Bostic contra Schaefer es un caso judicial presentado en la corte federal estadounidense en julio de 2013 que impugnaba el veto de Virginia a celebrar matrimonios igualitarios. Los demandantes ganaron el caso en la corte de distrito de Estados Unidos en febrero de 2014, y la Corte de apelaciones del circuito cuarto mantuvo la resolución el 28 de julio de 2014. Durante el proceso las autoridades del estado rechazaron defender la constitución y legislación de Virginia que vetaban los matrimonios entre personas del mismo sexo. El 20 de agosto de 2014 la Corte Suprema de los Estados Unidos dejó en suspenso pendiente de la posible apelación final la aplicación de la sentencia del circuito cuarto.

Finalmente el 6 de octubre de 2014, la Corte Suprema rechazó admitir a trámite el auto de apelación del caso, confirmando así la sentencia de la corte de distrito.Listado del orden del día 10/06/14, pg 39

Demanda El 28 de julio de 2013 Timothy Bostic y Tony London, dos hombres gais que vivían en Norfolk (Virginia) y mantenían una relación desde 1989, presentaron una demanda en la Corte de distrito de Estados Unidos para el distrito oriental de Virginia contra el veto del estado sobre los matrimonios homosexuales. El caso fue presentado por los abogados Erik Porcaro, Robert Ruloff, Thomas Shuttleworth y Charles Lustig en representación de Tim Bostic y Tony London. Se citaba al gobernador de Virginia, Bob McDonnell, como principal demandado. Tras el abandono del cargo de McDonnell en 2014, el caso se redefinió como Bostic contra Rainey, siendo Janet Rainey, la registradora civil jefe del estado, el demandado principal. Una pareja de lesbianas, Carol Schall y Mary Townley, casadas en California y con un hijo adolescente, se unieron al caso como demandantes. El 30 de septiembre los abogados de la American Foundation for Equal Rights (Fundación estadounidense para la igualdad de derechos), Theodore Olson y David Boies, se unieron al equipo legal de la demanda.

El 23 de enero de 2014, (a menos de dos semanas de haber tomado posesión de su cargo) el abogado general de Virginia, Mark Herring anunció que su oficina no defendería más al estado en la demanda Bostic y que en su lugar actuaría en favor de los demandantes. El gobernador Terry McAuliffe apoyo su decisión. La juez Arenda L. Wright Allen escuchó los argumentos de la vista oral el 4 de febrero de 2014, con los abogados del secretario judicial de la corte del circuito para la ciudad de Norfolk defendiendo el veto del estado a los matrimonios entre personas del mismo sexo.

Sentencia de la Corte del distrito

El 13 de febrero la juez Wright Allen sentenció que era inconstitucional el veto legal y constitucional de Virgina a los matrimonios entre personas del mismo sexo, Bostic v. Rainey, 970 suplemento federal 2d 456 (E.D. Va. 2014). Dictaminó que el matrimonio es un derecho fundamental, y que por ello la limitación del derecho al matrimonio es objeto de un escrutinio estricto, lo que significa que necesita convincentes intereses del estado que lo justifiquen. Consideró que los argumentos de Virginia en defensa del veto no llegaban a tal criterio de revisión, y que ni siquiera alcanzaban la revisión racional básica, el criterio judicial mínimo requerido.Bostic v. Rainey, 13 de febrero 2014, consultado el 25 de febrero de 2014 Se dejó la aplicación de la sentencia pendiente de apelación por si el estado la solicitaba. En ese momento la decisión «representó el mayor avance en el sur [de EEUU] para los defensores del matrimonio homosexual».

Actuación de la Corte de apelaciones El 10 de marzo de 2014 la Corte de apelaciones del circuito cuarto permitió a las parejas de otro caso, Harris contra McDonnell, representadas por Lambda Legal y la Unión Estadounidense por las Libertades Civiles (ACLU por sus siglas en inglés), intervenir en el caso Bostic. Los abogados que presentaron la apelación en el caso Bostic se habían opuesto a que se les permitiera intervenir. La corte estableció un calendario rápido para el caso, ahora denominado Bostic contra Schaefer, y lo asignó como caso número 14-1167, para que se completara el 30 de abril, y las exposiciones se realizaran el 13 de mayo de 2014.

Las argumentaciones en el circuito cuarto se realizaron ante los jueces Roger L. Gregory, Paul V. Niemeyer y Henry F. Floyd, que se caracterizaron por estar muy divididos, mostrando los dos primeros jueces grandes diferencias de opinión sobre el caso. El tercer juez se mantuvo al margen. Niemeyer mantuvo que el derecho fundamental al matrimonio se refería a «la unión entre marido y esposa», como reconocía la Corte Suprema de EE. UU., y de la relación y unión entre personas del mismo sexo dijo que: «No funciona biológicamente» y que denominarlo matrimonio es «jugar con el lenguaje». En diametral opinión, Gregory preguntó: «¿Por qué quiere negar a [los hijos] todas esas cosas cálidas y sanas del matrimonio? ... ¿Cree que el hijo ama menos a esos padres porque son padres del mismo sexo?» y exigió al abogado defensor que contestara.

Finalmente Gregory opinó que el caso era una «estación de tránsito» hacia la Corte Suprema, Niemeyer indicó que «Quizás deberíamos decir simplemente: pasamos, y dejar que el caso siga adelante» y Floyd lo consideró como el caso Estados Unidos contra Windsor tratando con el principio del federalismo.

Sentencia de la Corte de apelaciones El 28 de julio de 2014, el tribunal del cuarto determinó, por dos votos contra uno, a favor de derogar el veto de Virginia al matrimonio igualitario. El juez Henry Floyd, que se había descrito como la parte neutral entre las opiniones diametralmente divididas, redactó la opinión de la mayoría. La conclusión mayoritaria fue que «los vetos de Virginia a los matrimonios entre personas del mismo sexo infringen el derecho fundamental de los ciudadanos al matrimonio». Fundamento En la sentencia, la opinión mayorítaria primero tiene que abordar el tema de la fundamento legal: «Schaefer basa su argumentación que los demandantes carecen de fundamento para reclamar sobre la idea de que todo demandante debe tener fundamento al igual que cada demandado». Sin embargo, la Corte Suprema ha dejado claro que «la presencia de una parte con fundamento es suficiente para satisfacer el requisito caso o controversia del artículo III.» Como a una de las parejas se le denegó la licencia matrimonial, esa «denegación de la licencia constituye un perjuicio con causas de fundamento.» En cuanto a la segunda pareja, que se casó legalmente en California pero no solicitó una licencia, la corte también encuentra fundamento, de dos formas: En cuanto a las cualidades del caso, la mayoría tiene que vencer la presunción de que el caso Baker contra Nelson domina sobre este. Nada que se haya tratado en «todas las cortes federales que consideraron este tema desde que la Corte Suprema decidiera United States v. Windsor, 133 S. Ct. 2675 (2013), ha alcanzado la misma conclusión», la mayoría enumera los casos y decide que los desarrollos doctrinales desde que se ha mermado la «fuerza del lazo» que un sumario desestimó como en el caso Baker. La opinión mayoritaria enumera las principales decisiones de protección igualitaria desde Baker, como Craig contra Boren, Romer contra Evans, y el mismo Windsor.

Nivel de escrutinio En cuanto a las reclamaciones de nivel de escrutinio a los demandados según la decimocuarta enmienda, la opinión mayoritaria decide que el nivel de escrutinio constitucional aplicado sea: «Según las cláusulas de proceso debido y protección igualitaria, la interferencia con un derecho fundamental se justifica la aplicación del escrutinio estricto.» Se observa que tanto los opositores como los defensores del veto de Virginia están de acuerdo en que el matrimonio es un derecho de este tipo, pero discrepan si se incluye al «matrimonio entre personas del mismo sexo». Mencionando Loving contra Virginia, Zablocki contra Redhail y Turner como Safley, la mayoría afirma que: «Durante décadas la Corte Suprema ha demostrado que el derecho al matrimonio es una libertad expansiva que puede ampliarse para acomodarse a los cambios de las normas sociales. (...) Estos casos no limitan los derechos en cuestiones como 'el derecho al matrimonio interracial', 'el derecho de la gente que tiene manutención de hijos a casarse' o 'el derecho de los reclusos a casarse'. De hecho, se habla de un amplio derecho al matrimonio que no se restringe según las características de los individuos que piden ejercitan ese derecho.»

Análisis bajo escrutinio estricto Concluyendo que el derecho fundamental al matrimonio incluye al matrimonio entre personas del mismo sexo, la mayoría procede al análisis según el escrutinio estricto. El estado hace varios argumentos en relación con justificar el veto: «(1) Los intereses de base federalista de Virginia a mantener el control sobre la definición de matrimonio dentro de sus fronteras, (2) la historia y la tradición del matrimonio entre personas de distinto sexo, (3) la protección de la institución del matrimonio, (4) animar a la procreación responsable, y (5) promover el ambiente óptimo para la crianza de los hijos.» Respecto al primer argumento, y citando Schuette contra la Coalición para la defensa de Acción afirmativa, el estado indica que los votantes de Virginia tienen el derecho a determinar lo que es el matrimonio. La mayoría contraargumenta razonando que «La voluntad del pueblo no es un interés convincente e independiente que justifique privar a las parejas del mismo sexo a su derecho fundamental al matrimonio» y cita el caso Consejo de Educación de Virginia Occidental contra Barnette:

Respecto al segundo argumento, la mayoría responde citando el caso Heller contra Doe ex rel. Doe: «La Corte Suprema ha dejado claro que, incluso bajo la revisión racional básica, la ascendencia antigua de un concepto jurídico no le confiere inmunidad contra los ataques.» Para desestimar los argumentos tercero y cuarto, la mayoría indica que la Corte Suprema separó el vínculo entre el matrimonio y los hijos y sostuvo el derecho a no procrear en el caso Griswold contra Connecticut:

Además afirma: «Si Virginia busca asegurar la procreación responsable por medio del veto al matrimonio entre personas del mismo sexo, las leyes son lamentablemente excluyentes. Las parejas del mismo sexo no son la única categoría de parejas que no pueden reproducirse accidentalmente. Por ejemplo, las parejas del mismo sexo no pueden procrear de forma inintencionada si incluyen a una mujer postmenopáusica o un individuo con una condición médica que evite la concepción sin asistencia... Por lo tanto rechazamos... que se intente diferenciar a las parejas del mismo sexo de las demás parejas que no pueden procrear accidentalmente. Porque las parejas del mismo sexo y las parejas infértiles de distinto sexo están en una situación similar, la cláusula de protección igualitaria desaconseja tratar a estos dos grupos de forma diferente.» Además, el «argumento de la procreación responsable se tambalea también por otra razón. El escrutinio estricto requiere que los recursos del estado demuestren su interés convincente (...) Prohibir el matrimonio a las parejas del mismo sexo o ignorar sus matrimonios fuera del estado no sirve el objetivo de Virginia de evitar los nacimientos extramatrimoniales. Aunque las parejas del mismo sexo no puedan procrear accidentalmente, pueden y tienen hijo por medio de otros métodos.»