Las personas del colectivo LGBTI+ en El Salvador se enfrentan a ciertos desafíos legales y sociales no experimentados por otros residentes. Las relaciones sexuales consensuales entre personas del mismo sexo fueron despenalizadas en 1826, sin embargo, la diversidad sexual aun es un tema tabú en la sociedad salvadoreña, la cual es mayormente conservadora, por lo tanto, aun persiste la violencia, la discriminación y la persecución de las personas LGBTI+ en el país.

A inicios de la década de los 2000, el país empezó a evolucionar poco a poco y la visibilidad de este colectivo comenzaba a ser más notable en los medios de comunicación, en la política y en la sociedad en general, un ejemplo de ello es el caso de Hugo Salinas, primera persona abiertamente gay en ser elegido alcalde de un municipio de El Salvador, en el periodo de 2006 a 2009. En junio de 2006, el Concejo Municipal de San Salvador se proclamó por los derechos humanos de las diversas identidades sexuales y de género de la ciudad de San Salvador, ante los intentos de los partidos de derecha por prohibir constitucionalmente el matrimonio igualitario. En mayo de 2009, se prohíbe la discriminación por motivos de orientación sexual en el sistema de salud público. En junio de 2009, con la llegada al poder del FMLN se creó la Dirección de Diversidad Sexual (DDS) bajo la Secretaría de Inclusión Social (SIS) y se produjo la emisión del Decreto Ejecutivo No.56 en 2010, el cual contenía una serie de disposiciones para evitar toda forma de discriminación en la administración pública. En 2015, se modificó el Código Penal para agravar el delito de homicidio cuando este fuese motivado por la identidad o expresión de género, o por motivos de la orientación sexual de la víctima.

Sin embargo, tras la llegada al poder del partido Nuevas Ideas en junio de 2019, comenzarían una serie de retrocesos en materia de los derechos LGBTI y las victorias obtenidas en los años anteriores a su llegada. El 2 de junio de 2019, se puso fin a la Secretaría de Inclusión Social (SIS), la cual tenía el cargo de vigilar la ejecución del Decreto Ejecutivo No.56, quedando de esta manera sin efecto legal este decreto. En octubre de 2022, días después de una polémica en donde se emitió contenido LGBT en un programa de televisión educativo, el Ministerio de Educación ordenó retirar varios libros sobre Educación Sexual Integral de todos los centros escolares del país. En febrero de 2024, Bukele le ordenó al Ministerio de Salud que se retirara todo contenido relacionado con la diversidad sexual de las clínicas y unidades de salud del país, eliminando así también los Lineamientos técnicos para la atención integral en salud de la población LGBT, una serie de lineamientos técnicos dirigidos al personal de salud que fueron aprobados en 2016. De igual forma, en febrero de 2024 el ministro de educación confirmó las declaraciones de Bukele en las que afirmó que todo contenido LGBTI fue retirado de guías, libros y materiales educativos, así como todo rastro de "ideología de género" de las escuelas. En junio de 2024, Bukele informó sobre el despido de 300 trabajadores del Ministerio de Cultura porque estos promovían, según sus afirmaciones, acciones incompatibles con la visión del gobierno.

Por otra parte, las Marchas del Orgullo LGBTI+ se realizan cada año en El Salvador desde 1997 en la ciudad de San Salvador.

Legislación y derechos

Despenalización de la homosexualidad

Todas las leyes coloniales que castigaban la homosexualidad quedaron sin efecto tras la independencia en 1821, sin embargo, dado que el primer código penal de El Salvador no fue promulgado sino hasta el año de 1826 (el cual no criminalizaba la homosexualidad de ninguna forma), se considera que a partir de ese año la homosexualidad ya no era considerada como un crimen en El Salvador a pesar de que las leyes coloniales ya no tenían efecto desde la independencia.

El Salvador es el único país de Centroamérica el cual nunca ha criminalizado la homosexualidad desde su conformación como un estado soberano, al menos no de forma explícita, sin embargo ocurrieron varios casos a lo largo del en donde se arrestaron a personas LGBTI+ utilizando leyes que criminalizaban los actos que atentaran contra las "buenas costumbres", un ejemplo de ello es el arresto de Juliana Martínez, una mujer trans de San Vicente la cual fue detenida por la Policía de Hacienda en 1940, utilizando la Ley de vagos y maleantes (aprobada en julio de 1940) en su contra.

Por otra parte, en el año 2003 el Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidad observó que las 'disposiciones locales' o mejor conocidas como 'ordenanzas sobre delitos menores' se utilizaban para discriminar a las personas por su orientación sexual. La edad de consentimiento sexual en El Salvador es de 15 años, sin importar la orientación sexual.

Reconocimiento de las parejas del mismo sexo

No existe ningún tipo de reconocimiento hacia las parejas formadas por personas del mismo sexo en forma de matrimonio o de unión civil en El Salvador, por ende, el estado salvadoreño tampoco reconoce a la familia homoparental. Desde 2005 se vienen estableciendo diversos debates en la Asamblea Legislativa con el fin de prohibir constitucionalmente el matrimonio igualitario y la adopción homoparental, esto con un gran apoyo por parte de los partidos conservadores y de la Iglesia católica. Sin embargo, todos los intentos por prohibir constitucionalmente el matrimonio igualitario y la adopción homoparental han fracasado.

En agosto de 2016, un abogado de El Salvador presentó una demanda ante la Corte Suprema de Justicia, pidiendo que se modifique el artículo 11 del Código de Familia, el cual define el matrimonio como una unión entre un hombre y una mujer. Al etiquetar la ley como discriminatoria y explicar la falta de términos de género utilizados en el artículo 34 de la Constitución, la demanda buscaba permitir a las parejas del mismo sexo el derecho a contraer matrimonio. El 20 de diciembre del mismo año, la Corte Suprema rechazó la demanda por un tecnicismo. El 11 de noviembre de 2016, se presentó una segunda demanda contra la prohibición del matrimonio entre personas del mismo sexo. El 17 de enero de 2019, la Corte Suprema desestimó el caso por motivos de procedimiento.

En enero de 2018, la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), dictamino una sentencia en la que se reconoce el matrimonio entre personas del mismo sexo como un derecho humano protegido por la Convención Americana sobre Derechos Humanos. Ese mismo mes, la Sala de lo Constitucional invalidó una propuesta de prohibición del matrimonio entre personas del mismo sexo.

A inicios de 2020, la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia de El Salvador (CSJ), resolvería en los primeros meses una demanda que buscaba anular una disposición legal que bloquea el matrimonio entre personas del mismo sexo en el país, sin embargo, dada la emergencia sanitaria ocasionada por el COVID-19 a inicios de 2020, la resolución del caso nunca se llevó a cabo, y hasta el día de hoy no existe más información al respecto sobre la resolución del caso.

En 2021, se propuso una enmienda constitucional que introduciría el concepto de que "toda persona tiene derecho a una familia" y que "el matrimonio no es su única base legal". Esta enmienda podría haber permitido la posibilidad de que las parejas del mismo sexo fueran reconocidas por ley. Sin embargo, la enmienda fue rechazada por el presidente en septiembre de 2021.

Leyes y medidas antidiscriminación

Protección laboral Desde el año 2010, el Estado de El Salvador cuenta con medidas legales las cuales prohíben la discriminación por motivos de orientación sexual e identidad de género en el ámbito laboral a través de un decreto legislativo, no obstante, este avance es limitado, ya que solo prohíbe la discriminación por motivos de la orientación sexual e identidad de género, pero no por motivos de las características sexuales o la expresión de género, por lo tanto, las personas intersex y todas aquellas que su apariencia física no concuerde con su género son más vulnerables a sufrir acoso, discriminación, maltratos físicos, verbales o psicológicos, o a ser despedidos de sus trabajos.

El Decreto ejecutivo No.56 (2010), establece una serie de disposiciones que pretenden evitar toda forma de discriminación por motivos de orientación sexual e identidad de género en el ámbito laboral de la administración pública. Si bien este decreto simbolizo un gran avance en materia de derechos LGBTI+ en el país y en Centroamérica, siendo El Salvador el segundo Estado en la región (después de Nicaragua en 2008) en adoptar una medida legal contra la discriminación de este tipo en el ámbito laboral, este decreto legislativo es imitado, ya que se limita únicamente a prohibir la discriminación por motivos de orientación sexual e identidad de género, excluyendo a la expresión de género y las características sexuales como motivo protegido contra la discriminación, por otra parte este decreto se limita a la administración pública y no a todo el ámbito laboral. Además, es importante recalcar que desde la disolución de la Secretaría de Inclusión Social (SIS) en junio de 2019, el Decreto Ejecutivo No.56 quedó en un limbo legal, ya que esta secretaria estaba a cargo de vigilar su ejecución, y de acuerdo con una investigación del periódico digital, elsalvador.com, se expuso que el ministerio de trabajo no cuenta con un registro de denuncias por acoso o discriminación por motivos de orientación sexual o identidad de género.

Decreto ejecutivo No.56: En el año 2010, se emitió el Decreto Ejecutivo No.56, el cual contiene una serie de disposiciones para evitar toda forma de discriminación, ya sea de forma directa o indirecta, por motivos de orientación sexual e identidad de género en la Administración Pública. En la actualidad, este decreto es el único instrumento legal existente, el cual otorga protección limitada contra la discriminación en el ámbito laboral.

Los artículos del Decreto ejecutivo No.56 expresan lo siguiente:

Protección amplia Desde el año 2009 han ocurrido avances en la legislación salvadoreña en materia de erradicación y protección legal contra la discriminación de forma amplia a través de acuerdos, normas, leyes, códigos y lineamientos, sin embargo, algunos de estos avances han sido limitados, ya que algunos solo prohíben la discriminación por motivos de orientación sexual, pero no por motivos de la identidad y expresión de género, las características sexuales o por ser portador de VIH, por otra parte, los avances en la legislación salvadoreña contra la discriminación solo se limitan a ciertas áreas, entre ellos está el sistema de salud, el sistema educativo, el sistema de justicia y el sistema bancario. No ha habido avances contra la discriminación en otras áreas, tal como en la erradicación del acoso o bullying homofobo en las escuelas e institutos, en el acceso a la vivienda o en el acceso a lugares y/o establecimientos tanto públicos o privados, entre otras áreas.

En el sistema educativo Desde el año 2016, ha habido avances en el sistema educativo en materia de protección legal contra la discriminación por motivos de orientación sexual e identidad de género, a través de ciertas leyes, políticas y códigos de ética, no obstante, algunos de estos avances son limitados, ya que algunos solo prohíben la discriminación por motivos de la orientación sexual, pero no por motivos de la identidad y expresión de género, las características sexuales o por ser portador de VIH, por lo tanto, las personas trans e intersex son más vulnerables a sufrir acoso, discriminación, maltratos físicos, verbales o psicológicos, a ser expulsados o a directamente denegarles el acceso a la educación. Por otra parte, a pesar de que ha habido avances contra la discriminación en el sistema educativo, la discriminación aún persiste en esta área.