43/2007, de 20 de febrero, de desarrollo de la Ley, disponen que el Consejo está integrado por treinta y siete miembros, distribuidos de la manera siguiente:

La persona que ocupa la Presidencia. El Grupo Primero, formado por doce miembros, en representación de las organizaciones sindicales más significativas (CCOO y UGT). El Grupo Segundo, formado por doce miembros, en representación de las organizaciones empresariales más significativas (Fomento, *Pimec y *Fepime). El Grupo Tercero, formado por doce miembros: seis en representación del sector agrario, el sector marítimo-pesquero y el sector de la economía social, actualmente representados por las siguientes organizaciones: Unión de Payeses (UP), Jóvenes Agricultores y Ganaderos de Cataluña (JARC), Federación Nacional Catalana de Cofradías de Pescadores (FNCP), Confederación de Cooperativas de Cataluña (CCC), Mesa de Entidades del Tercer Sector Social de Cataluña, y seis más, que tienen que ser persones expertas de reconocido prestigio en las materias que son competencia del Consejo.

Órganos

Son órganos del Consejo de Trabajo, Económico y Social de Cataluña, de conformidad con lo que disponen el artículo 6 de la Ley 7/2005 y el artículo 5 del Decreto 43/2007, los siguientes:

El Pleno La Comisión Ejecutiva Las comisiones de trabajo La Presidencia Las vicepresidencias La Secretaría Ejecutiva

Últimas publicaciones

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Referencias

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